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miércoles, mayo 1, 2024

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Nuevas normativas tributarias en Wallapop y Vinted: ¿Cómo afectarán a tus operaciones?

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-Entra en vigor una normativa que exige a las plataformas digitales informar a la Agencia Tributaria sobre usuarios con más de 30 operaciones o ventas superiores a 2.000 euros.

Desde el pasado 5 de febrero, cambios significativos afectan a los usuarios de plataformas digitales como Wallapop, Vinted, Aribnb y eBay, en términos tributarios. La reciente normativa (Orden HAC/72/2024) publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) establece un nuevo modelo de declaración informativa que obliga a los operadores de estas plataformas a comunicar información sobre las actividades de sus usuarios a la Administración tributaria.

El profesor Benja Anglès, experto en Derecho y Ciencia Política de la UOC, destaca que esta normativa apunta a garantizar que todos los usuarios, sean individuos o empresas, cumplan con la obligación de informar a las autoridades tributarias sobre sus actividades comerciales. Además, subraya que estas plataformas deben proporcionar dicha información a las autoridades tributarias correspondientes.

La nueva regulación permite a las administraciones tributarias verificar los impuestos correspondientes a las ganancias obtenidas a través de estas plataformas. Anglès señala que la información también puede intercambiarse entre los Estados miembros de la UE y otros estados de la OCDE.

La obligación de comunicar se centra en simplificar y reducir costes, estableciendo que las plataformas informen sobre las rentas de los usuarios en un solo país, incluso incluyendo alquileres, servicios personales, ventas de productos y arrendamientos de vehículos. No obstante, se podrían establecer límites para reducir costes innecesarios.

La nueva regulación implica la creación de un registro de operadores de plataformas digitales, que incluirá a aquellos con domicilio fiscal en España y a los que, sin residir en España, operan en su territorio.

Exclusiones y Limitaciones

A pesar de este cambio, algunas plataformas y usuarios quedan legalmente excluidos, como entidades públicas o aquellos que no realizan actividades sujetas. Además, se establece una limitación para usuarios o vendedores ocasionales, que realicen menos de treinta operaciones de venta con un importe no superior a 2.000 euros al año.

Datos Requeridos por los Operadores

Los operadores de plataformas digitales deben recoger y comunicar datos como:

  • Para usuarios individuales: Nombre y apellidos, dirección, número de identificación fiscal, número de identificación para impuestos, fecha y lugar de nacimiento, cuenta corriente utilizada, cuantías pagadas y número de actividades realizadas, así como los tributos o retenciones ingresados.
  • Para entidades: Razón social, dirección, número de identificación fiscal, número de identificación para impuestos, número de registro de la empresa (si procede), identificación de establecimientos permanentes, cuenta corriente utilizada, cuantías pagadas y número de actividades realizadas, además de los tributos o retenciones ingresados.

Declaración y Fechas Límite

La información debe presentarse en enero del año siguiente al que se identifica al usuario en la comunicación de información. Para el año 2023, la fecha límite de presentación es el 6 de abril de 2024, dos meses después de que la orden entrara en vigor.

En caso de negativa por parte de los usuarios, las operadoras bloquearán sus cuentas, impidiendo el uso de los servicios.

Benja Anglès destaca que no han cambiado las obligaciones tributarias de los usuarios, pero ahora las plataformas están obligadas a comunicar sus actividades para que la Administración tributaria verifique el cumplimiento de estas obligaciones. Esto refuerza el lema «Hacienda somos todos».

1 COMENTARIO

  1. Que estafa compras ropa y pagas el Iva y ahora se quieren llevar tajada de todo, es de vergüenza hasta de si lo tiras a la basura ganan …

Los comentarios están cerrados.

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