Redacción.-
Una sentencia del martes de los jueces de la Sala Primera del Supremo fija como usurarios aquellos intereses que superen en al menos 6 puntos el interés medio del mercado. En la práctica supone un interés superior al 26%, tanto en las tarjetas revolving contratadas antes de 2010, momento en que el Banco de España publicó el primer dato sobre su tipo de interés (un 19,32%) como posteriormente, ya que luego el tipo medio ha oscilado alrededor del 20%.
OCU lamenta el amplio margen fijado por el alto tribunal, ya que permitirá a los bancos incrementar unos intereses que en las tarjetas revolving se habían ido reduciendo de forma significativa en los últimos años. Una situación especialmente preocupante en la coyuntura actual, con un 35% de familias que admiten que se encuentra en una situación financiera difícil o muy difícil, lo que podría impulsarlas a contratar este tipo de tarjetas.
No obstante, OCU también advierte que, independientemente del tipo fijado en el contrato, la jurisdicción civil falla a favor de los consumidores por la frecuente falta de transparencia durante la contratación de las tarjetas revolving con las entidades financieras que las ofrecen.
OCU recuerda además que, de momento, la práctica totalidad de los casos que sus socios han reclamado en vía judicial se han ganado, recuperando una media de 7,420 euros: 3.053 euros por la eliminación de parte de la deuda pendiente y el resto: 4.367 euros, por el reintegro de las cantidades reclamadas. De ahí que anime a las personas afectadas a conocer sus derechos y adherirse a la campaña #StopUsura (900 907 471).