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viernes, marzo 29, 2024

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Estas Navidades prohibido el desplazamiento entre comunidades y 10 personas en las cenas

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Redacción.-

El documento de referencia se?ala que estas recomendaciones requieren una labor de coordinaci?n entre todos los niveles, nacional, auton?mico y local y trabajar conjuntamente con los municipios y las organizaciones de comerciantes, agentes sociales, culturales y deportivos.

Las medidas se plantean en un escenario en el que la situación epidemiol?gica tiene una tendencia descendente pero con situaciones distintas en las diferentes CCAA y, por tanto, podr?n estar sujetas a restricciones que pueden variar dependiendo de la evoluci?n epidemiol?gica de las mismas, de acuerdo a lo establecido en el documento de Actuaciones de Respuesta Coordinada para el control de la transmisi?n de COVID-19 y la normativa desarrollada en cada comunidad aut?noma.

En estas fiestas navide?as, según se especifica en el mismo acuerdo, se deber?n reforzar los mensajes sobre las medidas de prevenci?n, incluidas las relacionadas con la ventilaci?n y las actividades al aire libre.

As?, se deben tener siempre en cuenta las 6M: Mascarilla (uso de mascarilla todo el tiempo posible), Manos (lavado de manos frecuente), Metros (mantenimiento de la distancia f?sica), Maximizar ventilaci?n y actividades al aire libre (mantener las ventanas y puertas abiertas en la medida en que sea seguro y factible según la temperatura), Minimizar número de contactos (preferiblemente siempre la misma burbuja) y en caso de s?ntomas, diagn?stico o contacto de un caso de COVID-19 «me quedo en casa».

Entrada y salida en las CCAA y ciudades aut?nomas

El acuerdo se?ala que entre el 23 de diciembre y el 6 de enero las CCAA y ciudades aut?nomas har?n efectiva la limitaci?n de la entrada y salida prevista en el art?culo 6.1 del?Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, salvo para aquellos desplazamientos, adecuadamente justificados, que se produzcan por alguno de los motivos previstos, as? como para acudir a los lugares de residencia habitual de familiares o allegados.

No obstante, a la vista de la evoluci?n de la situación epidemiol?gica, las comunidades aut?nomas y ciudades con Estatuto de autonom?a podr?n establecer que esta Última salvedad únicamente resulte aplicable en días determinados.

Además, cabe destacar que lo previsto en este apartado no será de aplicaci?n en Canarias ni Baleares debido a las caracter?sticas propias de la insularidad. En estos territorios se dispondr?n de las medidas que resulten oportunas.

Encuentros con familiares y allegados

Respecto a los encuentros familiares o con allegados para celebrar las comidas y cenas navide?as de los días 24, 25 y 31 de diciembre y 1 de enero se indica que no se debe superar el número m?ximo de diez personas, salvo que se trate de convivientes.

En todo caso, se recomienda que pertenezcan al mismo grupo de convivencia. Además, se deber? tener especial precauci?n y cuidado con las personas en situación de vulnerabilidad.

Por otro lado, se recomienda a los estudiantes que regresan a casa para las vacaciones que limiten las interacciones sociales y extremen las medidas de prevenci?n los 10 días antes. Además, deber?n atenerse a las medidas preventivas aplicables en cada comunidad y ciudad aut?noma. Y, una vez en casa, deben limitar los contactos, respetar su burbuja de convivencia e interactuar sobre todo al aire libre, en lugar de en el interior.

Movilidad nocturna y eventos navide?os

En cuanto a la movilidad nocturna en las noches del 24 al 25 de diciembre y del 31 de diciembre al 1 de enero las comunidades y ciudades aut?nomas har?n efectiva la limitaci?n de la libertad de circulaci?n de las personas en horario nocturno prevista en el art?culo 5 del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, pudiendo determinar que la hora de comienzo de esta limitaci?n comience, como muy tarde a las 1:30 horas y únicamente para permitir el regreso al domicilio. El acuerdo subraya que en ning?n caso se utilizar? esta ampliaci?n horaria para desplazarse a encuentros sociales.

Respecto a los eventos navide?os, organizados entre el 23 de diciembre y el 6 de enero, las comunidades y ciudades aut?nomas no permitir?n la celebraci?n de eventos presenciales con elevada afluencia de público, salvo que se garantice el cumplimiento de lo establecido en el documento de «Recomendaciones para eventos y actividades multitudinarias en el contexto de nueva normalidad por COVID-19 en Españaña».

