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viernes, mayo 3, 2024

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El TSJ anula el Plan de mejora de la calidad del aire por ozono troposférico por su falta de concreción

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Redacción.- La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha anulado el Plan de mejora de la calidad del aire por ozono troposférico en Castilla y León, aprobado por la Junta de Castilla y León en diciembre de 2021. Esta sentencia se produce en respuesta a una solicitud presentada por Ecologistas en Acción.

La sentencia, emitida el 20 de junio de 2023, obliga a elaborar un nuevo Plan de Calidad del Aire por Ozono en un plazo de seis meses, asegurando que este nuevo plan cumpla de manera rigurosa con los requisitos legales y contemple medidas concretas y eficaces para reducir las emisiones contaminantes en el transporte y la industria regionales.

Este caso tiene sus raíces en sentencias previas emitidas en 2018 y 2020 por el Tribunal de Castilla y León y el Tribunal Supremo, respectivamente, que exigieron a la Junta de Castilla y León tomar medidas para proteger la salud y la vegetación en ocho de las quince zonas de la región, donde se habían incumplido los objetivos legales de calidad del aire desde 2010.

Las áreas afectadas por esta sentencia incluyen las aglomeraciones de Salamanca y Valladolid, Duero Norte, Duero Sur, Montaña Sur, Valle del Tiétar y Alberche y Soria y Demanda, para la protección de la salud, así como la zona Sur y Este de Castilla y León, para la protección de la vegetación, abarcando una superficie total de 75,000 kilómetros cuadrados y 1,700,000 habitantes.

Esta sentencia no solo impacta a Castilla y León, sino que también establece un precedente para otros planes de calidad del aire por ozono que están siendo elaborados en diferentes regiones de España, como Andalucía, Baleares, Cataluña, Comunitat Valenciana, Madrid, Murcia y Navarra.

El ozono troposférico, conocido como «ozono malo,» es un contaminante secundario que proviene de la reacción entre el dióxido de nitrógeno y los hidrocarburos emitidos por el transporte y algunas industrias en presencia de radiación solar. Su impacto en la salud humana y el medio ambiente es significativo, causando irritación de los ojos y las vías respiratorias, reducción de la función pulmonar, y aumentando el riesgo de enfermedades respiratorias agudas y patologías cardiovasculares.

En este contexto, Ecologistas en Acción subraya la importancia de implementar medidas concretas y eficaces para reducir las emisiones contaminantes en el transporte y la industria, promover el transporte público, la movilidad activa peatonal y ciclista, así como el uso de energías renovables y productos sin disolventes orgánicos. La organización también hace un llamado urgente a la implementación de zonas de bajas emisiones en las ciudades de Castilla y León y advierte contra cualquier retroceso en la calidad del aire.

La sentencia, que impone las costas a la Junta de Castilla y León, puede ser apelada ante el Tribunal Supremo, pero por ahora, representa un hito importante en la lucha por la protección del medio ambiente y la salud de los habitantes de la región.

el Plan de mejora de la calidad del aire por ozono troposférico en Castilla y León, aprobado por Acuerdo 138/2021, de 16 de diciembre, de la Junta de Castilla y León, por no cumplir con el ordenamiento jurídico vigente.

La decisión judicial se tomó en respuesta a una solicitud presentada por Ecologistas en Acción, una organización ambientalista que ha estado luchando incansablemente por la calidad del aire en la región. La sentencia obliga a la Junta de Castilla y León a elaborar un nuevo Plan de Calidad del Aire en un plazo de seis meses que cumpla rigurosamente con las normativas legales en cada una de las zonas afectadas.

El Plan de Calidad del Aire original, aprobado por la Junta de Castilla y León en diciembre de 2021, había sido impugnado debido a la falta de especificidad en cuanto a las fuentes de emisión, objetivos cuantificados de reducción de niveles de contaminación, medidas y proyectos de mejora, calendario de aplicación y estimación de la mejora de la calidad del aire. La sentencia también destacó que el ozono no afecta de la misma manera a las áreas rurales y urbanas, lo que resalta la importancia de un enfoque específico para cada zona.

