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sábado, abril 27, 2024

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Castilla y León registra 2.206 nuevos casos de COVID-19, y acumula 189.516 en total

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Redacción.- La comunidad de Castilla y León ha registrado hoy 2.206 nuevos casos de la enfermedad COVID-19, con lo que su número actual acumulado es 189.516; de esa cifra, 182.718 han sido confirmados a trav?s de pruebas de infecci?n activa (*).

Todos los nuevos positivos se han declarado atendiendo a la definici?n de caso confirmado de infecci?n por SARS-CoV-2 adoptada por la Autoridad sanitaria nacional en la Estrategia de Vigilancia, Diagn?stico y Control en la Fase de Transición de la Pandemia de la COVID-19; de los 2.206 nuevos casos notificados hoy al C.C.A.E.S. de acuerdo con el criterio epidemiol?gico del Ministerio de Sanidad, 2.016 tienen diagn?stico el día previo.

Los brotes activos (**) actualmente en el conjunto de la Comunidad son 1.360 y los casos positivos a ellos vinculados, 8.723.

Las nuevas altas hospitalarias son 236 y suman 22.110 en total, mientras que han fallecido otras 37 personas en hospitales, lo que eleva este número a 4.652 decesos.

La situación recogida provincialmente puede consultarse en el archivo adjunto y de forma más amplia y diariamente a trav?s de este enlace al Portal de Transparencia de la Administraci?n auton?mica castellana y leonesa (?Enlace a la información actualizada sobre el nuevo coronavirus COVID-19 en Castilla y León?); tambi?n ah? puede encontrarse la evoluci?n diaria de la vacunación frente a la COVID-19 en la Comunidad.

La Junta de Castilla y León insiste en la responsabilidad individual y colectiva de los ciudadanos, cumpliendo con las medidas preventivas de uso obligatorio de la mascarilla, la distancia interpersonal y la higiene de manos, as? como aquellas otras de ?mbito sectorial definidas en la normativa vigente.

Asimismo se recuerda a la ciudadan?a, con car?cter general, la necesidad de limitar los encuentros sociales fuera del entorno de convivencia estable.

La Comunidad de Castilla y León mantiene, en el marco temporal establecido por el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el Estado de Alarma para contener la propagaci?n de infecciones causadas por el SARS-CoV-2, su cierre perimetral auton?mico y en todas y cada una de las provincias castellanas y leonesas.

La permanencia en grupos personales en espacios públicos y privados está limitada a cuatro personas y, en lugares de culto, a un tercio del aforo, con un m?ximo de veinticinco asistentes.

El toque de queda en el conjunto territorial castellano y leon?s está establecido entre las ocho de la tarde y las seis de la mañana (?Edici?n del BOCyL del 16 de enero de 2021?).

Todas las provincias de Castilla y León están actualmente en nivel 4 reforzado de alerta sanitaria para la contenci?n de la pandemia, con medidas preventivas excepcionales frente a la COVID-19 (?Pubicaci?n en el BOCyL del Acuerdo 4/2021 sobre medidas excepcionales preventivas frente a la pandemia en Castilla y León?).

Además de este r?gimen agravado mantienen su vigencia las medidas preventivas ordinarias correspondientes, más concretas y sectoriales, recogidas en el Acuerdo 76/2020, de 3 de noviembre, de la Junta de Castilla y León, por el que se establecen niveles de alerta sanitaria y se aprueba el Plan de medidas de prevenci?n y control para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 en la Comunidad de Castilla y León (?Acuerdo 76/2020?).

Desde la Autoridad sanitaria auton?mica se reitera la importancia de cumplir tambi?n con todas las medidas de car?cter general actualmente en vigor y que hacen menci?n a aspectos preventivos individuales y colectivos, tales como el uso obligatorio de la mascarilla, el lavado de manos, la distancia de seguridad interpersonal, etc., as? como aquellas otras de car?cter sectorial.

S?lo a trav?s de la corresponsabilidad, la solidaridad y la colaboraci?n ciudadana y con el esfuerzo y el compromiso de los profesionales sanitarios, la pandemia por la COVID-19 podr? ser superada, siendo para ello fundamental cumplir las recomendaciones sociales y sanitarias de autoridades nacionales, auton?micas, provinciales y locales.

 

(*) Pruebas diagn?sticas de infecci?n activa: PCR y test Ag.

(**) Se considera brote cualquier agrupaci?n de tres o más casos con infecci?n activa en los que se ha establecido un v?nculo epidemiol?gico y, en el caso de residencias de personas mayores u otros centros socio sanitarios, con uno o más casos. Un brote activo se define como aquel que haya tenido alg?n caso en los Últimos catorce días, teniendo en cuenta la fecha de inicio de s?ntomas o la de diagn?stico, si la de los s?ntomas no está disponible.

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