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viernes, abril 19, 2024

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Nada de bailar en fase 3, las discotecas no podr?n abrir sus pistas de baile

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Redacción.-?Se introducen las siguientes modificaciones en la Orden SND/458/2020, de 30 de mayo, para la flexibilizaci?n de determinadas restricciones de ?mbito nacional establecidas tras la declaraci?n del estado de alarma en aplicaci?n de la fase 3 del Plan para la transici?n hacia una nueva normalidad:
Uno. Se modifica el apartado 1 y se a?ade un apartado 6 en el art?culo 18 con la siguiente redacci?n:
?1. Podr? procederse a la apertura al público de los establecimientos de hostelería y restauraci?n para consumo en el local siempre que no se supere el cincuenta por ciento de su aforo y se cumplan las condiciones previstas en este cap?tulo.?
?6. Podr? procederse a la reapertura al público de locales de discotecas y bares de ocio nocturno siempre que no se supere un tercio de su aforo y se cumplan las condiciones previstas en este cap?tulo. En todo caso, podr? procederse a la apertura al público de las terrazas al aire libre de estos establecimientos en las mismas condiciones y con los mismos requisitos previstos en los apartados 4 y 5.
Cuando existiera en el local un espacio destinado a pista de baile o similar, el mismo podr? ser utilizado para instalar mesas o agrupaciones de mesas, no pudiendo dedicarse dicho espacio a su uso habitual.?

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