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viernes, abril 26, 2024

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Segovia pasa al nivel 4 de alerta pand?mica

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Redacción.-

Esta decisi?n, adoptada hoy en reunión extraordinaria del Consejo de Gobierno a la vista de los Últimos informes epidemiol?gicos y sanitarios referidos a la provincia segoviana, se publicar? mañana sábado, 2 de enero en el BOCyL y será efectiva a partir de las 00 h del pr?ximo domingo, 3 de enero.

La Junta de Castilla y León ha aprobado el Acuerdo por el que se declara el nivel 4 de alerta por la COVID-19 para la provincia de Segovia, con la consecuente adopci?n de medidas sanitarias preventivas ordinarias para la contenci?n de la pandemia en ese territorio provincial castellano y leon?s.

La decisi?n ha sido adoptada en reunión extraordinaria del Consejo de Gobierno a la vista de los Últimos informes sanitarios y de la evoluci?n de los indicadores pand?micos en Segovia, que expresan una situación de riesgo extremo, con transmisi?n comunitaria no controlada y sostenida de la infecci?n por SARS-CoV-2 que excede las capacidades del sistema sanitario.

Estas circunstancias obligan a la Autoridad sanitaria auton?mica a adoptar las medidas previstas en el?Acuerdo 76/2020, por el que se establecen los niveles de alerta sanitaria en Castilla y León y se aprueba el Plan de medidas de prevenci?n y control para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 en la Comunidad?(?Acuerdo 76/2020?).

Esta decisi?n será publicada mañana, 2 de enero, en el Bolet?n Oficial de Castilla y León, lo que posibilitar? la entrada en vigor de este nivel 4 de alerta pand?mica en la provincia de Segovia a partir de las 00 h del pr?ximo domingo, 3 de enero de 2021, manteniendo su eficacia mientras subsista la situación de riesgo que ha motivado su implementaci?n.

La Consejería de Sanidad evaluar? de forma continua la situación sanitaria en el territorio segoviano con el fin de garantizar la adecuaci?n de las medidas vigentes a la evoluci?n de los indicadores epidemiol?gicos, asistenciales, sociales, económicos y de movilidad, pudiendo ser aquellas mantenidas, modificadas o levantadas en funci?n de su evoluci?n.

Con car?cter general las acciones ordinarias de contenci?n que entrar?n en vigor a las 00 h del pr?ximo domingo, 3 de enero, con la? declaraci?n del nivel 4 de alerta sanitaria en Segovia y en su provincia, se resumen en:

  • En?hostelería y restauraci?n, el consumo dentro del local no se podr? efectuar en barra o de pie y deber? realizarse sentado en mesa o agrupaciones de mesas, no pudiendo superarse el 33 % del aforo. Se limitar? la ocupación m?xima de mesas o agrupaciones de mesas a seis personas. En todo caso, la distancia mínima entre mesas o agrupaciones de mesas será de 1,5 metros en terrazas al aire libre, y de dos metros en el interior de los establecimientos. Las terrazas se podr?n abrir con el 75 % del aforo.
  • En?ocio y cultura, museos y salas de exposiciones deber?n respetar la limitaci?n de un tercio de su aforo; por su parte en cines y teatros, aforo m?ximo a un tercio de la capacidad, pero si no hay entradas pre asignadas, se limita la asistencia a veinticinco personas en interior y a cincuenta al aire libre.
  • Centros comerciales y comercios minoristas: un tercio del aforo tanto en locales de interior como en zonas comunes. Se mantendr? las limitaciones y condiciones de horario establecidas por el actual Estado de Alarma (R.D. 926/2020) y su toque de queda.
  • Deportes: al aire libre, sin restricciones pero respetando las medidas preventivas individuales generales; en instalaciones cerradas, un tercio del aforo, uso obligatorio de la mascarilla (excepto para competiciones oficiales) y desarrollo de deporte sin contacto f?sico (m?ximo seis personas simult?neamente), excepto deportistas profesionales, de alto nivel o de alto rendimiento; y en cuanto a la asistencia a eventos deportivos, aforo m?ximo a un tercio de la capacidad, pero si no hay entradas pre asignadas, se limita la asistencia a veinticinco personas en interior y a cincuenta al aire libre.
  • ?mbito social: limitaci?n de visitas en centros de personas mayores; aforo al 50% en lugares de culto; y limitaci?n a diez personas en velatorios en lugares cerrados y a quince, si es al aire libre.

Además de estas condiciones y de aquellas otras que de una forma más espec?fica y sectorial se recogen en el Acuerdo 76/2020, la Junta recuerda la necesidad de mantener comportamientos individuales responsables y preventivos: uso obligatorio de la mascarilla, lavado frecuente de manos, mantenimiento de la distancia interpersonal de seguridad y la limitaci?n a un m?ximo de seis personas en reuniones familiares y sociales.

Tambi?n que se mantiene el actual toque de queda, entre las diez de la noche y las seis de la mañana y que la Comunidad aut?noma de Castilla y León se encuentra en situación de cierre perimetral en su conjunto, para la entrada y salida de personas de su territorio, con las excepciones establecidas por causa y fechas concretas, hasta el pr?ximo 10 de enero.

Los ciudadanos tienen la obligaci?n de cumplir con medidas sanitarias preventivas establecidas para la contenci?n de la pandemia, pudiendo, en todo caso, ser sancionados los incumplimientos, de conformidad con el?Decreto-Ley 7/2020, por el que se establece el r?gimen sancionador espec?fico por el incumplimiento de las medidas de prevenci?n y contenci?n sanitarias para afrontar la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 en la Comunidad de Castilla y León.

El seguimiento y control de las intervenciones que supone el paso al nivel 4 de alerta sanitaria por la COVID-19 en la Comunidad se desarrollar? en el marco del?Plan Territorial de Protecci?n Civil de Castilla y León (PLANCAL), correspondi?ndoles a las autoridades estatales, auton?micas y locales competentes, según el r?gimen de distribuci?n competencial previsto, la vigilancia, inspecci?n y control de su cumplimiento.

Asimismo la Junta de Castilla y León recabar? la cooperaci?n y colaboraci?n de la Subdelegaci?n del Gobierno en Segovia y de los ayuntamientos segovianos para el control y aplicaci?n de las medidas adoptadas a trav?s de los cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado y de las policías locales.

 

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