{"id":115940,"date":"2020-10-22T22:10:11","date_gmt":"2020-10-22T20:10:11","guid":{"rendered":"https:\/\/www.lavozdemedinadigital.com\/wordpress\/?p=115940"},"modified":"2020-10-22T22:10:11","modified_gmt":"2020-10-22T20:10:11","slug":"la-junta-propone-endurecer-las-medidas-y-pide-el-toque-de-queda","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.lavozdemedinadigital.com\/wordpress\/2020\/10\/la-junta-propone-endurecer-las-medidas-y-pide-el-toque-de-queda\/","title":{"rendered":"La Junta propone endurecer las medidas y pide el toque de queda"},"content":{"rendered":"<p><strong>Redacci\u00f3n.-<\/strong><\/p>\n<ul>\n<li>La consejera de Sanidad, Ver\u00f3nica Casado, reclama que la regulaci?n del toque de queda se defina cuanto antes<\/li>\n<li>El documento aprobado hoy por el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud establece nuevos niveles de alerta y tipos de riesgo<\/li>\n<\/ul>\n<p>La Junta de Castilla y Le\u00f3n propone intensificar y endurecer las medidas a adoptar de ahora en adelante para reducir los efectos de la pandemia ante la confirmaci?n de que la Comunidad se encuentra, de nuevo, en el nivel de transmisi?n comunitaria. Para ello tomar? como referencia el documento aprobado hoy en el seno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (CISNS), bajo la denominaci?n de Actuaciones de respuesta coordinada para el control de la transmisi?n de COVID-19, en el que se establecen diferentes actuaciones para dar una respuesta coordinada a distintos niveles de alerta, mediante un proceso de evaluaci?n del riesgo con base en un conjunto de indicadores epidemiol?gicos, de capacidad asistencial y de salud p\u00fablica.<\/p>\n<p>Este endurecimiento de las medidas se propone ante la posibilidad cierta de que la situaci\u00f3n empeore en las pr\u00f3ximas semanas, con la llegada del fr\u00edo, lo que supondr? el aumento de los ingresos hospitalarios y de las consultas en los centros de salud, con el consiguiente riesgo de que el sistema pueda colapsar. Por ello, la consejera de Sanidad, Ver\u00f3nica Casado, ha insistido en que hay que tomar decisiones urgentes tanto en el ?mbito sanitario ?reorganizaci?n y refuerzo- como en el no sanitario, que es donde se dirige el documento hoy aprobado en el CISNS.<\/p>\n<p>En este sentido, la consejera ha explicado que ?hasta el 11 de octubre consegu?amos tener una curva aplanada, pero a partir de ese d\u00eda se ha iniciado un estallido de casos que nos ha llevado a la transmisi?n comunitaria?.<\/p>\n<p>La titular de Sanidad ha asegurado que la medida m\u00e1s efectiva desde el inicio de la pandemia ha sido el confinamiento, ?pero ahora estamos en otro nivel que las medidas de mitigaci?n no arreglan, por lo que es necesario implementar otras m\u00e1s contundentes, como el toque de queda, decisi?n que tiene el respaldo de la Junta y que tiene que definirse cuanto antes?.<\/p>\n<p>En cuanto al documento aprobado hoy en el CISNS, sus objetivos son, en primer lugar, proponer criterios comunes con indicadores b?sicos que permitan realizar una evaluaci?n en cada territorio, dirigida a detectar niveles de riesgo para la poblaci\u00f3n. Y en segundo lugar, establecer unos niveles de alerta que determinen unas actuaciones proporcionales al nivel de riesgo de transmisi?n de SARS-CoV-2, adaptables seg\u00fan la situaci\u00f3n y el contexto de cada territorio. Estas actuaciones pretenden garantizar una coordinaci?n suficiente entre territorios sin que obste en ning?n caso a las comunidades aut?nomas a tomar las medidas complementarias que consideren adecuadas.<\/p>\n<p>As?, la nueva estrategia para enfrentarse a la pandemia indica que la evaluaci?n de riesgo debe considerar las caracter?sticas espec?ficas de la unidad territorial que se est\u00e1 evaluando: comunidad aut?noma, provincia, isla, municipio, departamento, ?rea de salud, zona b?sica de salud o equivalente, teniendo en cuenta la posible concurrencia de circunstancias espec?ficas.<\/p>\n<p>En dicha evaluaci?n se tendr?n en cuenta los indicadores relativos a la situaci\u00f3n epidemiol?gica, la capacidad asistencial y la capacidad de salud p\u00fablica, las caracter?sticas y vulnerabilidad de la poblaci\u00f3n susceptible expuesta y la posibilidad de adoptar medidas de prevenci?n y control.