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sábado, mayo 4, 2024

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El TSJCyL actualiza los datos de la aplicación de la Ley del «solo sí es sí’

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Redacción.-

La Sala de Prensa del del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, ha dado a conocer nuevos datos de las resoluciones dictadas por las audiencias provinciales de Valladolid, Burgos, Soria, Zamora, Segovia y Palencia, sobre la Ley 10/22 de Garantía Integral de la Libertad Sexual.

Palencia 

Solo se inició el trámite de revisión en aquellas sentencias dictadas por la Audiencia en delitos contra la libertad sexual en las que el penado se encuentra cumpliendo de forma efectiva la condena de prisión que le fue impuesta. 

– El número de sentencias revisables ha sido ocho. 

– De esas sentencias, solo en dos se ha procedido a la rebaja efectiva de la pena inicialmente impuesta. En el resto, no se ha modificado la pena al ser la nueva regulación igual o más desfavorable que la anterior. 

– En la Ejecutoria 7/2020 (abuso sexual a menor de 16 años), atendiendo al criterio de proporcionalidad que se tuvo en cuenta en la sentencia de instancia, se ha rebajado la pena que ha pasado de ocho años de prisión a seis años. El penado continúa el cumplimiento en el centro penitenciario correspondiente. 

– En la Ejecutoria 16/2008 (agresión sexual), atendiendo al mismo criterio expuesto, se ha rebajado la pena inicialmente impuesta de diez años y seis meses de prisión a diez años. En este caso, dado lo avanzado del cumplimiento, la rebaja de pena ha determinado la excarcelación por cumplimiento del penado. 

– Ninguna de las resoluciones dictadas es todavía firme dado que se encuentran en plazo para poder ser recurridas. Hasta la fecha, no se ha interpuesto ningún recurso.   

 Burgos   

– 21 expedientes revisados.   

– 9 resoluciones dictadas acuerdan que no procede revisar la pena.   

– 12 resoluciones dictadas acuerdan revisar la condena.- Siete rebajan de la pena. Cinco rebajan la pena y suponen la libertad; de estas cinco, cuatro conllevan la excarcelación y una no porque el penado cumple condena por otra causa.   

 Segovia  

– 6 expedientes revisados: 4 de oficio y 2 a petición de parte. Una de las revisiones de parte está pendiente de oír al penado antes de resolver.  

– 4 resoluciones dictadas acuerdan que no procede revisar la pena. Enviamos adjunto ahora uno de estos autos junto a la sentencia original correspondiente.   

– Una resolución dictada acuerda revisar la pena y rebajarla. Esta resolución fue remitida a los medios el pasado mes de noviembre. En dicho auto, se rebajó la pena de 12 años de prisión a 9 años. Actualmente, el penado cumple condena en Rumanía donde consta que está en prisión por otras causas.  

 Soria   

– 3 expedientes revisados.   

– 3 resoluciones dictadas acuerdan que no procede revisar la pena.   

 Valladolid   

– 29 expedientes revisados.   

– 25 resoluciones dictadas acuerdan que no procede revisar la pena.   

– 4 resoluciones dictadas acuerdan revisar la pena y rebajarla.- Una de ellas no supone excarcelación. De las tres restantes, no tenemos confirmación.   

Zamora   

– 10 expedientes revisados.   

– Una resolución dictada acuerda que no procede revisar la pena.   

– 9 resoluciones dictadas acuerdan revisar la pena y rebajarla.- Una de ellas supone la excarcelación.   

 

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