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domingo, abril 28, 2024

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La Audiencia de Ávila absuelve a un hombre acusado de abuso sexual a una menor con discapacidad

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Redacción.- La Audiencia Provincial de Ávila ha emitido un veredicto en el caso de un hombre acusado de abusar sexualmente de una menor con discapacidad. La sentencia ha absuelto al acusado, basándose en la insuficiencia de pruebas para desvirtuar el principio de presunción de inocencia.

Los hechos que llevaron a esta absolución ocurrieron en diciembre de 2020. La menor, de 16 años en ese momento, y el acusado, de 33 años, se encontraron en el Instituto donde ella estudiaba, después de establecer contacto a través de las redes sociales. Juntos se dirigieron en el coche del acusado a un aparcamiento, donde mantuvieron relaciones sexuales.

La Audiencia Provincial de Ávila no pone en duda la existencia del contacto sexual, ya que el acusado lo admitió y los resultados de las pruebas de ADN lo respaldan. Sin embargo, el tribunal considera que no existe suficiente evidencia que demuestre la negativa y oposición de la menor a consentirlo.

En lo que respecta al consentimiento, los magistrados reconocen que la menor «se sintió sexualmente abusada». A pesar de esto, para que se considere un delito de abuso sexual, es necesario que el autor realice actos de contenido sexual a pesar de conocer la falta de consentimiento. En este caso, no se ha acreditado de manera concluyente que la menor haya transmitido su rechazo, y existen dudas sobre si el acusado estaba en condiciones de entender dicha negativa u oposición.

Los jueces argumentan que no se puede descartar que el acusado haya interpretado erróneamente el consentimiento, lo que lleva a la conclusión de que no se ha desvirtuado la presunción de inocencia.

Además, la sentencia también señala la falta de pruebas sólidas que demuestren que el acusado se aprovechó de los problemas mentales de la menor, un elemento crucial para que las relaciones sexuales sean consideradas delictivas. No se ha demostrado que el acusado tuviera conocimiento de las condiciones particulares de la menor ni que tuviera la intención de aprovecharse de ellas.

Es importante destacar que esta sentencia no es definitiva y puede ser recurrida ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.

2 COMENTARIOS

  1. aquí tenemos a uno condenado que anda dando conciertos en el simón ruiz y suelto

    • Si ha sido absuelto no está condenado…

      Habrá que ver también el tipo de discapacidad de la muchacha, así como el nivel de control hacia la misma que ejercen sus familiares.

Los comentarios están cerrados.

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