<\/p>\n<p>Una tabla define los indicadores principales para la evaluaci?n del riesgo y establece umbrales para determinar si el riesgo es bajo, medio, alto o extremo, teniendo en cuenta un dato relevante: ning?n indicador es capaz por s? s?lo de dar una visi?n completa de la situaci\u00f3n epidemiol?gica. Esta tabla establece dos grandes bloques: el 1, que define la evaluaci?n del nivel de transmisi?n (incidencia acumulada de casos diagnosticados, incidencia de casos de m\u00e1s de 65 a\u00f1os y m?s, positividad global de pruebas PDIA y porcentaje de casos con trazabilidad); y el bloque 2, que define el nivel de utilizaci?n de los servicios asistenciales por COVID-19 (ocupaci\u00f3n de camas de hospitalizaci?n y de camas de cuidados cr?ticos).<\/p>\n<p>Siguiendo el criterio, entre otros, del Centro Europeo para el Control de Enfermedades (ECDC), se ha establecido un umbral de incidencia acumulada en 14 d\u00edas de 25 casos por 100.000 habitantes para considerar que el riesgo comienza a incrementarse, y un l?mite superior de 150 para considerar que el riesgo es muy elevado. Para Espa\u00f1a\u00f1a se ha establecido un umbral adicional, una incidencia superior a 250 casos por 100.000, para se?alar situaciones de riesgo extremo en las que se precisen acciones adicionales si las implementadas con incidencias de m\u00e1s de 150 no lograran controlar la transmisi?n.<\/p>\n<p>Del mismo modo, en las recomendaciones del Centro Europeo se ha establecido en el 4 % el l?mite de positividad de las pruebas diagn?sticas a partir del cual el riesgo de transmisi?n se ve incrementado. En cuanto a la trazabilidad, la OMS ha publicado que al menos un 80 % de los casos deben estar correctamente trazados para alcanzar una situaci\u00f3n epidemiol?gica controlada.<\/p>\n<p>El documento t\u00e9cnico consensuado establece de todas maneras, con criterio de prudencia, que los umbrales deber?n ir ajust?ndose a medida que se disponga de mayor informaci\u00f3n sobre el comportamiento de cada indicador o se generen nuevas evidencias cient?ficas nacionales e internacionales.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s de los indicadores planteados, se establece que se har? una valoraci?n individualizada de la situaci\u00f3n del territorio evaluado y se tendr?n en cuenta otros posibles indicadores, incluidos los cualitativos. Para determinar el nivel de riesgo de un territorio, se se?ala que los indicadores deben interpretarse siempre de forma din?mica, y tanto la tendencia como la velocidad de cambio deben tener un peso espec?fico en esta valoraci?n.<\/p>\n<p>En aquellas situaciones en las que se tengan que valorar unidades territoriales de menos de 10.000 habitantes, se establece que se podr?n realizar agrupaciones en territorios como pueden ser ?reas de salud, gerencias de atenci?n integrada, comarcas, etc., para la evaluaci?n y toma de medidas conjuntas.<\/p>\n<p>Un aspecto relevante para el control de la pandemia en Castilla y Le\u00f3n es el referido a la valoraci?n de municipios o territorios peque?os, especialmente de menos de 5.000 habitantes. El acuerdo indica que debe hacerse siempre de forma muy local y basada en el contexto y la situaci\u00f3n de cada lugar. En este sentido, m\u00e1s que establecer niveles de riesgo, se deben adoptar medidas muy adaptadas y dirigidas a las caracter?sticas de la situaci\u00f3n epidemiol?gica y de riesgo en cada territorio.<\/p>\n<p>As?, en estos casos de territorios peque?os, adem\u00e1s de los indicadores generales, se tendr?n en cuenta los siguientes: el n\u00famero, la tendencia y la velocidad de cambio de los casos diagnosticados en los \u00daltimos 7 y 14 d\u00edas; la proporci?n de casos nuevos asociados a brotes; la tasa de ataque secundaria; y la existencia de puntos calientes (debido al n\u00famero de brotes, sus caracter?sticas y su situaci\u00f3n de control; a la afectaci?n de residencias socio-sanitarias o de poblaciones especialmente vulnerables).<\/p>\n<p><strong>Definici?n de los niveles de alerta<\/strong><\/p>\n<p>De todo lo anterior se concluye que la combinaci?n del resultado de los indicadores citados para la valoraci?n del riesgo posicionar? al territorio evaluado en un nivel de riesgo que se corresponde con cuatro niveles de alerta, distribuidos de la siguiente manera:<\/p>\n<ul>\n<li>Nivel de alerta 1: Cuando al menos dos indicadores del bloque I y uno del bloque II est\u00e1n en nivel bajo y el resto de indicadores en nivel de nueva normalidad.