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viernes, abril 26, 2024

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Se publica el protocolo para la celebraci?n de juicios telem?ticos en la provincia de Valladolid

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Redacción.-?

Como consecuencia de la situación de emergencia sanitaria provocada por el COVID-19
y en el marco del estado de alarma se ha dictado el Real Decreto-ley 16/2020, de 28 de
abril, de medidas procesales y organizativas para hacer frente en el ?mbito de la
Administraci?n de Justicia.
En su art?culo 19 se establece que, durante la vigencia del estado de alarma y hasta
tres meses despu?s de su finalizaci?n, ?constituido el Juzgado o Tribunal en su sede, los
actos de juicio, comparecencias, declaraciones y vistas y en general, todos los actos
procesales, se realizar?n preferentemente mediante presencia telem?tica, siempre que
los Juzgados, Tribunales y Fiscalias tengan a su disposición los medios técnicos para
ello?.
En dicho precepto, se dispone que en el orden jurisdiccional penal será necesaria la
presencia del acusado en los juicios por delito grave.
Por su parte, la Ley Organica 6/1985 de 1 de julio, del Poder Judicial, establece en su
art?culo 229.3, que las actuaciones judiciales ?podr?n realizarse a trav?s de
videoconferencia u otro sistema similar que permita la comunicaci?n bidireccional y
simult?nea de la imagen y el sonido y la interacci?n visual, auditiva y verbal entre dos
personas o grupos de personas geogr?ficamente distantes, asegurando en todo caso la
posibilidad de contradicci?n de las partes y la salvaguarda del derecho de defensa,
cuando as? lo acuerde el juez o tribunal.
En estos casos, el letrado de la Administraci?n de Justicia del juzgado o tribunal que
haya acordado la medida acreditar? desde la propia sede judicial la identidad de las
personas que intervengan a trav?s de la videoconferencia mediante la previa remisi?n
o la exhibici?n directa de documentación, por conocimiento personal o por cualquier
otro medio procesal id?neo?.
Los Juzgados y Tribunales situados en territorio del Ministerio de Justicia disponen de
un sistema inform?tico que permite la grabaci?n de actuaciones procesales y que
habitualmente se utiliza para comparecencia de testigos o peritos que no pueden
desplazarse hasta la sede del ?rgano judicial. Este mismo sistema, sin necesidad de que

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su usuario se descargue ninguna aplicaci?n, y con la única exigencia de que ?ste
disponga de un PC, Tablet o móvil con cámara, es el que se va a utilizar para la
realización de estas actuaciones procesales por medios telem?ticos.
En consecuencia, y para proporcionar una mayor seguridad jur?dica, se firma el
presente protocolo de actuaci?n que contiene las siguientes normas de actuaci?n.

PRIMERO. – El presente protocolo resulta aplicable a todas las actuaciones procesales
que se realicen por medios telem?ticos en los Juzgados y Tribunales cuya sede se
encuentra en la provincia de Valladolid.
SEGUNDO. ? El se?alamiento de las actuaciones procesales que van a desarrollarse por
medios telem?ticos será determinado por el Tribunal sin que sea necesaria la solicitud
previa de las partes.
TERCERO. ? Para la realización de las actuaciones procesales se utilizar?n los sistemas
inform?ticos con los que cuentan los Juzgados y Tribunales, dado que ?stos garantizan
la autenticidad, seguridad e integridad de la grabaci?n de la actuaci?n judicial que se
desarrolla, que se grabar? autom?ticamente en el sistema inform?tico que el
Ministerio de Justicia ha puesto a disposición de los Juzgados y Tribunales cuya sede se
encuentra en el llamado territorio com?n o territorio Ministerio.
CUARTO. ? En la resoluci?n que se dicte acordando y se?alando la actuaci?n procesal,
se har? constar:
1. Que dicha actuaci?n procesal se llevar? a cabo por medios telem?ticos.
2. Los intervinientes en dicha actuaci?n procesal, con indicaci?n de si el
Juzgado dispone de sus direcciones de correo electrúnico o, en otro caso,
solicitando su aportaci?n en el plazo de una audiencia.
3. Los documentos que puedan presentarse en la vista o comparecencia se
presentar?n a trav?s de Lexnet con una antelaci?n de 24 horas a la fecha
se?alada para la celebraci?n de la vista, con el objeto de que el Tribunal
pueda disponer de tal documentación en el momento de la vista y pueda
darse traslado de la misma a todas las partes

