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viernes, abril 26, 2024

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El comit? propone suspender restauraci?n en interior, grandes superficies e instalaciones deportivas en todo Castilla y León

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Redacción.-

El gabinete de crisis frente a la COVID-19 ha acordado proponer mañana en una reunión extraordinaria del Consejo de Gobierno continuar con las políticas de prevenci?n y anticipaci?n para frenar el avance de la tercera ola de la pandemia.

Ante el incremento vertiginoso de la incidencia acumulada (I.A.) a siete días, cinco veces superior a la incidencia de la semana de Navidad, se ha decidido reforzar la campa?a de vacunación si está garantizado el suministro; continuar con los cribados masivos; y extender a todas las provincias las actuales restricciones adicionales vigentes en ?vila, Palencia y Segovia.

En este contexto, la vacuna, además de un hito cient?fico hist?rico, se vislumbra como el camino para superar el reto pand?mico y, en ese sentido, la Comunidad de Castilla y León está inmersa en el desarrollo de su Estrategia de vacunación frente a la COVID-19, la cual se está llevando a cabo de acuerdo con lo establecido para el conjunto del Sistema Nacional de Salud.

De esta manera, desde que se comenzase a vacunar el pasado 27 de diciembre, la Comunidad está administrando la pauta vacunal frente al nuevo coronavirus SARS-CoV-2 al primero de los grupos prioritarios indicados por el Consejo Interterritorial: el compuesto por personas residentes en centros de atenci?n a la Tercera Edad y a la Dependencia.

La vacunación de este grupo población de especial riesgo avanza a un ritmo muy destacable y, según el registro de vacunaciones de Castilla y León, a fecha 11 de enero, ya se había vacunado con la primera de las dos dosis necesarias 36.229 personas (?vila, 2.439; Burgos, 5.602; León, 6.087; Palencia, 3.711; Salamanca, 5.453; Segovia, 1.206; Soria, 2.253; Valladolid 6.563; y Zamora, 2.915)

Hoy, de acuerdo con la planificaci?n prevista por el Ministerio de Sanidad, se ha llegado un nuevo env?o semanal de la vacuna de?Pfizer-BioNTech, por ahora la única disponible, consistente en otras 25.350 dosis, si bien, por problemas log?sticos relacionados con el temporal de nieve, las provincias de ?vila y Segovia recibirán sus remesas vacunales mañana.

La llegada de este tercer env?o ministerial -cuyo reparto en cada una de las provincias castellanas y leonesas es el siguiente: ?vila, 1.950 dosis; Burgos, 4.875; León, 3.900; Palencia, 2.950; Salamanca, 2.950; Segovia, 975; Soria, 975; Valladolid, 4.875; y Zamora, 1.950- va permitir a la comunidad mantener el buen ritmo de vacunación entre los integrantes del primer grupo prioritario, de manera que en breves fechas se podr? comenzar a administrarles la segunda de las dosis, una vez cumplidas las tres semanas previstas entre una y otra inoculaci?n.

El avance de la Estrategia de vacunación frente a la COVID-19 en Castilla y León en este segmento socialmente vulnerable a la enfermedad es paso inmediato para comenzar a vacunar al segundo de los grupos definidos en el Sistema Nacional de Salud, el de los profesionales sanitarios, especialmente los de primera l?nea asistencial.

Por otra parte, la Junta está reforzando la detecci?n precoz de contagios por el nuevo coronavirus SARS-CoV-2, con el fin de diagnosticar personas asintom?ticas o con sintomatolog?a leve que puedan constituirse como focos de transmisi?n de la enfermedad y origen de brotes de amplia extensi?n.

Con el fin de lograr la mayor detecci?n precoz posible, más en un contexto de tercera onda pand?mica vinculada a las recientes celebraciones navide?as, la Autoridad sanitaria auton?mica desarrolla en zonas b?sicas de salud y municipios en los que se presentan elevados indicadores de contagios e incidencia acumulada, test de ant?genos de segunda generaci?n.

En este sentido y a los que se ya han venido desarrollando en varias localidades castellanas y leonesas en las Últimas fechas, se prev? esta semana se sumen nuevos cribados poblacionales en Santa María del P?ramo (León), Cervera de Pisuerga y Salda?a (Palencia) y Cantalejo (Segovia); además se está en contacto con las universidades de la Comunidad para que los integrantes de sus comunidades educativas testeen su situación sanitaria frente? la COVID-19 al reincorporarse a las clases tras las vacaciones y con empresas castellanas y leonesas para el mismo objetivo en sus plantillas.