<\/li>\n<li>Nivel de alerta 2: Cuando al menos dos indicadores del bloque I y uno del bloque II est\u00e1n en nivel medio y el resto de indicadores en un nivel inferior.<\/li>\n<li>Nivel de alerta 3: Cuando al menos dos indicadores del bloque I y uno del bloque II est\u00e1n en nivel alto y el del resto de indicadores en un nivel inferior.<\/li>\n<li>Nivel de alerta 4: Cuando al menos dos indicadores del bloque I y uno del bloque II est\u00e1n en nivel extremo y el resto de indicadores en un nivel inferior.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Las comunidades aut?nomas, en coordinaci?n con el Ministerio, revisar?n de manera peri?dica la evoluci?n de los indicadores para valorar mantener o modificar el nivel de alerta. De forma general, el documento de consenso establece que se recomendar? incrementar el nivel de alerta cuando, tras considerar que la informaci\u00f3n est\u00e1 suficientemente consolidada, se cumplan las condiciones antes definidas. En sentido contrario, para considerar la reducci?n del nivel de alerta ser\u00e1 necesario que los indicadores permanezcan en un nivel de riesgo inferior durante un tiempo m?nimo de 14 d\u00edas.<\/p>\n<p><strong>Actuaciones de respuesta<\/strong><\/p>\n<p>En cada nivel de alerta se proponen unas actuaciones a instaurar en la unidad territorial evaluada, que han sido consensuadas a nivel t\u00e9cnico, teniendo en cuenta la experiencia adquirida en el curso de la pandemia a nivel nacional y la evidencia obtenida a partir de los resultados de estudios internacionales en los diferentes pa?ses donde se han implementado.<\/p>\n<p>Seg?n los datos disponibles en Espa\u00f1a\u00f1a sobre los principales ?mbitos de transmisi?n de los brotes, casi una tercera parte de estos se producen en el ?mbito social, sobre todo en reuniones de familiares y amigos no convivientes, y en menor medida, en el ?mbito laboral, principalmente en lugares cerrados, como puede ser en domicilios o espacios interiores, en muchos casos mal ventilados, donde se habla en voz alta, se canta y no se hace buen uso de la mascarilla o se realizan actividades donde es incompatible su uso continuo, como comer, beber o hacer actividad f?sica. En este sentido, se consideran eficaces la limitaci?n del n\u00famero de personas no convivientes en las reuniones, sobre todo en interiores, la recomendaci?n de relacionarse en burbujas sociales estructuradas en grupos de convivencia estable (GCE), y la recomendaci?n de permanecer en el domicilio (#Qu?date en casa).<\/p>\n<p>Ante esta evidencia se recomienda promover todas aquellas actividades que se puedan realizar al aire libre donde la reducci?n de aforos no tiene que ser tan estricta, promover el cierre o la reducci?n de aforos de los establecimientos en los que no se pueda garantizar una adecuada ventilaci?n y un cumplimiento de las medidas de prevenci?n e higiene.<\/p>\n<p>La implementaci?n de este tipo de medidas y el desarrollo de capacidades asistenciales y de salud p\u00fablica se han demostrado eficaces para controlar la epidemia, aunque ninguna de ellas consiga reducir el riesgo por completo.<\/p>\n<p>Seg?n el texto aprobado, la implantaci?n de estas medidas para reducir la propagaci?n de la enfermedad debe llevar impl?cita una valoraci?n del impacto de las mismas sobre la salud y el bienestar de la poblaci\u00f3n, la sociedad y la econom?a. Hay que tener en cuenta que las medidas de confinamiento individual estricto por un largo periodo de tiempo, aunque han demostrado un alto impacto en la reducci?n de la transmisi?n del virus y en la reducci?n de las muertes por COVID-19, han tenido grandes efectos sobre el bienestar f?sico y emocional de las personas debido al aislamiento social, adem\u00e1s de los problemas derivados del impacto en la econom?a. En cambio, periodos de cierre m\u00e1s reducidos o parciales han demostrado tambi?n su utilidad en la reducci?n de la transmisi?n del virus, con un impacto mucho menor en el bienestar de las personas, tanto adultas como en edad infantil.