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miércoles, mayo 8, 2024

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El pr?ximo 6 de julio finaliza el plazo para que ayuntamientos y diputaciones soliciten las ayudas para contrataci?n de personal

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Redacción.-

Esta semana termina el plazo para solicitar ayudas a ayuntamientos de menos de 5.000 habitantes y diputaciones provinciales para contrataci?n en obras del sector tur?stico y cultural.

Las contrataciones deber?n cumplir los siguientes requisitos:

a)?Las personas contratadas deber?n estar desempleadas e inscritas como demandantes de empleo no ocupadas en el Servicio público de Empleo de Castilla y León en la fecha de alta en la Seguridad Social.

b)?Se contratar? a los siguientes colectivos:

Jóvenes menores de 35 años, preferentemente sin cualificaci?n.
Mayores de 45 años, especialmente quienes carezcan de prestaciones y presenten cargas familiares.
Desempleados de larga duraci?n, con especial atenci?n a aquellos que han agotado sus prestaciones por desempleo y las personas en riesgo de exclusión social. Se entender? por desempleado de larga duraci?n aquella persona que ha estado desempleada 12 meses en un período de 18 meses.
c)?La preselecci?n de los trabajadores, la realizar? la Oficina de Empleo que le corresponda a la entidad beneficiaria, mediante la presentaci?n de la correspondiente oferta de empleo. Se enviar?n, al menos, a tres candidatos por puesto de trabajo ofertado.

La selecci?n final de los trabajadores, entre los candidatos enviados por la oficina de empleo, la realizar? la entidad local de acuerdo con las normas de selecci?n de personal que les sean de aplicaci?n, siendo los responsables Últimos de verificar que los candidatos seleccionados cumplen con todos los requisitos establecidos.

d) Los contratos se formalizar?n por escrito y en cualquiera de las modalidades contractuales de naturaleza temporal establecidas por la normativa vigente. Con car?cter general se efectuar?n por 180 días y a jornada completa. Solo en los municipios con población inferior a 1.000 habitantes se podr?n concertar a jornada parcial, siempre y cuando la jornada de trabajo pactada sea igual o superior al 50% de la jornada ordinaria. En este caso, se contratar? a los colectivos prioritarios que no perciban prestación de desempleo o subsidio, ni renta garantizada de ciudadan?a o ayudas econ?micas al empleo.

Los contratos deber?n ser comunicados a la oficina del Servicio público de Empleo de Castilla y León correspondiente.

e)?Si antes de completar el período de contrataci?n subvencionado, el contrato de trabajo se extinguiera, se podr? contratar a otro trabajador que cumpla los mismos requisitos exigidos en las bases reguladoras, por el período que, sumado al del anterior contrato, complete como m?nimo el período subvencionado. En la contrataci?n del nuevo trabajador se deber? seguir el orden de reserva del proceso de selecci?n. De no existir candidatos, se realizar? una nueva oferta en la oficina de empleo que le corresponda a la entidad beneficiaria. En ning?n caso esta sustituci?n conllevar un incremento en el importe de la subvenci?n.

f)?Cuando el contrato de trabajo se suspenda debido a situaciones de incapacidad temporal, maternidad, adopci?n o acogimiento, riesgo durante el embarazo, y demás situaciones que den derecho a reserva del puesto de trabajo, la entidad deber? comunicar dicha incidencia al Servicio público de Empleo de Castilla y León, en el plazo de un mes desde la producci?n del hecho que da lugar a la suspensi?n del contrato. En estos supuestos la entidad podr? formalizar un contrato de interinidad con otro trabajador, durante el tiempo que dure dicha situación, que cumpla los requisitos exigidos en las bases reguladoras para el trabajador inicial. En ning?n caso conllevar? mayor importe de la subvenci?n y se deber? seguir el orden de reserva del proceso de selecci?n efectuado. De no existir candidatos, se realizar? una nueva oferta en la oficina de empleo que le corresponda a la entidad beneficiaria.

En los municipios de más de 1.000 habitantes ser?n subvencionables un m?ximo de 2 contrataciones a jornada
completa por entidad solicitante. En este supuesto deber?n contratar a un trabajador a jornada completa con fondos
propios, que deber? reunir los mismos requisitos que las contrataciones subvencionadas.
En los municipios de menos de 1.000 habitantes se podr? subvencionar hasta un m?ximo de 4 contrataciones a
jornada parcial, pudiendo concederse dentro de los siguientes intervalos:

? 2 contratos a jornada completa: deber?n contratar, con fondos propios de la entidad beneficiaria, 1
desempleado a jornada completa con los mismos requisitos que las contrataciones subvencionadas con cargo
a esta l?nea de subvenciones.
? 4 contratos a jornada parcial: deber?n contratar, con fondos propios de la entidad beneficiaria, 1
desempleado a jornada completa o 2 desempleados a jornada parcial con los mismos requisitos que las
contrataciones subvencionadas con cargo a esta l?nea de subvenciones.
? 1 contrato a jornada completa y 2 contratos a jornada parcial: deber?n contratar, con fondos propios de la
entidad beneficiaria, 1 desempleado a jornada completa o 2 desempleados a jornada parcial con los mismos
requisitos que las contrataciones subvencionadas con cargo a esta l?nea de subvenciones.
? 1 contrato a jornada completa o 2 contratos a jornada parcial no es necesario contratar con fondos propios
de la entidad beneficiaria.

En el caso de las Diputaciones Provinciales u organismos autónomos dependientes, podr?n subvencionarse hasta un m?ximo de 20 contratos, pudiendo concederse s?lo dentro de los siguientes intervalos:

? 20 contratos: deber?n contratar, con fondos propios de la entidad beneficiaria, 5 desempleados con los
mismos requisitos que las contrataciones subvencionadas con cargo a esta l?nea de subvenciones.
? 15 contratos: deber?n contratar, con fondos propios de la entidad beneficiaria, 4 desempleados con los
mismos requisitos que las contrataciones subvencionadas con cargo a esta l?nea de subvenciones.
? 10 contratos: deber?n contratar, con fondos propios de la entidad beneficiaria, 2 desempleados con los
mismos requisitos que las contrataciones subvencionadas con cargo a esta l?nea de subvenciones.
? 5 contratos: deber?n contratar, con fondos propios de la entidad beneficiaria, 1 desempleado con los mismos requisitos que las contrataciones subvencionadas con cargo a esta l?nea de subvenciones.

Ser?n subvencionables los costes salariales y extrasalariales as? como los de Seguridad Social y la indemnizaci?n de fin de contrato, derivados de la contrataci?n temporal de trabajadores desempleados e inscritos, como demandantes de empleo no ocupados, en el Servicio público de Empleo de Castilla y León para la realización de obras y servicios relacionados con actividades en el sector tur?stico y cultural.

Se considerar? gasto realizado el que ha sido efectivamente pagado con anterioridad a la finalizaci?n del período de justificaci?n, debi?ndose acreditar el pago efectivo de todos los gastos realizados, excepto los gastos de Seguridad Social e IRPF en aquellos supuestos en los que la fecha de liquidaci?n sea posterior a la fecha l?mite de justificaci?n. En
dichos supuestos, la entidad beneficiaria está obligada a presentar el justificante de pago de estos conceptos en el plazo de los diez días siguientes a la fecha de liquidaci?n de los mismos

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