La Audiencia condena a un ganadero por estafar a otro tras proponerle un negocio común

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Redacción.-

La Audiencia Provincial de Salamanca condena como autor responsable de un delito de estafa previsto y penado en los artículos 248 y 249 del Código Penal a la pena de 2 años de prisión, e inhabilitación del ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de
duración de la condena. Así como a que indemnice al perjudicado en la cantidad de
3.450,05 euros, más los intereses legalmente establecidos.

Se declara probado que el acusado mayor de edad y con antecedentes penales por delitos de estafa, según sentencia firme de 27 de abril del Juzgado de lo Penal de Zamora, con ánimo de obtener un beneficio injusto, propuso a ganadero de profesión, participar en un
negocio de compra-venta de canales de ganado vacuno, para cuya gestión
le entregó 3.000 € en efectivo el día 30 de noviembre de 2017, y a cambio de esta
cantidad se obligó a devolverle unos días más tarde la suma de 5.000 €
en concepto de beneficios.
Durante aproximadamente mes y medio el acusado continuó asegurando a
que le devolvería el dinero. Con este fin acompañaba a a sus negocios, en la esperanza de recibir el dinero efectivo que hubieran de pagar al acusado sus clientes, de suerte que incluso llegó a hacer una compra para él de 385,05 euros y 65,00 € en concepto de rabos de toro.

Ante la insistencia de el día 17 de enero de 2018 el acusado le entregó un
cheque por importe de 8000 €, pero resultó que la cuenta corriente contra la que se
giró dicho cheque tenía un saldo cero entre los días 1 y 18 de enero de 2018.
No ha quedado probado que se hayan cometido los hechos con abuso de las
relaciones personales existentes entre víctima y defraudador o aprovechándose
este de su credibilidad empresarial o profesional. reclama por las cantidades entregadas y no percibidas.