<\/p>\n<p>La decisi?n sobre qu? medidas y cu?ndo aplicarlas ser\u00e1 tomada por las comunidades aut?nomas y se pondr? en conocimiento del Ministerio de Sanidad antes de su implantaci?n.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, las comunidades aut?nomas, en coordinaci?n con el Ministerio, revisar?n de manera peri?dica la situaci\u00f3n epidemiol?gica para valorar, mantener o modificar el nivel de alerta y las medidas aplicadas. Y cada comunidad aut?noma deber? vigilar con especial atenci?n los indicadores de sus territorios en entornos de especial vulnerabilidad, como los sociosanitarios, y fortalecer las capacidades de respuesta en la zona afectada, incluyendo protocolos de vigilancia y de atenci?n en estos ?mbitos.<\/p>\n<p>Los establecimientos y servicios que la autoridad sanitaria considere esenciales permanecer?n abiertos u operativos en todos los niveles de alerta.<\/p>\n<p>En todos los niveles se recomiendan medidas comunes: actividades dirigidas al fortalecimiento de capacidades ajustadas a las necesidades de cada momento para asegurar una adecuada vigilancia, control y seguimiento de los casos y contactos; garantizar el adecuado aislamiento de los casos y cuarentena de contactos incluyendo los recursos sociales necesarios y la disponibilidad de plazas en lugares habilitados al efecto; valorar procedimientos que permitan la reubicaci?n y reasignaci?n de tareas profesionales del personal; actividades dirigidas al fortalecimiento de capacidades asistenciales en atenci?n primaria y atenci?n hospitalaria; y garantizar la revisi?n y actualizaci?n de la operatividad de los planes de contingencia ante incrementos r?pidos de casos.<\/p>\n<p>Tambi?n se recuerda la prohibici?n de fumar en terrazas y en la v\u00eda p\u00fablica si no se garantiza una distancia de seguridad (tampoco comer y beber en espacios p\u00fablicos sin dicha distancia y fuera del GCE); descargar la app RADAR COVID; fomentar el teletrabajo al m?ximo; aumentar frecuencia de horarios en transporte p\u00fablico; limitar salidas de residentes en centros sociosanitarios; cierre de discotecas o locales de ocio nocturno; mantener operativos los servicios de recogida y env?o a domicilio operativos; seguir protocolos del CSD en actividad f?sica o deporte en grupos tanto profesionales como no profesionales.<\/p>\n<p><strong>Actuaciones por niveles<\/strong><\/p>\n<p>En la extensa tabla que recoge las actuaciones de respuesta propuestas seg\u00fan los distintos niveles de alerta, que siempre deben incluir y reforzar las ya indicadas en el Real Decreto-ley 21\/2020, y en la normativa auton?mica de desarrollo, el Nivel 1 recomienda burbujas sociales con reuniones hasta un m?ximo de 15 personas salvo para los grupos de convivencia estable antes citados, 10 en el Nivel 2 (con recomendaci?n de permanecer en el domicilio) y 6 en el Nivel 3 (con l?mite de horarios de apertura al p\u00fablico hasta las 22.00 horas en servicios no esenciales).<\/p>\n<p>Sobre movilidad, recomienda la limitaci?n de los viajes no esenciales (igual en el Nivel 2) fuera de la unidad territorial evaluada. En el nivel de alerta 3 se recomienda salir del domicilio s?lo lo necesario, evitando espacios cerrados y acudiendo al trabajo de manera excepcional (teletrabajo).<\/p>\n<p>En ceremonias tipo velatorios, entierros o bodas, el nivel 1 limita aforo a un m?ximo de 50 personas en espacios cerrados, sin l?mite al aire libre cuando se garantice distancia de seguridad. El nivel 2 lo baja a 30 personas y el nivel 3 a 10, o 20 en espacios abiertos.<\/p>\n<p>En centros sociosanitarios, de d\u00eda o de personas con discapacidad, se limitar?n en todos los niveles las salidas de residentes y las visitas.<\/p>\n<p>En el interior de bares o restaurantes se limita el aforo al 75 % con un m?ximo de 10 personas por mesa en nivel 1. En nivel 2 se baja al 50 % de aforo o m?ximo 6 personas, sin consumo en barra; y en el nivel 3 se valorar? el cierre del interior de los establecimientos, permitiendo servicio de recogida en local o a domicilio.<\/p>\n<p>En el exterior, grupos de clientes sentados y separados con m?ximo de 15 personas en nivel 1, de 10 en el nivel 2 y de 6 en el nivel 3, que establece el cierre a las 23.00 horas.