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sábado, abril 27, 2024

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Desestima la demanda interpuesta a una vecina de León por «sustraci?n internacional de menores»

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Redacción.-

La Audiencia de León ha desestimado la demanda por sustracci?n internacional de menores interpuesta por una ciudadana canadiense contra la expareja de su hermano fallecido, vecina de León, para que la hija de ambos retornara a Canad? y pudiera seguir manteniendo contacto con la familia del progenitor fallecido en 2018 como consecuencia de un tumor cerebral.

La Sala confirma la sentencia dictada en febrero por el Juzgado de Primera Instancia 11 y rechaza la petici?n de la t?a para que su sobrina, de seis años, regresara a su pa?s natal por la escasa relaci?n existente con la niña ya que hasta que la menor sali? de Canad? con su madre, en octubre de 2018 y tres meses despu?s de la muerte de su padre, la t?a no había hecho un ejercicio activo de la custodia.

La demanda ten?a?por objeto que se declarara il?cito el traslado de la niña a Españaña desde la Columbia Britúnica (Canad?) y se acordara la inmediata restituci?n de la menor a su pa?s de origen, mediante su entrega a su t?a, que había sido designada tutora de la menor por el progenitor días antes de fallecer.

El Tribunal considera que «aun reconociendo como leg?timos los deseos de los abuelos y de la t?a paterna, lo que s? está probado es que ?sta ha tenido una muy escasa relaci?n con su sobrina». No en vano, reside a varias horas de viaje. Su relaci?n con la niña «se intensific? cuando su hermano enferm?, debido a que ella y su esposo aumentaron la frecuencia, que pas? a ser semanal y la duraci?n de las visitas, lo que es tanto como reconocer que antes la relaci?n era escasa y que los fines de semana en que tuvo mayor contacto con la menor no fueron muchos, puesto que a aqu?l se le diagnostic? su enfermedad en abril de 2018 y su fallecimiento se produjo el 6 de junio siguiente», recoge la sentencia.

Los magistrados sostienen que «al no concurrir el requisito de que el derecho de custodia se viniere ejerciendo de manera efectiva por la demandante en el momento del traslado y al no encontrar encaje el caso analizado en el supuesto, expresamente incluido en el ?mbito de aplicaci?n del Convenio, de que la custodia no haya podido hacerse efectiva debido precisamente al traslado, se está en el caso de desestimar la demanda de retorno y, como consecuencia, de desestimar el recurso de apelaci?n interpuesto contra la sentencia que as? lo acord?».

 

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