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viernes, marzo 29, 2024

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Ma?ana se inicia el plazo para solicitar el Ingreso M?nimo Vital

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Redacción.- Ma?ana, 15 de junio, comienza el plazo para solicitar el? Ingreso M?nimo Vital. Su objetivo es reducir el nivel de pobreza y exclusión y garantizar una mejora real de oportunidades de inclusi?n social y laboral.

Requisitos.

Los siguientes requisitos deben cumplirse tanto en el momento de la presentaci?n de la solicitud como de sus revisiones, y mantenerse al dictar la resoluci?n y durante el tiempo de la percepci?n de la prestación:

1. Tener residencia en Españaña:

Los beneficiarios individuales o miembros de una unidad de convivencia deben tener residencia legal y efectiva en Españaña de forma continuada e ininterrumpida durante al menos el año anterior a presentar la solicitud, con excepci?n de:

  • Las?personas incorporadas a la unidad de convivencia por nacimiento, adopci?n, guarda con fines de adopci?n o acogimiento familiar permanente.
  • Las personas víctimas de trata de seres humanos y?de explotación sexual?circunstancia que acreditar?n mediante informe emitido por los servicios públicos encargados de la atenci?n integral a estas víctimas o por los servicios sociales.
  • Las mujeres víctima de violencia de g?nero acreditada por cualquiera de los medios establecidos en el art?culo 23 de la Ley Orgúnica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protecci?n Integral contra la Violencia de G?nero.

2. Estar en situación de vulnerabilidad econ?mica:

Para determinar la situación de vulnerabilidad econ?mica se toma en consideraci?n la?capacidad econ?mica?de la persona solicitante individual o de la unidad de convivencia, computando los recursos de todos sus miembros.

Este requisito se cumple cuando el promedio mensual de ingresos y rentas anuales computables del ejercicio anterior sea inferior al menos en 10 euros?a la cuant?a mensual garantizada por el ingreso m?nimo vital que corresponda según la modalidad y el número de miembros de la unidad de convivencia.
No computan como ingresos los salarios sociales, rentas mínimas de inserci?n y ayudas an?logas de asistencia social concedidas por las comunidades aut?nomas.

No se considera en situación de vulnerabilidad econ?mica la persona beneficiaria individual que sea titular de un patrimonio, sin incluir la vivienda habitual, valorado en un importe igual o superior a tres veces la cuant?a correspondiente de renta garantizada por el ingreso m?nimo vital para una persona beneficiaria individual. En 2020 esto equivale a 16.614 euros.

Cuando se trate de unidades de convivencia, no se considera en situación de vulnerabilidad econ?mica cuando sean titulares de un patrimonio, sin incluir la vivienda habitual, valorado en un importe igual o superior al que se indica en esta tabla en funci?n del tamaño y configuraci?n de la unidad de convivencia.

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