<\/p>\n<p>En instalaciones deportivas cerradas no reguladas por el CSD se aplican restricciones similares a bares en niveles 1 y 2 en cuanto a n\u00famero de personas, con un tercio de aforo en nivel 3.<\/p>\n<p>En locales comerciales y mercadillos, el nivel 1 establece aforos del 75 %; el nivel 2, del 50 % en locales y 75 % en mercados si es al aire libre; y el nivel 3, de un tercio para locales y 50 % mercadillos.<\/p>\n<p>En actividades de riesgo bajo, como parques o actividad f?sica individual, se permite en todos los niveles de alerta que permanezcan abiertos con las medidas habituales de higiene y distancia, recomendando cierre nocturno donde se pueda hacer.<\/p>\n<p>Por \u00daltimo, en los centros educativos ser\u00e1 de aplicaci?n la gu?a de Medidas de Prevenci?n, Higiene y Promoci\u00f3n de la Salud frente a la COVID-19 para centros educativos en el curso 2020-2021, as? como las recomendaciones referidas a la comunidad universitaria para el curso 2020-2021 y a los centros educativos en cuyas instalaciones se desarrollan pr?cticas en ense?anzas de Formaci?n Profesional.<\/p>\n<p>El nivel de alerta 4, adem\u00e1s de las actuaciones del nivel 3, supondr? la adopci?n de medidas excepcionales que podr?n incluir restricciones adicionales. En el caso de que su adopci?n requiriera de la activaci?n del mecanismo previsto en el art?culo cuarto de la Ley Org\u00fanica 4\/1981, de 1 de junio, de los estados de alarma, excepci?n y sitio, el presidente de la comunidad aut?noma solicitar? al Gobierno la declaraci?n de estado de alarma, con arreglo a lo previsto en el art?culo quinto de dicha Ley Org\u00fanica.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Redacci\u00f3n.- La consejera de Sanidad, Ver\u00f3nica Casado, reclama que la regulaci?n del toque de queda se defina cuanto antes El documento aprobado hoy por el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud establece nuevos niveles de alerta y tipos de riesgo La Junta de Castilla y Le\u00f3n propone intensificar y endurecer las medidas a adoptar [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":10,"featured_media":91021,"comment_status":"open","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":"","jetpack_publicize_message":"","jetpack_publicize_feature_enabled":true,"jetpack_social_post_already_shared":true,"jetpack_social_options":{"image_generator_settings":{"template":"highway","default_image_id":0,"font":"","enabled":false},"version":2},"jetpack_post_was_ever_published":false},"categories":[36],"tags":[328,11461,12,11453],"class_list":["post-115940","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","category-castilla-y-leon","tag-castilla-y-leon","tag-covid-segunda-oleada","tag-medina-del-campo","tag-toque-de-queda"],"jetpack_publicize_connections":[],"jetpack_featured_media_url":"https:\/\/www.lavozdemedinadigital.com\/wordpress\/wp-content\/uploads\/2020\/03\/EjercitoMedina.jpg","_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.lavozdemedinadigital.com\/wordpress\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/115940","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.lavozdemedinadigital.com\/wordpress\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.lavozdemedinadigital.com\/wordpress\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.lavozdemedinadigital.com\/wordpress\/wp-json\/wp\/v2\/users\/10"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.lavozdemedinadigital.com\/wordpress\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=115940"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.lavozdemedinadigital.com\/wordpress\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/115940\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.lavozdemedinadigital.com\/wordpress\/wp-json\/wp\/v2\/media\/91021"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.lavozdemedinadigital.com\/wordpress\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=115940"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.lavozdemedinadigital.com\/wordpress\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=115940"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.lavozdemedinadigital.com\/wordpress\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=115940"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}