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lunes, mayo 6, 2024

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El colectivo de cazadores en alerta ante la futura orden de emergencia cinegética de la Junta

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Redacción.- La Federación de Caza de Castilla y León ha expresado su preocupación por las posibles repercusiones de la futura orden de emergencia cinegética propuesta por la Junta de Castilla y León sobre las especies. En una nota de prensa emitida el viernes, el colectivo ha presentado sus alegaciones a la propuesta de Orden que busca aprobar el Plan de gestión del jabalí en la comunidad y declarar la emergencia cinegética en ciertos términos municipales debido a la tuberculosis bovina.

Comunicado

En primer lugar, esta Federación debe manifestar que el compromiso de los
cazadores con el mundo rural es innegociable porque formamos parte de él. También el que
tenemos con la sociedad, el medio ambiente y las especies.

Los cazadores valoramos la autogestión en la caza, que tantas veces reclamamos,
pero nos gustaría que no viniese impuesta por una necesidad social o política y solo para unas especies. Hemos pasado de un control riguroso, aleatorio y discrecional, al que se propone, que es excesivo y generalizado. Venimos advirtiendo, desde hace ya muchos años, sobre la necesidad de controlar preventivamente las poblaciones de especies de caza mayor, y, por lo tanto, somos los primeros que reconocemos su aumento con carácter general, pero no podemos admitir una sobreabundancia en todos los territorios.

Y no aceptamos cargar con la responsabilidad que nos otorga la Orden y sus posibles
consecuencias cuando, por parte de técnicos de algunos Servicios Territoriales de Medio
Ambiente, se ha venido sistemáticamente limitando las propuestas que, sobre gestión y
control de estas especies, se han realizado en los Planes Cinegéticos. Por tanto, la
responsabilidad no es por una deficiente gestión de las poblaciones por los titulares de los
cotos.

Desde esta posición, claramente definida, es necesario explicar los argumentos que
justifican nuestra posición, que, por otra parte, ya hemos trasladado por escrito a la Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal y expusimos previamente en la reunión de la Comisión de Caza del Consejo Regional de Medio Ambiente.

1. Los cazadores deportivos somos gestores cinegéticos e interesados en la
conservación de las especies y sus hábitats y por lo tanto no podemos aceptar ningún
planteamiento que pueda afectar a la sostenibilidad de una especie autóctona.
2. La Orden presupone una sobreabundancia generalizada del jabalí que no es
cierta en todas las zonas y una emergencia cinegética en determinados términos municipales, que tampoco está basada, en muchos casos, en el tamaño de las poblaciones cinegéticas y sí en la numerosa cabaña ganadera presente en la zona. No se plantea ningún tipo de control en territorios no cinegéticos, ni para especies no cinegéticas. El tejón, por ejemplo, es una especie altamente trasmisora de la epizootia. Los terrenos bien gestionados y con poblaciones razonables de jabalí, en las zonas
alejadas de la emergencia cinegética, pueden ver muy perjudicada su buena gestión por
actuaciones de exceso de control propiciadas por esta norma en otros cotos.
3. Debe quedar claro que, si se ha llegado a esta situación en determinadas
zonas, no ha sido por falta de gestión de los cazadores, sino en muchos casos por la
propia Administración. Los cazadores cazan lo que la Administración permite, bajo criterios
a veces subjetivos de cada técnico.
Es preciso que esta norma prevea no tanto la sanción sino la ayuda, creándose una
línea de ayudas públicas a los cotos de caza, que compense a los mismos, de forma
proporcional a su colaboración en el control del jabalí, allí donde sea necesario, al amparo de la vigente Ley de Caza de forma similar a como ya se ha puesto en marcha en otras
comunidades autónomas (Cataluña).
4. Es fundamental que la Administración, en el uso de sus facultades y en
cumplimiento de sus obligaciones, dote de suficientes efectivos a las unidades
veterinarias, para que se obtengan datos reales sobre la incidencia de determinadas epizootias en reses abatidas en las cacerías.
5.- Consideramos excesiva la autorización con carácter general de esperas o
aguardos al jabalí, de abril a septiembre, sin justificar, debiendo incorporarse únicamente
en las zonas afectadas por la emergencia cinegética.
6.- Estamos de acuerdo en la limitación de los días hábiles de caza al salto o en
mano al jabalí que se propone, aunque consideramos que, por una cuestión de seguridad,
sería más conveniente que los días hábiles fueran los no coincidentes con los de caza menor.
7.- Sería conveniente autorizar de forma general la utilización de perros
atraillados, que no resultan dañinos para las especies silvestres, en cualquier época del año y para disgregar las concentraciones de jabalí, con autorización del titular cinegético.
8.- Control cinegético por los ganaderos. Es necesario respetar el derecho a la
caza del titular o del arrendatario cinegético, siendo necesario un preaviso y
emplazamiento al mismo por parte de la Administración antes de autorizar actividades de caza o de control al titular de una explotación ganadera que no posee ningún derecho cinegético.
9.- Los visores térmicos son una herramienta muy efectiva en manos de los
furtivos. Abrir la puerta a su autorización, aunque sea excepcional, supone un potencial
peligro presente y futuro que afecta a todas las especies, incluidas algunas de caza menor.

 

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