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miércoles, mayo 8, 2024

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La Junta pide al juzgado permiso para confinar Íscar y Pedrajas

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Redacción.-

La Junta de Castilla y León espera que el juzgado avale el confinamiento durante dos semanas? las localidades de Íscar y Pedrajas de San Esteban.

El mismo procedimiento que se utiliz? hace unos días para un barrio de Valladolid, la Junta remite al juzgado los informes de los brotes confirmados en Íscar, y que, adem?s, han ido en aumento y se han extendido a Pedrajas de San Esteban, y a los efectos de evitar la posible expansi?n «descontrolada» de la COVID-19 en ambos municipios y contener, por tanto, lo que ya parece una «ineludible» transmisi?n? comunitaria de la pandemia, considera preciso adoptar medidas de prevenci?n que afectan a la «movilidad y circulaci?n» de las personas as? como al desarrollo de diversas actividades que, por sus caracter?sticas, «puedan favorecer la propagaci?n del virus».

Si es ratificado por el juzgado, se restringir? la «libre entrada y salida» de personas de los municipios mencionados, salvo aquellos desplazamientos, «adecuadamente justificados», que se produzcan por el cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales o empresariales; el retorno al lugar de residencia habitual; la asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables; causa de fuerza mayor o situación de necesidad y cualquier otra actividad de an?loga naturaleza.

Además, la circulaci?n por carretera y viales que transcurran o atraviesen el territorio de dichos municipios estar? permitida, «siempre y cuando tengan origen y destino fuera de los mismos».

Estar? permitida la circulaci?n de personas residentes dentro de los municipios afectados, si bien se «desaconseja» los desplazamientos y realización de actividades no imprescindibles.

Las visitas en los centros residenciales de personas mayores, tambi?n se suspenden salvo circunstancias individuales en las que sean de aplicaci?n medidas adicionales de cuidados y humanizaci?n, que adoptar? la direcci?n del centro. Asimismo,?se suspenden las salidas de los residentes al exterior.

Por otra parte,?se limitar? a un m?ximo de diez personas la participaci?n en cualquier agrupaci?n o reunión?de car?cter privado o no regulado en dichos municipios y que tenga lugar tanto en espacios públicos como privados, excepto en el caso de personas convivientes.

Se suspenden las actividades de las pe?as y de naturaleza an?loga en dichos municipios. Con la obligaci?n, por parte de los ciudadanos para «colaborar activamente» en el cumplimiento de las medidas sanitarias preventivas establecidas en la presente orden.

«En todo caso, los incumplimientos individualizados de lo dispuesto en la presente orden, podr?n constituir?infracci?n administrativa?de conformidad con lo dispuesto en el Decreto- Ley 7/2020, de 23 de julio, por el que se establece el r?gimen sancionador espec?fico por el incumplimiento de las medidas de prevenci?n y contenci?n sanitarias para afrontar la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 en Castilla y León», contin?a el comunicado.

Las fuerzas y cuerpos de seguridad dar?n traslado de las denuncias que formulen por el incumplimiento de las medidas de prevenci?n a las autoridades competentes.

El seguimiento y control de las medidas adoptadas se desarrollar? en el marco del Plan Territorial de Protecci?n Civil de Castilla y León (Plancal), mientras que la vigilancia, inspecci?n y control del cumplimiento de las medidas corresponder? a las autoridades estatales, auton?micas y locales competentes, según el r?gimen de distribuci?n competencial previstos en la norma aplicable.

La orden, se trasladar? a la Delegaci?n del Gobierno, a los Ayuntamientos de Íscar y Pedrajas de San Esteban as? como a los ayuntamientos lim?trofes, a los efectos de recabar su cooperaci?n y colaboraci?n, en su caso, a trav?s de los cuerpos y fuerzas de seguridad y de la policía local, para el control y aplicaci?n de las medidas adoptadas.

Además, y de conformidad con lo previsto en el apartado 2 del art?culo 68 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administraci?n de Castila y León, se ha dado traslado a los Servicios Jur?dicos de la Comunidad de la presente Orden para que?soliciten la autorizaci?n judicial de las medidas previstas, situación que está en proceso.

Por Último, la orden?entrar? en vigor desde el mismo día de su publicaci?n en el Bolet?n Oficial de Castilla y León?(Bocyl) y mantendr? su eficacia durante 14 días naturales a contar desde su publicaci?n en el Bocyl, si bien podr? prorrogarse en funci?n de la evoluci?n de la situación epidemiol?gica.

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