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viernes, mayo 3, 2024

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La CHD estudiará las acciones a realizar en la presa de La Muña en el cauce del río Cega

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La Confederación Hidrográfica del Duero, organismo autónomo adscrito al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, estudiará el futuro de la presa de La Muña en el río Cega a su paso por Navafría, con el objetivo de encontrar la solución más adecuada para esta infraestructura de modo que se mejore la dinámica fluvial en este tramo del río, de acuerdo con los objetivos medioambientales que tiene el Organismo.

Esta actuación estaba incluida dentro de los trabajos que la CHD desarrolla para la conservación, mantenimiento y mejora de cauces en la provincia de Segovia, con la finalidad de restituir el dominio público hidráulico y tras haberse emitido por parte del Organismo una resolución de extinción de derecho del aprovechamiento en 2013.

Por ello, el pasado 10 de julio se inició la primera fase en el entorno de la presa, consistente en labores de desbroce del terreno para facilitar el acceso a trabajadores y maquinaria, y crear así una plataforma de trabajo segura en el cauce. Una vez realizado el acceso a la coronación del azud, se tiene pensado proceder de la siguiente manera: bajar la lámina de agua aproximadamente un metro y evaluar mediante análisis físicoquímico la cuña de sedimentación, trabajando en todo momento la estructura en régimen fluyendo. Todo ello, sin afectar la actuación al caudal circulante en estiaje, ni tampoco a la calidad de las aguas.

Una vez obtenidos los resultados, la CHD tendrá que valorar nuevamente las acciones a realizar en el entorno de la infraestructura ahora sin uso.

La actuación prevista inicialmente, obedece a la necesidad de que la CHD cumpla con sus obligaciones de restituir el dominio público hidráulico, tras haberse extinguido el derecho al aprovechamiento como sucedió en este caso con la citada resolución de 2013.

Las actuaciones de retirada de azudes, tienen su base legal en el Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del Dominio Público Hidráulico, dentro del artículo 126. Bis-Condiciones para garantizar la continuidad fluvial y, en concreto, en su apartado 4º que dice: “El Organismo de cuenca promoverá la eliminación de infraestructuras que, dentro del dominio público hidráulico, se encuentren abandonadas sin cumplir función alguna ligada al aprovechamiento de las aguas, teniendo en consideración la seguridad de las personas y los bienes y valorando el efecto ambiental y económico de cada actuación”.

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