4. Que el Juzgado remitir? por correo electrúnico a los profesionales y, en su
caso, a las partes y peritos el enlace con el que conectarse a la actuaci?n
procesal de que se trate con al menos 24 horas de antelaci?n a la misma.
5. Que, sin perjuicio su citaci?n con arreglo a lo dispuesto en las leyes
procesales, si la parte decide comparecer en las actuaciones procesales
deber? hacerlo desde el lugar en el que se encuentre conectado su letrado,

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absteni?ndose de comparecer en la sede del ?rgano judicial. No obstante,
podr? comparecer por sus propios medios telem?ticos lo que deber?
solicitar al ?rgano judicial a trav?s de su representaci?n procesal.
6. Los testigos que puedan proponer las partes comparecer?n en la sede
judicial, debiendo indicar la parte proponente si deben ser citados por el
?rgano judicial o si será la propia parte quien gestione su comparecencia.
Cuando se propongan pruebas periciales, la comparecencia del perito a juicio se
har? por vía telem?tica, debiendo la parte proponente en el momento de
proponer la prueba facilitar la direcci?n email desde la que el perito se
conectar? y un tel?fono de contacto del perito.
7. Que la actuaci?n procesal quedar? grabada en el sistema inform?tico de la
Administraci?n de Justicia, permiti?ndose a las partes la obtenci?n
inmediata de copia de la misma.

QUINTO. ? Los Colegios de Abogados y de Procuradores de Valladolid facilitar?n a los
Decanatos, a la Audiencia Provincial y a la Fiscalía, un listado con las direcciones de
correo electrúnico de los colegiados, al objeto de facilitar la remisi?n del enlace para
conectarse a las actuaciones judiciales a las que sean citados.
SEXTO. – A modo ejemplificativo, y sin perjuicio de que puedan celebrarse todas las
actuaciones judiciales que dispongan los Juzgados y Tribunales y puedan realizarse con
las suficientes garant?as procesales, se recomienda la celebraci?n telem?tica, en tanto
se mantenga la situación socio sanitaria en las que nos encontramos, de las siguientes
actuaciones:
– CIVIL. Audiencias previas.
– CIVIL. Juicios verbales.
– CIVIL. Juicios Ordinarios.
– CIVIL. Medidas cautelares, comparecencias de liquidaci?n de intereses,
ejecuciones, incidentes y similares…
– CIVIL. Procedimientos al amparo del art?culo 158 CC y comparecencias del
procedimiento creado por el Real Decreto-ley 16/2020.
– CIVIL. Familia. Procedimientos de medidas, divorcios y/o guardia y custodia y
juicios en procedimientos de Liquidaci?n de la sociedad de gananciales.
– CIVIL. Ratificaciones en procedimientos de muto acuerdo (Tambi?n en aquellos
Juzgados en los que se realiza por los LAJ).
– CIVIL. Comparecencias en procedimientos de divisi?n de patrimonios,
especialmente en los de divisi?n judicial de herencia.
– CIVIL. Diligencias preliminares en las que la parte demandada comparezca con
abogado y procurador, pudiendo aportar la documentación a trav?s de LexNet.
– CIVIL. Jurisdicci?n voluntaria
– CIVIL. Conciliaciones.

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– CIVIL. Mediaci?n civil y familiar.
– CIVIL. Vistas en Recursos de Apelaci?n.
– CONTENCIOSO/ADMINISTRATIVO. Abreviado sin proposici?n de prueba, o
cuando la única prueba propuesta sea la documental y se haya aportado con
antelaci?n a la vista y traslado a la parte contraria, y cualquier otro
procedimiento y/o comparecencia de car?cter eminentemente jur?dico.
– PENAL. Juicios por delitos menos graves y leves.
– PENAL, MENORES. Diligencias, comparecencia y vistas. Vistas en Recursos de
Apelaci?n y cualquier otro procedimiento y/o comparecencia.
– SOCIAL. Conciliaci?n previa por parte del LAJ.
– SOCIAL. Incapacidades, impugnaci?n de ERTES y despidos, cuando sea posible
por la prueba a practicar.
S?PTIMO. ? Este Protocolo, que será puesto en conocimiento de la Sala de Gobierno y
de la Fiscalía Superior del TSJCYL a los efectos oportunos, entrar? en vigor al día
siguiente de su suscripci?n, presencial o por cualquier medio telem?tico, por los
part?cipes en su redacci?n mencionados en el encabezamiento.
OCTAVO.- El original de este protocolo quedar? depositado en la Secretar?a de la
Audiencia Provincial de Valladolid.

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