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viernes, abril 19, 2024

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Abierta la convocatoria de becas 2023-2024

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Redacción.-

• Los alumnos y alumnas que vayan a cursar estudios postobligatorios pueden solicitar estas ayudas desde hoy hasta el 17 de mayo
La convocatoria general de becas y ayudas al estudio para el curso 2023-2024 ya está abierta. Desde hoy hasta el 17 de mayo, a través de la sede electrónica del Ministerio de Educación y Formación Profesional, se pueden solicitar las ayudas para estudios postobligatorios.
Los alumnos y alumnas que vayan a cursar bachillerato, Formación Profesional, enseñanzas artísticas, deportivas, de idiomas o estudios universitarios, entre otros, pueden pedir ya su beca para el curso que viene. Como en la convocatoria anterior, deberán cumplimentar una serie de datos provisionales, que podrán modificar más adelante, y deberán hacerlo aunque no sepan aún las notas que obtendrán este curso, qué van a estudiar en el que viene o si van a continuar o no con su formación.
La principal novedad de esta convocatoria es el incremento de 1.600 a 2.500 euros en las becas de residencia para estudios postobligatorios, que beneficiará a unos 125.000 alumnos y alumnas. Esta medida tendrá especial incidencia en familias de entornos rurales cuyos hijos e hijas deben desplazarse a otras localidades para poder estudiar.
Gracias a un presupuesto récord de 2.520 millones de euros, se estima que la cuantía media de las becas será de 1.730 euros para estudiantes no universitarios y 3.130 para universitarios.
En las próximas semanas se anunciarán también las fechas de la convocatoria de ayudas para estudiantes con necesidad específica de apoyo educativo. Los alumnos y alumnas que acrediten una discapacidad (al menos de un 33%), trastorno grave de conducta, de la comunicación/lenguaje, del espectro autista (TEA) o altas capacidades podrán solicitar, además, una ayuda complementaria de 400€ para sufragar los gastos adicionales que sus familias deben afrontar.
Se estima que llegará a unos 240.000 alumnos y alumnas.

1 COMENTARIO

  1. Becas MEFP devolución
    ¿Cuándo deben devolver su beca los estudiantes universitarios?
    Si eres estudiante universitario, estos son los supuestos en los que tendrás que devolver una beca:

    Has anulado la matrícula o has abandonado (oficialmente) los estudios. No se exige asistencia mínima en estudios universitarios.
    No has superado el 50% de los créditos matriculados (para carreras de Ciencias y Enseñanzas técnicas el porcentaje es del 40%), ni en convocatoria ordinaria ni en extraordinaria. Tendrás que devolver todas las cuantías de beca que te hayan concedido (renta, residencia, variable…) menos la beca de matrícula.
    Si has recibido una beca para realizar el proyecto de fin de carrera (que no constituya una asignatura del plan de estudios) y no lo has presentado en el plazo de 2 años desde la fecha de resolución de la beca, también tendrás que devolverla.
    ¿Cuándo deben devolver su beca los estudiantes no universitarios?
    Si eres estudiante no universitario, estos son los supuestos en los que tendrás que devolver una beca:

    Has causado baja en el centro antes del final del curso.
    No has superado el 50% de las asignaturas, créditos u horas matriculadas, ni en convocatoria ordinaria ni en extraordinaria.
    No has asistido a un 80% o más de las horas lectivas (salvo dispensa de escolarización). Las faltas justificadas se consideran como asistencia, no como falta.
    En caso de que se trate de un curso de acceso, del curso de preparación para el acceso a un ciclo formativo o de un curso de la EOI, no haber superado el curso completo.
    Si has recibido una beca para realizar tu proyecto de fin de estudios, y no lo has presentado en el plazo de 1 año desde la fecha de resolución de la beca, también tendrás que devolverla.
    Otros motivos por los cuales se puede denegar una beca (tanto para estudiantes universitarios como no universitarios) son la ocultación de datos o falsificación, incompatibilidad con otras ayudas o un propio error de la Administración.

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