Redacción.-
La Gerencia Regional de Salud de Castilla y León ha emitido una normativa que regula el acceso de animales de compañía a los edificios donde se lleva a cabo la atención médica en la región. Esta regulación establece restricciones para garantizar un entorno seguro y adecuado para los pacientes y el personal de salud.
Según esta normativa:
Primero. Limitación de acceso de los animales de compañía a los edificios de salud:
- En los edificios que albergan centros y servicios de salud bajo la Gerencia Regional de Salud, no se permite la entrada de animales de compañía. Esto incluye:a) Centros de salud. b) Centros de especialidades. c) Hospitales y Complejos Asistenciales.
- Independientemente de la titularidad o adscripción del edificio, la limitación de acceso también se aplica a:a) Consultorios Locales. b) Centro de Hemoterapia y Hemodonación de Castilla y León. c) Centro de Medicina Deportiva de Castilla y León. d) Centros y servicios sanitarios relacionados con la Red Asistencial Sanitaria de Utilización Pública. e) Cualquier otro edificio donde tengan su sede centros y servicios de salud bajo la Gerencia Regional de Salud.
Segundo. Publicidad de la limitación de acceso:
En los edificios donde se prohíba la entrada de animales de compañía, esta restricción debe estar claramente señalizada y visible desde el exterior.
Tercero. Acceso de personas con perros de asistencia:
Esta normativa se aplica sin afectar a lo establecido en la Ley 11/2019, de 3 de abril, de acceso al entorno de las personas con perros de asistencia en la Comunidad de Castilla y León. Las personas con perros de asistencia tienen derecho a ingresar a los edificios públicos de acuerdo con su normativa específica.
Esta regulación busca garantizar la seguridad y la calidad de la atención médica en los edificios de salud de Castilla y León.