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viernes, abril 19, 2024

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Nuevas medidas para las fiestas navide?as en Castilla y León

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Redacción.-

El Consejo de Gobierno de la Junta de Castilla y León ha acordado hoy una serie de medidas preventivas y recomendaciones espec?ficas a aplicar durante el período navide?o, y por tanto con car?cter temporal y excepcional, ante la evoluci?n de los indicadores y con el objetivo de hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19. Se trata de limitaciones concretas para evitar aglomeraciones en espacios públicos, como el festejo de las doce campanadas, la celebraci?n de espect?culos y actividades, las cabalgatas de reyes, las exposiciones de belenes y belenes vivientes, los mercados al aire libre o los alojamientos de turismo rural.

As? mismo se contemplan una serie de recomendaciones destinadas con car?cter general a extremar la diligencia en las medidas de prevenci?n y a limitar la interacci?n social. Todo ello, sin perjuicio del mantenimiento de las medidas previstas en el Acuerdo 76/2020, de 3 de noviembre, as? como de aquellas acordadas por el presidente de la Junta de Castilla y León en su condici?n de autoridad sanitaria delegada del Gobierno de la Nación para la Comunidad de Castilla y León, por el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagaci?n de infecciones causadas por el SARS-CoV-2.

El acuerdo producir? efectos desde su publicaci?n en el Bolet?n Oficial de Castilla y León hasta las 23:59 horas del día 6 de enero de 2021.

En cuanto a las medidas espec?ficas preventivas a aplicar durante el período navide?o, son las siguientes:

  1. Con el fin de evitar la formación de aglomeraciones de personas en las vías y espacios públicos, los ayuntamientos adoptar?n medidas de control del aforo en aquellas vías o espacios públicos que se prevea que puedan tener una alta densidad de afluencia de personas, estableci?ndose, si fuese necesario, itinerarios para dirigir la circulaci?n de las personas y as? poder mantener la distancia de seguridad interpersonal.
  2. No se podr?n organizar actos con motivo de festejar las doce campanadas de fin de año en plazas o vías públicas. Los ayuntamientos respectivos informar?n a la población para que no concurra a los lugares donde tradicionalmente se desarrollen estos actos y adoptar?n medidas precisas de control para evitar que se produzcan aglomeraciones por dicho motivo.
  3. Se suspende provisionalmente la concesi?n de nuevas autorizaciones para la celebraci?n de espect?culos y actividades recreativas cuyo desarrollo discurra por uno o varios t?rminos municipales, con las excepciones previstas en los puntos siguientes.
  4. Si bien se recomienda no celebrar eventos como cabalgatas de reyes y conciertos navide?os, y en general cualquier acto que contribuya a una elevada afluencia con riesgo de aglomeraci?n de personas en la vía pública, siendo preferible su sustituci?n por actos retransmitidos a distancia o virtuales, en caso de celebrarse, deber? tenerse en cuenta lo siguiente:
    • a) s?lo podr? hacerse en recintos acotados, estableciendo por diferentes lugares la entrada y salida del público y en el caso de cabalgatas y similares deber?n realizarse de forma estática.
    • b) el público asistente deber? permanecer sentado y no se podr? superar el cincuenta por ciento del aforo, debiendo garantizarse, en todo caso, una distancia mínima interpersonal de, al menos, 1,5 metros y el uso de mascarilla de todo el público asistente.
    • c) se proh?be el consumo de alimentos y bebidas, as? como cualquier otra actividad que ocasione no usar la mascarilla por parte del público durante estos eventos, as? como en su acceso o salida.
  5. Las exposiciones de belenes y los belenes vivientes solo se podr?n llevar a cabo en recintos acotados y no se podr? superar el cincuenta por ciento de su aforo, debiendo garantizarse, en todo caso, una distancia mínima interpersonal de, al menos, 1,5 metros y el uso de mascarilla, debiendo establecerse l?mites de tiempo en la permanencia de personas en exposiciones interiores, que preferiblemente no superen los 15 minutos.
  6. Para los días 24 y 31 de diciembre se mantiene, como horario de cierre de los establecimientos de hostelería y restauraci?n, las 22:00 horas como m?ximo, sin que puedan admitirse nuevos clientes a partir de las 21:00 horas. Se incluye a los establecimientos y servicios de restauraci?n en zonas comunes de hoteles y alojamientos para todo tipo de clientes, externos o alojados.
  7. Se flexibilizan las visitas de familiares a los centros residenciales de personas mayores y de persona con discapacidad, ampliando ?stas hasta 2 familiares por residente y día, con una duraci?n m?xima de dos horas.
  8. En los centros residenciales de personas mayores donde tradicionalmente se realizaban cenas o comidas de Navidad de familiares con los residentes, se podr?n realizar, siempre y cuando los familiares, m?ximo 2 por residente, tengan una prueba diagn?stica de infecci?n activa negativa, extremando las medidas de seguridad.
  9. Se suspende las actividades y eventos deportivos, como la carrera de San Silvestre, con elevada afluencia de público o que puedan provocar aglomeraciones.