Asimismo, se recomiendan celebraciones que puedan garantizar el cumplimiento de las normas de higiene y prevenci?n, tales como cabalgatas estáticas en lugares donde se pueda controlar el acceso, campanadas virtuales o retransmisiones de eventos navide?os por televisi?n u otras opciones telem?ticas.

De forma general, será la autoridad sanitaria la que deber? evaluar los riesgos de transmisi?n de SARSCoV-2 asociados a eventos o actividades multitudinarias, previendo la adopci?n de medidas oportunas para reducir el riesgo.

Hosteler?a y vía pública

Los establecimientos hosteleros seguir?n las normas de aforo y prevenci?n, as? como el resto de restricciones vigentes en cada comunidad y ciudad aut?noma. En particular, en el interior, se especifica que se garantizar? una adecuada ventilaci?n natural o mecúnica. Se recomienda tambi?n reforzar el mensaje de hacer uso de la mascarilla cuando no se está comiendo ni bebiendo y evitar comer del mismo plato.

En coordinaci?n con las entidades locales, se recomienda, en todo caso, favorecer un mayor uso de la vía pública al aire libre de manera que haya más espacios disponibles para la ciudadan?a, as? como para la realización de eventos culturales, actividades para la infancia o para la hostelería y el comercio, respetando siempre lo dispuesto anteriormente en relaci?n con la celebraci?n de eventos navide?os con elevada afluencia de público.

Cabe destacar que se proh?be comer y beber en la vía pública a excepci?n de los espacios acondicionados para ello

Eventos deportivos y culturales

El documento especifica que no se podr?n celebrar grandes eventos deportivos y, en su lugar, se recomiendan modalidades de participaci?n virtual. Y, las actividades navide?as tradicionales que se celebren en cines, teatros, auditorios, carpas de circo o similar se realizar?n respetando el aforo previsto en la comunidad o ciudad aut?noma correspondiente.

Cuando sea posible, las citadas actividades se llevarón a cabo al aire libre y siempre garantizando que se cumple la distancia de seguridad para minimizar el contacto entre los asistentes.

Celebraciones religiosas

Por su parte las ceremonias religiosas en espacios cerrados seguir?n las normas de aforo establecidas en cada comunidad y ciudad aut?noma. Se recomienda evitar los cantos y usar en su lugar m?sica pregrabada. Asimismo, se deber?n evitar las muestras f?sicas de devoci?n o tradici?n (besos, contacto sobre im?genes, esculturas, etc.) sustituy?ndolas por otras que no conlleven riesgo sanitario.

La celebraci?n de eventos religiosos, tales como la Misa del gallo, no será ?bice para el cumplimiento de la regulaci?n relativa a la limitaci?n de la libertad de circulaci?n de las personas en horario nocturno. Por ello, se recomienda ofrecer como alternativa servicios telem?ticos o por televisi?n.

Comercio y transporte

En cuanto a las compras se recomienda a la población que las organice con antelaci?n para evitar las grandes aglomeraciones en calles y centros comerciales. Además, los comercios y calles comerciales respetar?n el aforo previsto en la comunidad o ciudad aut?noma correspondiente, asegur?ndose el mantenimiento de la distancia interpersonal de seguridad.

Durante el periodo navide?o, se traslada a las administraciones competentes la conveniencia de aumentar la frecuencia de horarios del transporte público para evitar las aglomeraciones, garantizando una adecuada ventilaci?n y el cumplimiento de las medidas de prevenci?n, que incluyen no comer y hacer un uso correcto de la mascarilla. No obstante, siempre que sea posible, los desplazamientos es mejor que se hagan en transporte al aire libre.

Centros residenciales socio-sanitarios

En el apartado en el que se abordan los centros residenciales socio-sanitarios se recomienda que, en aquellos casos en que los residentes realicen una salida más prolongada con motivo de las celebraciones navide?as, estas queden restringidas a un único domicilio y se mantenga una burbuja de convivencia estable.

A su reingreso se aconseja la realización de una prueba de diagn?stico de infecci?n activa y los días posteriores al mismo se extremar?n las medidas de vigilancia y prevenci?n.

Coordinaci?n con los municipios

Por Último, se recomienda establecer una coordinaci?n efectiva con la Federaci?n Españañola de Municipios y Provincias y las Federaciones Regionales de Municipios. El objetivo, informar de la situación epidemiol?gica y acordar medidas que se implementen en los municipios y que posibiliten el disfrute de unas celebraciones navide?as diferentes por parte de la ciudadan?a, con actividades al aire libre, y cumpliendo las medidas de prevenci?n (6 M) y de limitaci?n de agrupaciones de personas que sean aplicables.

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