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viernes, abril 26, 2024

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?Boda cancelada? Finca, trajes, fot?grafo, viajes? todo lo que la pareja puede recuperar

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Redacción.-

El coronavirus y la declaraci?n del estado de alarma nos está dejando numerosas cancelaciones de eventos en un sinf?n de ?mbitos. Uno de ellos, las bodas. Todas esas parejas que se han visto en la obligaci?n de cancelar su celebraci?n con motivo de esta pandemia se preguntan si recuperar?n su dinero ya desembolsado, por ejemplo, de los trajes, de las fincas, catering o restaurantes o, entre otros, del viaje reservado para disfrutar de la luna de miel.

Importante novedad normativa sobre cancelación de bodas durante el estado de alarma

Para dar respuesta a las principales cuestiones que se están planteando todas las parejas que han tenido que cancelar su boda por el estado de alarma decretado en Españaña con motivo del coronavirus, reclamador.es se?ala que se debe tener en cuenta que el pasado 31 de marzo se public? en el BOE el Real Decreto-ley 11/2020, en el que se modifica el art?culo 36 de la Ley General de Defensa de Consumidores y Usuarios, que tambi?n es aplicable a ese día tan especial.

Catering, finca, restaurante?

El catering, finca o restaurante suele ser el desembolso más elevado en las celebraciones. Debido a ese elevado coste, las empresas contratadas para este fin suelen pedir a los contrayentes un adelanto como reserva, que en muchas ocasiones se llegar?a a perder si la pareja decide no celebrar el evento, si bien, al tratarse de una circunstancia extraordinaria, en la que están prohibidos este tipo de actos sociales, los contrayentes que se hayan visto obligados a cancelar la celebraci?n de su uni?n, pueden recuperar el dinero desembolsado en concepto de reserva o pago adelantado de la finca, restaurante, comida, etc?tera.

Pero, explica reclamador.es, lo que dice la nueva regulaci?n es que esa devoluci?n, que implica la no celebraci?n del evento, solo tendr? lugar cuando no existan alternativas, como por ejemplo el aplazamiento de la fecha, e incluso un bono o vale sustitutorio del precio. Existe un plazo de 60 días para intentar llegar a un acuerdo y si no se alcanza, recalca la plataforma online de servicios legales, entonces deber?n devolver el dinero en el plazo de 14 días, descont?ndose los posibles gastos en que hubiera incurrido el restaurante o finca, siempre que sean justificados.

Lo cierto es que muchas de las parejas que ten?an previsto celebrar su boda en este periodo del estado de alarma están aplazando la fecha a verano y oto?o. Si esto es as?, la recomendaci?n es hablar con la empresa contratada para que el anticipo por reserva se mantenga y se reste del precio final acordado una vez se celebre el evento.

Fotograf?a y v?deo

Lo mismo sucede con el fot?grafo, si bien si este tipo de servicios llevaba aparejado un book pre-boda que, de haberse realizado, la empresa de fotograf?a deber? descontar de las cantidades a devolver.

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