Recomendaciones

En cuanto a las recomendaciones acordadas por el Gobierno regional, son las siguientes:

  1. Se recomienda extremar la diligencia en la observancia de las medidas generales de prevenci?n, en particular el uso de mascarilla todo el tiempo que sea posible, el lavado de manos frecuente, el respeto a la distancia f?sica de seguridad interpersonal, maximizar la ventilaci?n de espacios cerrados, minimizar el número de contactos y permanecer en el domicilio en caso de tener s?ntomas de la enfermedad.
  2. Se recomienda a quienes cursen estudios fuera del lugar de residencia familiar y regresen a la misma para las vacaciones navide?as que limiten las interacciones sociales y extremen las medidas de prevenci?n los diez días anteriores al regreso. Una vez en el domicilio, se recomienda limitar los contactos, respetar su burbuja de convivencia e interactuar sobre todo al aire libre en lugar de en el interior.
  3. Se recomienda a los establecimientos de hostelería reforzar la ventilaci?n de los espacios interiores y reforzar el mensaje de hacer uso de la mascarilla cuando no se está comiendo ni bebiendo y se evitar? comer del mismo plato.
  4. Se recomienda a los ayuntamientos favorecer un mayor uso del espacio público al aire libre, de manera que se incremente la proporci?n de espacios abiertos disponibles para la ciudadan?a, en comparaci?n con los espacios cerrados en los que existe mayor riesgo de transmisi?n, para la realización de eventos culturales, actividades para la infancia o para la hostelería y el comercio, respetando siempre lo dispuesto en relaci?n con la celebraci?n de eventos con elevada afluencia de público. Asimismo, se recomienda no ingerir alimentos o bebidas en la calle, salvo en los espacios acondicionados para ello, ni fumar en la vía pública cuando no se pueda respetar la distancia de seguridad de al menos 2 metros.
  5. Siempre que sea posible, se recomienda que las actividades se realicen al aire libre y garantizando el cumplimiento de la distancia de seguridad para minimizar el contacto entre los asistentes.
  6. Se recomienda a la población que organice sus compras con antelaci?n para evitar las grandes aglomeraciones en calles y centros comerciales.
  7. En todo tipo de celebraciones, tanto religiosas como civiles, se recomienda evitar los cantos, sustituy?ndolo por el uso de m?sica pregrabada y se evitar?n las muestras f?sicas de devoci?n o tradici?n (besos, contacto sobre im?genes, esculturas, etc.) sustituy?ndolas por otras que no conlleven riesgo sanitario.
  8. La celebraci?n de eventos religiosos, tales como la misa del gallo, no será ?bice para el cumplimiento de la regulaci?n relativa a la limitaci?n de la libertad de circulaci?n de las personas en horario nocturno. Se recomienda ofrecer como alternativa servicios telem?ticos o por televisi?n.
  9. Se recomienda que, en aquellos casos en que las personas residentes de centros residenciales de personas mayores o de personas con discapacidad realicen una salida más prolongada con motivo de las celebraciones navide?as, ?sta tenga una duraci?n mínima de 7 días y quede restringida a un único domicilio y manteniendo una burbuja de convivencia estable. En las 24 horas anteriores a su reingreso al centro, se realizar? una prueba de diagn?stico de infecci?n activa y en los días posteriores se extremar?n las medidas de vigilancia y prevenci?n.

La Junta de Castilla y León recuerda que los ciudadanos deber?n colaborar activamente en el cumplimiento de las medidas sanitarias preventivas establecidas en el presente Acuerdo. En todo caso, los incumplimientos individualizados podr?n constituir infracci?n administrativa de conformidad con lo dispuesto en el Decreto-Ley 7/2020, de 23 de julio, por el que se establece el r?gimen sancionador espec?fico por el incumplimiento de las medidas de prevenci?n y contenci?n sanitarias para afrontar la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 en la Comunidad de Castilla y León.

El seguimiento y control de las medidas adoptadas se desarrollar? en el marco del Plan Territorial de Protecci?n Civil de Castilla y León (PLANCAL), y la vigilancia, inspecci?n y control del cumplimiento de las medidas recogidas en este Acuerdo corresponder? a las autoridades estatales, auton?micas y locales competentes, según el r?gimen de distribuci?n competencial previsto en la norma aplicable.

As? mismo, se recabar? la cooperaci?n y colaboraci?n de la Delegaci?n del Gobierno y de los Ayuntamientos para el control y aplicaci?n de las medidas adoptadas a trav?s de los cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado y de la policía local. Las fuerzas y cuerpos de seguridad dar?n traslado de las denuncias que formulen por el incumplimiento de las medidas de prevenci?n a las autoridades competentes.

Burgos

Por otro lado, el Consejo de Gobierno ha acordado que la ciudad de Burgos entre a partir de las cero horas de mañana viernes en nivel 4, al decaer las medidas sanitarias preventivas de car?cter excepcional para la contenci?n de la pandemia vigentes hasta el momento.

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