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miércoles, abril 24, 2024

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El TSJ revoca la sentencia de la Audiencia que conden? a un joven por agresión sexual a una estudiante

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Redacción.-El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León que revoca la sentencia? impuesta por la Audiencia de Salamanca y absuelve a un joven que había sido condenado por agresión sexual a una estudiante universitaria. «No podemos sostener que la denunciante haya faltado a la verdad en su denuncia y declaraci?n, pero s? que no ha quedado acreditada, más all? de toda duda razonable, la comisi?n del delito imputado», apuntan los magistrados.

La Sala estima el recurso del condenado contra la sentencia de la Audiencia de Salamanca, que le impuso una pena de seis años de cárcel por un delito de agresión sexual. La Sentencia de la Audiencia salmantina cont? con el voto particular de uno de los tres magistrados que integraron el tribunal, que se mostr? partidario de la absoluci?n.

«Ciertamente nos encontramos exclusivamente con la declaraci?n de la denunciante como única prueba de cargo de tales imputaciones, por lo que, basarse en dicha prueba, supone un acto de fe en la veracidad de lo que la misma refiere que consideramos insuficiente para dicha condena, puesto que, exigi?ndose para la existencia del citado delito, la presencia de violencia o intimidación como medios utilizados por el acusado para mantener la relaci?n sexual con la denunciante, no hay acreditaci?n de tal presencia salvo por las meras manifestaciones de ?sta Última», arguyen los magistrados de la Sala de lo Civil y Penal del TSJ.
En su sentencia, se?alan?que «La condena del acusado, por tanto, en la sentencia recurrida supone la?infracci?n de los principios de presunci?n de inocencia y de «in dubio pro reo»,?dado que el mismo debi? ser absuelto con todos los pronunciamientos favorables, de manera que, en suma, venimos a coincidir con los argumentos y conclusi?n del citado voto particular discrepante, incluida la afirmaci?n de que no podemos sostener que la denunciante haya faltado a la verdad en su denuncia y declaraci?n, pero s? que no ha quedado acreditada, más all? de toda duda razonable, la comisi?n del delito imputado».

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