La labor preventiva y de detecci?n precoz de la pandemia en Castilla y León precisa, asimismo, de instrumentos que permitan la adopci?n de intervenciones que, de forma restrictiva y ante la naturaleza de la gravedad de la situación pand?mica, den respuesta a las necesidades de control y limitaci?n social necesarios para la reducci?n de contagios y brotes epidemiol?gicos.

Para ello, el gabinete de crisis frente a la pandemia reunido esta tarde propondr? al Consejo de Gobierno que de forma extraordinaria se celebrará mañana medidas excepcionales para la contenci?n de la COVID-19 en Castilla y León, medidas que refuerzan el actual nivel 4 de alarma sanitaria vigente en la Comunidad ante la negativa evoluci?n epidemiol?gica y asistencial que reflejan los datos y criterios sanitarios en territorio auton?mico castellano y leon?s durante los Últimos días

La incidencia acumulada semanal se ha disparado, con la mayor velocidad de subida de Españaña y una I.A. cinco veces superior a la de la semana de Navidad; adem?s, se puede que desde el 1 de enero se ha iniciado en nuestra Comunidad la tercera onda pand?mica.

Por ello la propuesta del comit? de crisis es que toda la Comunidad pase de esta forma a este estadio agravado frente a la pandemia, sum?ndose las provincias de Burgos, León, Salamanca, Soria, Valladolid y Zamora a esta situación ya vigente en ?vila, Palencia y Segovia.

La Junta responde as? a los Últimos informes sanitarios y de la evoluci?n de los indicadores pand?micos en Castilla y León, que expresan una situación de riesgo extremo, con transmisi?n comunitaria no controlada y sostenida de la infecci?n por SARS-CoV-2 que excede las capacidades del sistema sanitario.

La adopci?n de restricciones conllevar? beneficios a corto, medio y largo plazo, tales como la limitaci?n de contagios y de hospitalizaciones en plata y UCI, descenso de la mortalidad, reducci?n de la paralizaci?n de recursos sanitarios, afectaciones a la gesti?n de las listas de espera de otras patolog?as,?

Estas medidas extraordinarias y su puesta en marcha tienen su fundamentaci?n normativa en el?Acuerdo 76/2020, por el que se establecen los niveles de alerta sanitaria en Castilla? y León y se aprueba el Plan de medidas de prevenci?n y control para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 en la Comunidad.

Su entrada en vigor se ha establecido para las 00:00 h del pr?ximo miércoles, 13 de enero y el período de vigencia inicialmente establecido es de catorce días, hasta las 23:59 h del 26 de enero, si bien la Consejería de Sanidad evaluar? de forma continua la situación sanitaria con el fin de garantizar la adecuaci?n de las medidas vigentes a la evoluci?n de los indicadores epidemiol?gicos, asistenciales, sociales, económicos y de movilidad, pudiendo ser aquellas mantenidas, modificadas o levantadas en funci?n de su evoluci?n.

 

La adopci?n de medidas extraordinarias supone un reforzamiento de las iniciativas para la prevenci?n y contenci?n pand?mica indicadas en el nivel 4 de alarma sanitaria, con especial atenci?n al control de aforos y de la movilidad y actividad social en sectores en los que se observa una mayor interacci?n relacionada con nuevos brotes y contagios y sobre los que la Administraci?n auton?mica s? dispone de capacidad competencial reguladora.

Estas acciones ahora aprobadas de agravamiento del nivel 4 ante la actual situación por la COVID-19 en la Comunidad se centran en:

  • Suspensi?n de la apertura al público de los grandes establecimientos comerciales definidos en el art?culo 15 del texto refundido de la Ley de Comercio de Castilla y León, aprobado por Decreto Legislativo 2/2014, de 28 de agosto, con las siguientes excepciones: Establecimientos comerciales minoristas de alimentaci?n, bebidas, productos y bienes de primera necesidad, establecimientos sanitarios, centros o clúnicas veterinarias, productos higiúnicos, librer?a, prensa y papeler?a, combustible para la automoción, estancos, equipos tecnol?gicos y de telecomunicaciones, alimentos para animales de compa??a, peluquer?as, tintorer?as y lavander?as y? sucursales bancarias, as? como departamentos dedicados a todas las actividades mencionadas y que se puedan encontrar en el interior de dichos establecimientos. Establecimientos individuales de menos de 2.500 metros cuadrados de superficie de venta al público con acceso directo e independiente desde el exterior. Los establecimientos, instalaciones y locales deber?n exponer al público el aforo m?ximo, en el que están incluidos sus trabajadores y asegurar que la distancia de seguridad interpersonal se respeta en el interior, debiendo asimismo establecer procedimientos que permitan el recuento y el control de aforos. No se permite en ning?n caso la permanencia de clientes en zonas comunes, incluidas ?reas de descanso, excepto para el mero tr?nsito entre los establecimientos comerciales; tambi?n deber?n estar cerradas zonas recreativas, como parques infantiles o similares. La permanencia en los establecimientos cuya apertura está permitida deber? ser la estrictamente necesaria para que los consumidores puedan realizar la adquisici?n de productos, quedando suspendida la posibilidad de consumo de productos en los propios establecimientos. En todo caso se evitar?n aglomeraciones y se controlar? que consumidores y empleados lleven mascarilla y mantengan la distancia de seguridad a fin de evitar posibles contagios.

