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jueves, mayo 16, 2024

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417.050 personas podrán ejercer su derecho al voto en Valladolid y provincia el próximo 28 de mayo

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Redacción.-

  • 211 españoles y 1.839 electores extranjeros residentes en la provincia están llamados a las urnas en estas elecciones municipales.
  • Desde el próximo lunes 10 de abril hasta el lunes siguiente, día 17 de abril, estará abierto el plazo en el que pueden consultarse los datos del censo electoral en los ayuntamientos y presentar reclamaciones.
  • Hasta el próximo 18 de mayo está abierto el plazo para solicitar el voto por correo en estas elecciones municipales.
  • En total, el 28M se elegirán en Valladolid 1.371 concejales para los 225 municipios y alcaldes pedáneos en nueve entidades de ámbito inferior al municipio de la provincia.
  • El Ministerio del Interior ha habilitado la web locales2023.es con información relevante para los ciudadanos sobre cómo ejercer su derecho al voto, el calendario electoral o las candidaturas que se presentan.

La Subdelegación del Gobierno en Valladolid prepara la infraestructura necesaria para la celebración de las elecciones municipales convocadas para el próximo 28 de mayo, en las que 417.050 podrán ejercer su derecho al voto en la provincia. En esta ocasión, hay en Valladolid 3.506 electores menos que en las municipales del 26 de mayo de 2019, de acuerdo con los datos del Censo electoral, a 1 de febrero de 2023, dado que la Ley Orgánica del Régimen Electoral General fija que, para cada elección, el censo vigente se cierra el primer día del segundo mes anterior a la convocatoria -LOREG, art. 39/1-.

En total, el 28M se elegirán en Valladolid 1.371 concejales para los 225 municipios y alcaldes pedáneos en nueve entidades de ámbito inferior al municipio de la provincia.

El CER -Censo de Electores Españoles Residentes en España- cuenta en Valladolid con 415.211 registros, frente a los 418.749 de hace cuatro años, según los datos provisionales, previos al proceso de exposición, consulta y reclamación.

Desde el próximo lunes 10 de abril hasta el lunes siguiente, día 17 de abril, estará abierto el plazo en el que pueden consultarse los datos del censo electoral en los ayuntamientos y presentar, si es el caso, las reclamaciones que se consideren oportunas sobre la inclusión o exclusión en estas listas de electores, de cara a la cita del 28M.

En cuanto al Censo de Electores Extranjeros Residentes en España con derecho a voto en estos comicios -bien por ser ciudadanos de la UE o bien por ser nacionales de alguno de los 13 países que tiene firmados acuerdos de reciprocidad de voto en elecciones municipales-, actualmente hay 1.839 registros, frente a los 1.807 de la última cita municipal. La mayor parte de ellos son ciudadanos búlgaros (609), rumanos (496), franceses (178), italianos (169) y portugueses (124).

Voto por correo

Por otra parte, desde ayer martes, día 4 de abril, hasta el próximo 18 de mayo está abierto el plazo para solicitar el voto por correo en estas elecciones municipales. Para hacerlo efectivo, el envío de la documentación a los electores que lo hayan solicitado se hará del 8 al 21 de mayo. Y el plazo del que disponen los electores para remitir su voto por correo será del 8 al 24 de mayo.

El voto por correo puede solicitarse pidiendo el impreso en cualquier Oficina de Correos o bien, con certificado electrónico, en la web de Correos.

Debidamente cumplimentado, se entrega personalmente en cualquier Oficina de Correos, acreditando su identificación ante la persona que atienda, que así se lo requerirá para comprobar la firma, con la presentación de su DNI, pasaporte o carnet de conducir. Es posible que la identidad del votante extranjero se acredite presentando un documento oficial expedido por las autoridades españolas o del Estado de origen que incluya la firma y la foto del elector.

Los servicios de Correos remiten la solicitud cumplimentada a la Oficina del Censo Electoral, que lo anota en las listas del censo. Así, la persona que solicita el voto por correo, una vez ha sido admitida su solicitud, ya no puede votar presencialmente.

La Oficina del Censo Electoral envía por correo certificado al domicilio indicado en el impreso de solicitud un sobre con la siguiente documentación:

  • Una papeleta de cada una de las formaciones políticas que se presenten a cada proceso convocado.
  • Un sobre o sobres de votación.
  • El certificado de inscripción en el censo.
  • Un sobre en el que figurará la dirección de la Mesa donde le correspondería votar.
  • Una hoja explicativa.

Esta documentación debe ser recibida por la persona que lo ha solicitado, previa acreditación de su identidad. Si no está en su domicilio, tendrá que ir personalmente a recogerla a la Oficina de Correos.

Una vez que haya escogido para cada proceso la papeleta de voto, la introducirá en el sobre de votación correspondiente -o no incluirá papeleta si desea votar en blanco- y lo cerrará. Incluirá el sobre o sobres de votación y el certificado de inscripción en el censo en el sobre dirigido a la Mesa y lo remitirá por correo certificado. Este envío es gratuito porque el Ministerio del Interior, a través del presupuesto electoral, compensa al operador postal.

Correos entregará en las Mesas electorales la correspondencia que pueda recibirse hasta las veinte horas del día de la votación. Los sobres recibidos después de esa hora se remiten a la Junta Electoral de Zona y se destruyen.

Web Elecciones Locales 2023

El Ministerio del Interior ha lanzado este martes, coincidiendo con la publicación en el Boletín Oficial del Estado del real decreto de convocatoria de las elecciones municipales, que se celebrarán el domingo 28 de mayo, el logo oficial de los comicios así como la página web elecciones.locales2023.es en la que se recoge información relevante para los ciudadanos sobre cómo ejercer su derecho al voto, el calendario electoral o las candidaturas que se presentan, entre otras cuestiones.

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