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lunes, abril 29, 2024

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Revés judicial para Hacienda, el TS amplía la deducción por maternidad a los gastos de guardería

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El Tribunal Supremo ha extendido la deducción por maternidad en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) a los gastos de custodia en guarderías. La sentencia 7/2024, emitida el 8 de enero de 2024, unifica el criterio judicial y corrige la interpretación restrictiva de la Administración tributaria.

Madres trabajadoras podrán deducir gastos de guardería hasta mil euros adicionales

La resolución, derivada del recurso de casación 2779/2022, anula la negativa de la Agencia Estatal de la Administración tributaria (AEAT) a conceder a una madre trabajadora el derecho al aumento de la deducción de maternidad. Esta buscaba mil euros adicionales en el IRPF por los gastos de custodia en la guardería de sus hijos menores de tres años.

La AEAT sostenía que solo eran deducibles los gastos abonados a guarderías con autorización educativa. Sin embargo, el Tribunal Supremo considera que este criterio imponía un requisito no establecido en la ley del IRPF, restringiendo indebidamente las opciones de las madres trabajadoras.

La sentencia destaca que los gastos de custodia serán deducibles, dentro de los límites legales, ya sea en guarderías o centros de educación infantil. Se subraya que la ley no condiciona los requisitos del centro en el que las madres trabajadoras decidan contratar los servicios de custodia.

El Tribunal Supremo enfatiza que las guarderías deben estar debidamente autorizadas para la custodia de menores, pero no exige una autorización como centro educativo infantil. Esta decisión abre nuevas perspectivas para las madres trabajadoras, ampliando las posibilidades de beneficiarse de la deducción por maternidad.

Unificación de criterios y corrección de interpretación

Con esta sentencia, junto con otra emitida el mismo día donde se rechaza un recurso de casación interpuesto por la Administración tributaria (recurso de casación 4995/2023), el Tribunal Supremo unifica el criterio de los juzgados y tribunales. Se corrige la interpretación restrictiva de la deducción aplicada por la Administración, promoviendo un tratamiento más equitativo y justo para las madres trabajadoras.

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