 

  • Se suspenden todas las actividades de restauraci?n en interiores, permiti?ndose en terrazas con las condiciones indicadas para el nivel 4, con las siguientes excepciones: Servicios de entrega a domicilio o recogida en el establecimiento o en veh?culo. Los restaurantes de los hoteles y otros alojamientos tur?sticos, que pueden permanecer abiertos siempre que sea para uso exclusivo de sus clientes, sin perjuicio que tambi?n puedan prestar servicios de entrega a domicilio o recogida en el establecimiento. Los servicios de restauraci?n integrados en centros y servicios sanitarios, socio sanitarios y sociales, incluyendo las actividades de ocio infantil y juvenil, los comedores escolares y los servicios de comedor de car?cter social. Otros servicios de restauraci?n en centros de formación no incluidos en el p?rrafo anterior y los servicios de restauraci?n en centros de trabajo, destinados a las personas trabajadoras. Los servicios de restauraci?n de los establecimientos de suministro de combustible o centros de carga o descarga o los expendedores de comida preparada, con el objeto de posibilitar la actividad profesional de conducci?n, el cumplimiento de la normativa de tiempos de conducci?n y descanso y demás actividades imprescindibles para poder llevar a cabo las operaciones de transporte de mercanc?as o viajeros.

 

  • Se suspende la apertura al público de instalaciones deportivas convencionales y centros deportivos para la realización de actividad f?sica no oficial y no federada, que no sean al aire libre. Se suspende la pr?ctica de la actividad deportiva oficial de car?cter no profesional de ?mbito auton?mico, salvo las competiciones, incluidos sus entrenamientos, que den acceso directo o cuyas fases regulares de competici?n desemboquen en fases de ascenso a competiciones oficiales regulares de ?mbito estatal. No se permite la asistencia de público a ning?n evento deportivo.

 

  • Se suspende la apertura al público de los establecimientos y locales de juegos y apuestas.

 

Además de estas condiciones y de aquellas otras que de una forma más espec?fica y sectorial se recogen en el Acuerdo 76/2020, la Junta recuerda la necesidad de mantener comportamientos individuales responsables y preventivos: uso obligatorio de la mascarilla, lavado frecuente de manos, mantenimiento de la distancia interpersonal de seguridad y la limitaci?n a un m?ximo de seis personas en reuniones familiares y sociales.

La Comunidad asimismo mantiene, en el marco temporal establecido por el ?Real 926/2020, la limitaci?n indefinida de la entrada y la salida de personas del territorio castellano y leon?s, con las excepciones indicadas en los correspondientes Acuerdos de la Presidencia de la Junta, as? como el toque de queda entre las diez de la noche y las seis de la mañana.

Los ciudadanos tienen la obligaci?n de cumplir con medidas sanitarias preventivas establecidas para la contenci?n de la pandemia, pudiendo, en todo caso, ser sancionados los incumplimientos, de conformidad con el Decreto-Ley 7/2020, por el que se establece el r?gimen sancionador espec?fico por el incumplimiento de las medidas de prevenci?n y contenci?n sanitarias para afrontar la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 en la Comunidad de Castilla y León.

El seguimiento y control de las intervenciones que supone el paso al nivel 4 de alerta sanitaria por la COVID-19 en la Comunidad se desarrollar? en el marco del?Plan Territorial de Protecci?n Civil de Castilla y León (PLANCAL), correspondi?ndoles a las autoridades estatales, auton?micas y locales competentes, según el r?gimen de distribuci?n competencial previsto, la vigilancia, inspecci?n y control de su cumplimiento.

Asimismo la Junta de Castilla y León recabar? la cooperaci?n y colaboraci?n de la Delegaci?n del Gobierno, de las subdelegaciones y de los ayuntamientos castellanos y leoneses para el control y aplicaci?n de las medidas adoptadas a trav?s de los cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado y de las policías locales.

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