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La Seguridad Social aprueba una moratoria de cotizaciones sociales para 12 sectores económicos

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Redacción.- Podr?n solicitar la suspensi?n de los pagos durante seis
meses, las empresas, para las aportaciones empresariales y
por conceptos de recaudaci?n conjunta y los trabajadores
autónomos, para sus cuotas
Se trata de las cotizaciones correspondientes a los meses de
mayo, junio y julio cuyo periodo de devengo, en el caso de
empresas, está comprendido entre abril y junio, y en el caso de
trabajadores autónomos, entre mayo y julio
Comercio, actividades agr?colas, carpinter?a, publicidad y artes
gr?ficas, odontolog?a, peluquer?a y belleza son algunos de los
sectores que pueden solicitar esta moratoria
Martes, 28 abril 2020.- El Ministerio de Inclusi?n, Seguridad Social y
Migraciones ha dado luz verde a la Orden Ministerial que desarrolla la
moratoria de las aportaciones empresariales a las cotizaciones sociales
incluida en el Real Decreto 11/2020 y que permitir? a las empresas y
autónomos de 12 sectores económicos suspender durante seis meses sin
ning?n tipo de inter?s las cotizaciones sociales (para empresas,
aportaciones empresariales y por conceptos de recaudaci?n conjunta y los
trabajadores autónomos, para sus cuotas) pagaderas en los meses de
mayo, junio y julio.
En el caso de los autónomos estas mensualidades son las
correspondientes a dichos meses, mientras que en el caso de las
empresas son las devengadas en el mes inmediatamente anterior. En
concreto, la Orden Ministerial faculta a los siguientes sectores económicos
a solicitar la moratoria de cotizaciones sociales sin intereses para los
pr?ximos meses:
C?digo CNAE
2009
Descripci?n actividad
119 Otros cultivos no perennes
129 Otros cultivos perennes
1812 Otras actividades de impresi?n y artes gr?ficas
2512 Fabricaci?n de carpinter?a met?lica
4322 Fontaner?a, instalaciones de sistemas de
calefacci?n y aire acondicionado
4332 Instalaci?n de carpinter?a
4711 Comercio al por menor en establecimientos no
especializados, con predominio en productos
alimenticios, bebidas y tabaco
4719 Otro comercio al por menor en establecimientos no
especializados
4724 Comercio al por menor de pan y productos de
panader?a, confiter?a y pasteler?a en
establecimientos especializados
7311 Agencias de publicidad
8623 Actividades odontol?gicas
9602 Peluquer?a y otros tratamientos de belleza
La moratoria permitir? a los autónomos y empresas cuya actividad se
corresponda con estos c?digos de la CNAE solicitar la suspensi?n de las
cuotas empresariales de sus trabajadores durante un plazo de seis meses
sin ning?n tipo de inter?s. Si se les concede la moratoria, los pagos que
deb?an realizar en mayo se ingresar?n en noviembre y as? sucesivamente
con el resto de mensualidades.
Las empresas deben solicitar esta moratoria entre el 1 y 10 del mes en el
que tendrían que afrontar el pago a la Tesorer?a General de la Seguridad
Social a trav?s del sistema RED. En el caso de los trabajadores autónomos
que no tengan autorizado RED, podr?n utilizar el servicio de la sede
electrúnica de la Seguridad Social.
Esta medida es novedosa en cuanto a su extensi?n, ya que hasta ahora
las moratorias autorizadas se habían ce?ido a criterios geogr?ficos, como
consecuencia de cat?strofes naturales, como fue el caso del terremoto de
Lorca en 2011, pero nunca se había realizado a nivel sectorial.
Los autónomos y empresas cuya actividad no se encuentre entre las
indicadas, tienen la posibilidad de solicitar un aplazamiento de las
cotizaciones sociales con un tipo de inter?s del 0,5%, siete veces inferior
al habitual para los pagos que deb?an realizar en los meses de abril, mayo
y junio.
Estas iniciativas forman parte del paquete de medidas que ha puesto en
marcha el Gobierno con el objeto de mitigar los efectos de la pandemia de
COVID-19 para empresas, autónomos y trabajadores.

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