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viernes, marzo 29, 2024

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Covid: bajan los contagios pero hay cinco muertes en Castilla y León

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Redacción.-

Castilla y León registra hoy 483 nuevos casos de la enfermedad COVID-19, con lo que su número actual acumulado es 282.531; de esa cifra, 276.043 tienen diagnóstico mediante pruebas de infección activa (*).

Todos los nuevos positivos se han declarado atendiendo a la definición de caso confirmado de infección por SARS-CoV-2 adoptada por la Autoridad sanitaria nacional en la Estrategia de Vigilancia, Diagnóstico y Control en la Fase de Transición de la Pandemia de la COVID-19; de los 483 nuevos casos notificados hoy al C.C.A.E.S. de acuerdo con el criterio epidemiológico del Ministerio de Sanidad, 461 han tenido diagnóstico el día previo.

Doce altas más y cinco nuevos decesos son los últimos datos registrados en el ámbito hospitalario de la Comunidad, lo que se refleja 31.573 pacientes y 5.867 personas fallecidas respectivamente.

Los brotes activos registrados ascienden a 506, con un total de 2.700 casos vinculados a ellos.

La Comunidad de Castilla y León se encuentra en nivel 1 de alerta sanitaria por la pandemia ( Acuerdo 66/2021, de 17 de junio, de la Junta de Castilla y León, por el que se declara el nivel 1 de alerta sanitaria pandémica para todo el territorio de la Comunidad ), con las medidas, obligaciones y limitaciones que, para ese estadio, se recogen en el Acuerdo 46/2021, de 6 de mayo, por el que se actualizan los niveles de alerta sanitaria y el plan de medidas de prevención y control para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19, cuyo texto consolidado y actualizado a la normativa vigente puede consultarse en este enlace:  Texto consolidado del Acuerdo 46/2021, de 6 de mayo, de la Junta de Castilla y León, por el que se actualizan los niveles de alerta sanitaria y el plan de medidas de prevención y control para hacer frente a la pandemia por la COVID-19

En ese nivel 1, las obligaciones generales de cautela y protección referidas al uso de la mascarilla y a la distancia de seguridad se referencian a las condiciones y contextos normativamente establecidas, además de la recomendación del lavado frecuente de manos; también la obligación de colaborar en la información necesaria para la trazabilidad de contactos y el cumplimiento de situaciones y prescripciones en aislamientos y cuarentenas; la prohibición de fumar en vía pública si no se puede asegurar los dos metros de distancia de seguridad, así como totalmente en terrazas de hostelería; y de comer y beber en ese mismo espacio de uso común si tampoco es posible mantener la distancia de seguridad interpersonal y fuera del espacio de convivencia estable.

Asimismo es necesaria la observancia responsable y solidaria de las limitaciones en distintos sectores y ámbitos sociales y de actividad referidas a aforos y horarios vigentes en cada momento ( Acuerdo 78/2021, de 29 de julio, de la Junta de Castilla y León, por el que se mantienen las medidas especiales de salud pública para la contención de la COVID-19 en todo el territorio de la Comunidad, adoptadas mediante el Acuerdo 76/2021 ).

Las autoridades sanitarias insisten en la relevancia, para superar la pandemia y sus consecuencias de toda índole, de las responsabilidades individual y colectiva de los ciudadanos, cumpliendo con las medidas preventivas referidas al uso obligatorio de la mascarilla, a la distancia interpersonal y a la higiene de manos, además de aquellas otras de ámbito sectorial definidas en la normativa vigente; asimismo se recuerda a la ciudadanía la necesidad de limitar los encuentros sociales fuera del entorno de convivencia estable.

Sólo a través de la corresponsabilidad, la solidaridad y la colaboración ciudadana y con el esfuerzo y el compromiso de los profesionales sanitarios y de todos los colectivos sociales y profesionales implicados, la pandemia por la COVID-19 podrá ser superada, siendo para ello fundamental cumplir las recomendaciones sociales y sanitarias de autoridades nacionales, autonómicas, provinciales y locales.

(*) Pruebas diagnósticas de infección activa: PCR y test Ag.

(**) Se considera brote cualquier agrupación de tres o más casos con infección activa en los que se ha establecido un vínculo epidemiológico y, en el caso de residencias de personas mayores u otros centros socio sanitarios, con uno o más casos. Un brote activo se define como aquel que haya tenido algún caso en los últimos catorce días, teniendo en cuenta la fecha de inicio de síntomas o la de diagnóstico, si la de los síntomas no está disponible.

 

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