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jueves, abril 25, 2024

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El Bocyl publica la modificaci?n del pliego de condiciones de las denominaciones de origen Ribera del Duero, Rueda, y Toro para reforzar la calidad y favorecer la diversificaci?n de sus vinos

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Redacción.-

El Bolet?n Oficial de Castilla y León (Bocyl) ha publicado hoy las resoluciones por la que se aprueban las modificaciones del pliego de condiciones de las denominaciones de origen Ribera del Duero y Toro. El Bocyl tambi?n recogi? la pasada semana la adaptaci?n de la normativa por la que se rige la DO Rueda. El pliego de condiciones es el documento que establece las especificaciones t?cnicas y los requisitos de calidad que tiene que cumplir el producto para poder hacer uso de las contraetiquetas de cada denominaci?n.

La entrada en vigor el pasado enero del Reglamento de las Denominaciones Geogr?ficas de Calidad Alimentaria de Castilla y León, aprobado por el Decreto 50/2018, de 20 de diciembre, estableci? el plazo definitivo para que las denominaciones de origen vúnicas de Castilla y León se adapten a la normativa europea en materia de control y certificaci?n lo que les obliga a acreditarse en la Norma UNE-EN-ISO 17065. Esta norma ISO especifica los criterios generales que debe seguir un organismo de certificaci?n de producto para que sea reconocido a nivel nacional, europeo e internacional, como competente, y se reconozca la extrema rigurosidad de sus controles. Con ello, además de cumplir con la nueva normativa, tambi?n se da la m?xima garant?a a los consumidores y se cuenta con un aval imprescindible para competir en los mercados nacionales e internacionales. Las denominaciones de origen han aprovechando la modificaci?n para actualizar los requisitos técnicos del producto, permitiendo as? recoger las demandas del sector y una mejor adaptaci?n a los nuevos gustos del consumidor

El proceso de acreditaci?n, a cargo de la Entidad Nacional de Acreditaci?n (ENAC), requiere de la adaptaci?n de los documentos normativos que rigen estas figuras de calidad, en particular, de sus pliegos de condiciones. Ese ha sido el principal motivo por el que las denominaciones de origen Ribera del Duero, Rueda, y Toro han llevado a cabo la modificaci?n de sus respectivas normativas. Además, han aprovechado la ocasi?n para actualizar los requisitos técnicos del producto, permitiendo as? recoger las demandas del sector y una mejor adaptaci?n a los nuevos gustos del consumidor.

DO Ribera del Duero

La publicaci?n en el Bocyl de hoy de la resoluci?n favorable para la modificaci?n del pliego de condiciones de la DO Ribera del Duero permite la ya mencionada adaptaci?n para que el pliego sea certificable y lograr as? la acreditaci?n en la ISO 17065 y además actualiza los requisitos técnicos del producto.

En este sentido, el cambio más significativo es la inclusi?n de los vinos blancos dentro de la DO Ribera del Duero. La experiencia en la producci?n de estos vinos en la zona, en especial a lo largo de los Últimos veinte años y con base fundamental en la variedad aut?ctona Albillo Mayor, ha alcanzado a juicio del Consejo Regulador la madurez suficiente para transformar estas elaboraciones en producto amparado por la denominaci?n y preservar el legado hist?rico de esta variedad de uva.

La vendimia que acaba de finalizar, en la que se han recogido 600.000 kilos de uva Albillo Mayor, será la primera en la que puedan elaborarse vinos blancos bajo la DO Ribera del Duero. Se contempla tambi?n en el apartado de etiquetado la posibilidad de mencionar unidades geogr?ficas menores, en este caso, los nombres geogr?ficos de los municipios y entidades locales menores que configuran la zona protegida por la DO. De esta forma, se atiende a una demanda del sector y del propio consumidor que cada vez aprecia más la información sobre el origen y la procedencia del producto.

DO Rueda

La denominaci?n de origen Rueda, cuya modificaci?n del pliego de condiciones se public? en el Bocyl del pasado 29 de octubre, ha adaptado las caracter?sticas organol?pticas de los vinos, buscando una descripci?n más precisa del producto y, sobre todo, la vinculaci?n a descriptores que puedan ser evaluados por un panel sensorial que cumpla los criterios de la Norma UNE-EN-ISO 17025, requisito que deber? cumplirse para la certificaci?n de producto.

Buscando esa mayor adaptaci?n a los gustos actuales del mercado, se han redefinido los tipos de vino simplificando la denominaci?n de los vinos blancos y poniendo en valor el nombre de ?Rueda?. Tambi?n se recupera el ?P?lido?, el vino de licor de crianza biol?gica que de forma tradicional se ha elaborado en la zona. Por Último, atendiendo a una demanda del sector, se introduce la indicaci?n de etiquetado ?Vino de Pueblo?, que podr? ser utilizada a criterio del operador, junto con el nombre geogr?fico de los municipios de la zona amparada por la denominaci?n.

Denominaci?n de Origen Toro

La tercera DO que ha modificado su pliego de condiciones es Toro, cuya aprobaci?n se publica tambi?n hoy el Bocyl. De igual forma que las anteriores, esta denominaci?n está dando los pasos necesarios para adaptar su pliego de condiciones a la acreditaci?n en la Norma UNE-EN-ISO 17065, revisando la descripci?n del producto, actualizando los rendimientos y adaptando el sistema de control a los criterios de la Norma.

Otra denominaci?n que se encuentra tambi?n inmersa en este proceso de acreditaci?n y modificaci?n de su pliego de condiciones es la DO Bierzo. En los pr?ximos días se producir? la aprobaci?n definitiva y su publicaci?n en el Bocyl. Como en el resto de procesos, la decisi?n de aprobaci?n corresponde a la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, a trav?s del Instituto Tecnol?gico Agrario de Castilla y León, por tener la competencia exclusiva al tratarse de denominaciones de origen que tienen su territorio ?ntegramente incluido en la Comunidad Autónoma de Castilla y León.

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