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viernes, mayo 3, 2024

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Los tribunales han acordado 978 reducciones de pena en aplicación de la ley del ‘solo sí es sí’

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La Voz.- El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha actualizado las cifras de rebajas de condena en aplicación de la ley conocida como del ‘sólo sí es sí’, según los datos recabados hasta el día 31 de marzo por el Consejo General del Poder Judicial del Tribunal Supremo, la Audiencia Nacional, los Tribunales Superiores de Justicia y las Audiencias Provinciales. Hasta esa fecha, se han acordado al menos 978 reducciones de pena en aplicación de la Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual. Estas resoluciones han supuesto al menos 104 excarcelaciones, aunque se ha advertido que algún órgano judicial no ha aportado esta información. Por tanto, en las tablas facilitadas figuran solamente las excarcelaciones confirmadas y comunicadas.

La Comisión Permanente del CGPJ acordó el pasado 2 de marzo que esta información se actualizará periódicamente y se hará pública a través de la Oficina de Comunicación del Consejo General del Poder Judicial. Además, se ha especificado que los datos contenidos en las tablas responden a reducciones de pena, absoluciones y excarcelaciones producidas desde la entrada en vigor de la Ley Orgánica 10/2022 el pasado 7 de octubre de 2022 hasta la fecha de actualización.

Cabe destacar que las absoluciones comunicadas son consecuencia en todos los casos de la destipificación del delito de abuso sexual cometido mediante engaño con menores de entre 16 y 18, castigado en el artículo 182.2 del Código Penal anterior a la reforma operada por la LO 10/2022. Asimismo, se ha incluido el porcentaje que suponen las revisiones a la baja de las condenas inicialmente impuestas respecto del total de sentencias que han sido objeto de revisión solo en aquellos territorios que han comunicado el dato.

Es importante tener en cuenta que los datos que figuran en la tabla de las Audiencias Provinciales corresponden exclusivamente a revisiones de pena y no incluyen aquellas sentencias de instancia dictadas en relación con hechos ocurridos antes de la entrada en vigor de la LO 10/2022 en las que se ha aplicado ésta. Por otro lado, los datos que figuran en la tabla de los Tribunales Superiores de Justicia corresponden a resoluciones dictadas en recursos de apelación planteados bien contra sentencias de instancia, bien contra resoluciones dictadas por las Audiencias Provinciales en el trámite de revisión de penas.

Para la obtención del dato total se ha procedido a deducir las revisiones de pena que habían comunicado las Audiencias Provinciales, cuando éstas han sido desestimadas por los TSJ en vía de recurso y a adicionar aquellas revisiones que, inicialmente denegadas por las Audiencias Provinciales, han sido finalmente estimadas por los TSJ en vía de recurso. Los datos que figuran en la tabla del Tribunal Supremo corresponden a resoluciones dictadas en recursos de casación.

Finalmente, se ha aclarado que los datos ofrecidos no incluyen las revisiones de pena que puedan haber tramitado los Juzgados de lo Penal, competentes para enjuiciar delitos contra la libertad sexual penados

1 COMENTARIO

  1. Rebajas y excarcelaciones que el Consejo General del Ppoder Judicial dejó de conceder en cuanto supieron que sería modificada, y pasaron a interpretar correctamente la disposición transitoria quinta del artículo 2.2 del Código Penal así como el propio artículo.
    Disposición transitoria: En las penas privativas de libertad no se considerará más favorable este Código cuando la duración de la pena anterior impuesta al hecho con sus circunstancias sea también imponible con arreglo al nuevo Código.
    artículo 2.2. Código Penal: Tendrán efecto retroactivo aquellas leyes penales que favorezcan al reo, aunque al entrar en vigor hubiera recaído sentencia firme y el sujeto estuviese cumpliendo condena. En caso de duda sobre la determinación de la Ley más favorable, será oído el reo.Los hechos cometidos bajo la vigencia de una Ley temporal serán juzgados, sin embargo, conforme a ella, salvo que se disponga expresamente lo contrario.

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