La licencia para construir 18 adosados en la urbanización «El Campo de Fútbol» de Matapozuelos es «ilegal»

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Javier Solana.– La licencia de construcción de 18 viviendas adosadas en la calle La Cobatilla, sobre las parcelas 53, 54, 55 y 56 de la Urbanización Campo de Fútbol es “ilegal”. Así lo asegura un informe del Servicio de Asesoramiento a Municipios de la Diputación Provincial de Valladolid, que califica, además, la infracción cometida por el otorgamiento de dicha licencia como “grave” o “muy grave”. Por otra parte, las anteriores titulares de Secretaría y Arquitectura no advirtieron de ilegalidad en sus informes al anterior teniente de alcalde y firmante de la resolución que lo autorizó. Además, el documento de la institución provincial emplaza al actual gobierno local a “destruir” la licencia.
El primer proyecto constructivo sobre dichas parcelas fue presentado por la sociedad promotora “Invercieza SL” en junio de 2005, si bien las parcelas pasaron a manos de Constructora Castellana Industrial S.A, en marzo de dicho año, decidiendo esta promotora modificar el proyecto básico que contemplaba la apertura de un nuevo vial público, por otro en el que dicho vial pasaba a tener carácter privado.
Estas “modificaciones” acarrearon como inmediata consecuencia que algunos de los propietarios de parcelas en la citada urbanización, algunas de las cuales fueron vendidas en su día por el propio Ayuntamiento,  hayan visto peligrar sus inversiones al no disponer las mismas de edificabilidad para construir sus viviendas, como consecuencia de la licencia concedida a “Constructora Castellana”, que casi agota la edificabilidad del conjunto de la urbanización.
Pese a todo, un decreto de Alcaldía, firmado el 8 de mayo de 2007 por el teniente de alcalde y concejal de Urbanismo, Jesús María García Pérez, autorizó dicha construcción. Si bien el informe de la anterior arquitecto municipal, María Dolores Manso Asensio, y de la anterior titular de la Secretaría General del Ayuntamiento, María Gracia Monzón Mayo, no ponían reparos de relieve a dicho otorgamiento de licencia, salvo la coletilla habitual de que dicho permiso constructivo “se concede sin perjuicio de terceros”. Algo imposible, al conceptuar el vial anteriormente aludido como privado, en detrimento de la realización de un “Estudio de Detalle” y la correspondiente parcelación de propiedades, que la  arquitecto había sugerido en su informe como mera alternativa.
Extrañeza de fechas y de formas administrativas
A todos los hechos anteriormente aludidos se añade el agravante de que un representante de Constructora Castellana retiró el proyecto básico de la promoción “propiedad de Invercieza”, el 28 de mayo de 2007, con el pretexto de “proceder a hacer una copia”. Dicha jornada, del 28 de mayo, fue la posterior a la celebración de las Elecciones Locales que acarrearon la pérdida de la Alcaldía de Antonio Méndez. Además, no figura en el documento aludido quién autorizó dicha retirada del proyecto de las dependencias municipales ni al parecer existe otro documento que certifique que el proyecto devuelto es el mismo que se retiró.
En lo que afecta al informe técnico de la Diputación, el mismo asegura que “las modificaciones de ordenación detallada sólo son posibles mediante un Plan Parcial que modifique el proyecto de actuación con la reparcelación y urbanización”. Un procedimiento infinitamente más costoso económicamente  que el “Estudio de Detalle” que ofrecía como mera alternativa la anterior arquitecto del Ayuntamiento de Matapozuelos.
Añade el informe de la Diputación -institución que tiene competencias tutelares en materia de urbanismo sobre los ayuntamientos de menos de 20.000 habitantes-, que para restaurar la legalidad “es necesario destruir la licencia que, aún viciada, constituye el soporte jurídico de una declaración de derechos”.
Para tal fin y a efectos de anular dichos derechos, el informe de la Diputación propone “suspender los efectos de la licencia” y dar traslado del acuerdo a los Tribunales de lo Contencioso Administrativo” o, en su defecto, que el Ayuntamiento revoque la misma previo dictamen del Consejo Consultivo de Castilla y León.
Responsabilidades personales de políticos y técnicos
Tras tildar el otorgamiento de licencia de una infracción urbanística “grave o muy grave”, el informe advierte que son responsables, además del alcalde que haya otorgado la licencia – en este caso el anterior teniente de alcalde al tener las competencias delegadas- y los miembros de la Corporación que hayan votado favorablemente dichos actos, cuando los informes técnicos previos no existan o sean desfavorables, o bien si dichos informes son favorables serán responsables los técnicos que los suscriban”.
Todo ello tendente a que los políticos o funcionarios participantes en esta presunta “irregularidad” administrativa, si se deriva algún tipo de indemnización a favor de la constructora, como consecuencia de la anulación de una licencia de construcción mal otorgada y en concepto de daños y perjuicios, respondan ellos, en primer término, con su patrimonio personal y, de forma subsidiaria, el propio Ayuntamiento si el capital de los responsables de la presunta orgía administrativa no alcanzase a cubrir las indemnizaciones a que hubiere lugar, tras el correspondiente Contencioso Administrativo y otros procedimientos judiciales que pudieran derivarse de los hechos relatados.
Si las nuevas Normas Subsidiarias de Urbanismo subsanaran dicha falta “grave”, el actual Gobierno Municipal podría incurrir en un presunto delito tipificado en el Código Penal
El informe emitido por la Diputación Provincial da por sentado que las obras de construcción de las viviendas adosadas ya ha comenzado. Un error de bulto, que permite a los autores del informe “recomendar”, además de la “destrucción” de la licencia constructiva, la restauración de la legalidad. Algo que, de haber comenzado dichas obras, el Ayuntamiento, en uso de sus competencias y posiblemente comprando terrenos anexos para disponer de más edificabilidad podría hacer, beneficiando así a Constructora Castellana, en concepto de resarcimiento de daños, sin perjudicar a los propietarios de otras parcelas, que ven peligrar la edificabilidad de sus futuras viviendas, aunque provocando un agravio comparativo.
Pero como las obras no han comenzado, el Ayuntamiento, que preside Conrado Iscar Ordóñez, que recientemente encargó la revisión de las Normas Subsidiarias del municipio, podría tener la veleidad de “tragar” con los hechos consumados. De ser así, los concejales que voten afirmativamente la aprobación de las nuevas Normas Subsidiarias, así como quienes informen favorablemente las mismas y quien tenga la responsabilidad de su aprobación definitiva cometerán presumiblemente un delito tipificado en el Código Penal, al otorgar carta de naturaleza a lo que es sólo un proyecto y no una construcción real. Simple y llanamente porque además de echar tierra obre una infracción urbanística grave, por no “destruir” una licencia de construcción ilegal, estarían ayudando al alumbramiento definitivo de un presunto “pelotazo”.