Este revés judicial no solo obliga a Castilla y León a revisar y mejorar su Plan de Calidad del Aire, sino que también sienta un precedente importante que podría afectar a otros planes de calidad del aire en desarrollo en diferentes comunidades autónomas de España. Asimismo, la sentencia impone costas a la Junta de Castilla y León y permite la posibilidad de un recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

El ozono troposférico, a menudo denominado ozono «malo», es un contaminante secundario que se forma a partir de la reacción entre el dióxido de nitrógeno y los hidrocarburos emitidos por el transporte y algunas industrias, en presencia de radiación solar. La exposición a niveles de ozono como los registrados en el centro y sur de Castilla y León ha sido asociada a problemas de salud, incluyendo irritación de los ojos, enfermedades respiratorias agudas como el asma, y un mayor riesgo de enfermedades cardiovasculares.

Según estimaciones de la Agencia Europea de Medio Ambiente, en España se producen alrededor de 2,000 muertes prematuras al año debido a la exposición a niveles de ozono, con un centenar de estas muertes ocurriendo en Castilla y León. Además del impacto en la salud humana, el ozono también es tóxico para la vegetación y puede dañar los bosques y reducir la productividad de los cultivos.

Ante esta situación, Ecologistas en Acción está instando a que el nuevo Plan de Calidad del Aire de Castilla y León incluya medidas concretas y efectivas para reducir las emisiones contaminantes en el transporte y la industria de la región. También exige la implementación urgente de zonas de bajas emisiones en las ciudades de la región con más de 50,000 habitantes, en línea con la Ley estatal de cambio climático.

El Tribunal Superior de Justicia ha destacado que el ozono no afecta de la misma manera a todas las áreas, ya que su comportamiento varía en zonas urbanas y rurales debido a diferencias en las fuentes contaminantes, orografía y otras características. Por lo tanto, la zonificación y la adaptación de planes específicos para cada área son esenciales.

Las áreas afectadas por esta sentencia son las aglomeraciones de Salamanca y Valladolid, Duero Norte, Duero Sur, Montaña Sur, Valle del Tiétar y Alberche y Soria y Demanda, para la protección de la salud, así como la zona Sur y Este de Castilla y León, para la protección de la vegetación. En total, esto abarca una superficie de 75,000 kilómetros cuadrados y 1.7 millones de habitantes.

La sentencia otorga a la Junta de Castilla y León un plazo de seis meses para elaborar un nuevo Plan de Calidad del Aire que cumpla rigurosamente con la normativa. Además, advierte que es fundamental garantizar el estricto cumplimiento de dicho plan.

Esta sentencia no solo afecta a Castilla y León, sino que también establece un precedente que condiciona el contenido de los planes de calidad del aire por ozono actualmente en desarrollo en otras comunidades autónomas, como Andalucía, Baleares, Cataluña, Comunitat Valenciana, Madrid, Murcia y Navarra. Por otro lado, las comunidades de Aragón, Castilla-La Mancha y País Vasco aún no han iniciado la elaboración de sus planes de ozono.

El ozono troposférico, comúnmente conocido como ozono «malo», es un contaminante secundario producido por la reacción entre el dióxido de nitrógeno y los hidrocarburos emitidos por el transporte y algunas industrias en presencia de radiación solar. Su inhalación puede causar irritación de los ojos y vías respiratorias superiores, reducción de la función pulmonar y aumentar el riesgo de enfermedades respiratorias y cardiovasculares. Además, es perjudicial para la vegetación y la productividad de los cultivos.

Ecologistas en Acción ha instado a que el nuevo Plan de Calidad del Aire de Castilla y León incluya medidas concretas y efectivas para reducir las emisiones contaminantes en el transporte y la industria regional. Asimismo, se ha enfatizado la importancia de la movilidad sostenible, el uso de energías renovables y la implementación de zonas de bajas emisiones en las ciudades de la región.

La sentencia, que impone las costas a la Junta de Castilla y León y puede ser apelada ante el Tribunal Supremo, refleja la necesidad de un enfoque más riguroso y específico en la lucha contra la contaminación del ozono troposférico, con el fin de proteger la salud de las personas y el medio ambiente en toda la región y más allá.

Las zonas con incumplimientos legales donde la Junta de Castilla y León está obligada por decisión judicial a elaborar los planes de calidad del aire por ozono son las aglomeraciones de Salamanca y Valladolid, Duero Norte, Duero Sur, Montaña Sur, Valle del Tiétar y Alberche y Soria y Demanda, para la protección de la salud, y la zona Sur y Este de Castilla y León, para la protección de la vegetación, con una superficie total de 75.000 kilómetros cuadrados y 1.700.000 habitantes.

No obstante, intentando aparentar el cumplimiento del primer fallo, la Junta de Castilla y León aprobó en 2021 “un Plan único, sin especificar para cada zona las fuentes de emisión, los objetivos cuantificados de reducción de niveles de contaminación y las medidas y proyectos de mejora, calendario de aplicación, estimación de la mejora de la calidad del aire que se espera conseguir y del plazo previsto para alcanzar los objetivos de calidad”, que es lo que exige la normativa.

El Tribunal señala que “los planes son para zonas concretas del territorio de la correspondiente Comunidad y cuando en esas zonas se hayan superado determinados valores objetivos”, y recuerda “que el ozono no se comporta igual en las áreas rurales y en las urbanas […], y que las fuentes contaminantes no son iguales, como tampoco lo son la orografía y demás características de las distintas zonas, tal y como se especifica en el propio Plan”. Concluyendo que “de ahí precisamente la exigencia no solo de la zonificación sino de dar al Plan un contenido específico para cada zona”.

Esta falta de concreción del diagnóstico, los objetivos y las medidas a adoptar en cada una de las ocho zonas de Castilla y León donde se han incumplido los objetivos legales establecidos para el ozono determina la anulación del Acuerdo de la Junta de Castilla y León, poniendo de manifiesto que el Plan de Calidad del Aire por ella aprobado es un documento vácuo, carente de contenido real y sin viso alguno de eficacia, como viene denunciando Ecologistas en Acción desde su elaboración.

Con la finalidad de evitar los daños que de la contaminación atmosférica puedan derivarse para las personas y el medio ambiente, y teniendo en cuenta que el plazo legal para que la Junta de Castilla y León comunicara sus planes de calidad del aire para el ozono venció en 2014, el Tribunal otorga al Gobierno regional un plazo de seis meses para que elabore correctamente un nuevo plan, y le advierte de que “es indispensable cumplir de manera muy rigurosa el contenido” legal del mismo.

La sentencia, que impone las costas a la Junta de Castilla y León y frente a la que cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo, constituye un precedente judicial que también condiciona el contenido de los planes de calidad del aire por ozono actualmente en elaboración en Andalucía Baleares, Cataluña, Comunitat Valenciana, Madrid, Murcia y Navarra. Los gobiernos de Aragón, Castilla-La Mancha y País Vasco todavía no han iniciado la redacción de sus planes de ozono.

El ozono troposférico, también conocido como ozono “malo” por contraposición al de la estratosfera, es un contaminante secundario producido por la reacción entre el dióxido de nitrógeno y los hidrocarburos emitidos por el transporte y algunas industrias, en presencia de radiación solar. Por inhalación, provoca irritación de los ojos y vías respiratorias superiores, reducción de la función pulmonar, un incremento del riesgo de enfermedades respiratorias agudas (asma, EPOC) y el agravamiento de patologías cardiovasculares, con resultado de hospitalización o muerte.

La Agencia Europea de Medio Ambiente estima en alrededor de 2.000 las muertes prematuras anuales producidas en España por la exposición a niveles de ozono como los registrados habitualmente en verano en el centro y sur de Castilla y León, donde los fallecimientos alcanzarían un centenar al año, según el Instituto de Salud Carlos III. El ozono, además de para las personas, es tóxico para la vegetación, dañando los bosques y reduciendo la productividad de los cultivos.

Por estos motivos, Ecologistas en Acción considera esencial que el nuevo Plan de Calidad del Aire de Castilla y León contemple la implantación de medidas concretas y eficaces para reducir las emisiones contaminantes en el transporte y la industria regionales. La Junta de Castilla y León y los ayuntamientos constituidos tras las últimas elecciones municipales deben apostar de manera clara por el transporte público urbano y metropolitano y por la movilidad activa peatonal y ciclista, así como por las energías renovables y el uso de pinturas, tintas y barnices sin disolventes orgánicos.

En especial, en vísperas del inicio de la Semana Europea de la Movilidad, la organización ambiental considera urgente implantar las zonas de bajas emisiones obligadas por la Ley estatal de cambio climático en las nueve ciudades de Castilla y León con más de 50.000 habitantes (todas las capitales de provincia salvo Soria y además Ponferrada), que debían haberse establecido antes de 2023. Y considera inaceptable cualquier retroceso en materia de calidad del aire, como la pretensión del Ayuntamiento de Valladolid de suprimir carriles bus y bici y de recortar su zona de bajas emisiones.

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