{"id":113697,"date":"2020-09-28T23:55:00","date_gmt":"2020-09-28T21:55:00","guid":{"rendered":"https:\/\/www.lavozdemedinadigital.com\/wordpress\/?p=113697"},"modified":"2020-09-28T23:55:00","modified_gmt":"2020-09-28T21:55:00","slug":"medina-sera-confinada-el-miercoles-30-de-septiembre","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.lavozdemedinadigital.com\/wordpress\/2020\/09\/medina-sera-confinada-el-miercoles-30-de-septiembre\/","title":{"rendered":"Medina ser\u00e1 confinada el mi\u00e9rcoles 30 de septiembre"},"content":{"rendered":"<p><strong>Redacci\u00f3n.-<\/strong><\/p>\n<p>La situaci\u00f3n ha sido notificada? al alcalde de Medina del Campo, Guzm\u00e1n G\u00f3mez, en la reuni\u00f3n mantenida esta tarde con los responsables de Consejer\u00eda de Sanidad.<\/p>\n<p>La Junta de Castilla y Le\u00f3n publicar? ma\u00f1ana en el BOCyL una Orden de la Consejer\u00eda de Sanidad por las que se adoptan medidas de prevenci?n sanitaria para la contenci?n de la pandemia de la COVID-19 en Medina del Campo.<\/p>\n<p>Estas actuaciones entrar?n en vigor al d\u00eda siguiente de su publicaci?n, es decir, a partir de las 00 h del mi\u00e9rcoles 30 de septiembre y su duraci?n se prev? que, inicialmente, se extienda durante catorce d\u00edas, plazo que podr? prorrogarse en funci?n de la evoluci?n de la situaci\u00f3n epidemiol?gica.<\/p>\n<ul>\n<li>Se restringe la libre entrada y salida de personas del municipio de Medina del Campo, salvo aquellos desplazamientos, adecuadamente justificados, que se produzcan por alguno de los siguientes motivos: asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios; asistencia a la actividad lectiva presencial de los centros docentes que imparten las ense?anzas del art?culo 3 de la <em>Ley Org\u00fanica 2\/2006, de 3 de mayo, de Educaci\u00f3n<\/em>; cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales o empresariales; retorno al lugar de residencia habitual; asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables; por causa de fuerza mayor o situaci\u00f3n de necesidad; y por cualquier otra actividad de an?loga naturaleza.<\/li>\n<li>La circulaci?n por carretera y viales que transcurran o atraviesen estos municipios estar? permitida, siempre y cuando tengan origen y destino fuera.<\/li>\n<li>Se permite la circulaci?n de personas residentes, si bien se desaconseja los desplazamientos y realizaci\u00f3n de actividades no imprescindibles.<\/li>\n<li>Se suspenden las visitas en los centros residenciales de personas mayores, salvo circunstancias individuales en las que sean de aplicaci?n medidas adicionales de cuidados y humanizaci?n, que adoptar? la direcci?n del centro. Asimismo, se suspenden las salidas de los residentes al exterior.<\/li>\n<li>La participaci?n en cualquier agrupaci?n o reuni\u00f3n de car?cter privado o no regulado en dicho municipio se limitar? a un n\u00famero m?ximo de diez personas, tenga lugar tanto en espacios p\u00fablicos como privados, excepto en el caso de personas convivientes.<\/li>\n<li>En los establecimientos de hosteler\u00eda y restauraci?n y sociedades gastron?micas, se deber?n observar las siguientes medidas: el consumo en el interior de bares y cafeter?as deber? realizarse sentado en mesa; en los restaurantes y sociedades gastron?micas est\u00e1 prohibido el consumo en la barra y en la zona de cafeter?a o bar; en todo caso, tanto en el interior de los locales como en las terrazas al aire libre, deber? garantizarse una distancia m\u00ednima entre mesas o agrupaciones de mesas de 1,5 metros, con un m?ximo de seis personas por mesa o agrupaci?n de ellas; en todos los establecimientos de hosteler\u00eda y restauraci?n y sociedades gastron?micas, as? como en terrazas al aire libre, no se permite el consumo de pie; y se extremar? el uso obligatorio de mascarilla y la distancia interpersonal. Estas mismas medidas se aplicar?n a todo establecimiento, actividad, instalaci?n o terraza en el que se preste alg?n tipo de servicio de hosteler\u00eda o restauraci?n en todo el municipio mirand?s.<\/li>\n<li>La celebraci?n de eventos deportivos, entrenamientos y competiciones deportivas en instalaciones deportivas o en la v\u00eda p\u00fablica podr? desarrollarse con p\u00fablico, con un l?mite de 25 personas para lugares cerrados y de 50 personas trat?ndose de actividades al aire libre.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Todos los ciudadanos han de colaborar activamente en el cumplimiento de estos preceptos, de manera que su incumplimiento individualizado podr? constituir infracci?n administrativa sancionable seg\u00fan establece el?<em>Decreto-ley 7\/2020, por el que se establece el r?gimen sancionador espec?fico por el incumplimiento de las medidas de prevenci?n y contenci?n para afrontar la crisis sanitaria por la pandemia de la COVID-19 en Castilla y Le\u00f3n<\/em>.<\/p>\n<p>La vigilancia, inspecci?n y control del cumplimiento de estas medidas de contenci?n corresponde a las autoridades estatales, auton?micas y locales seg\u00fan el r?gimen competencial aplicable; todas las administraciones colaboran para la resoluci?n en el menor plazo posible de esta situaci\u00f3n epidemiol?gica y la reversi?n de las medidas adoptadas.<\/p>\n<p>No obstante y ante las actuales circunstancias, es imprescindible el compromiso individual para cumplir con las medidas b?sicas para la prevenci?n de la COVID-19 (lavado frecuente de manos, distanciamiento f?sico interpersonal y uso obligatorio de mascarillas) e imperiosa la necesidad del cumplimiento social en lo referido a las obligaciones m\u00e1s espec?ficas que se recogen en el?<em>Plan de medidas de prevenci?n y control para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la pandemia de la COVID-19 en Castilla y Le\u00f3n<\/em>.<\/p>\n<p>Es necesario apelar a responsabilidad ciudadana para con el cumplimiento de estas medidas y de cualquier otras obligaciones al respecto, por cuanto son fundamentales para evitar la transmisi?n comunitaria, insistiendo en que todos y cada uno de los ciudadanos ha de extremar la observancia de las medidas individuales y colectivas para frenar m\u00e1s contagios por SARS-CoV-2.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Redacci\u00f3n.- La situaci\u00f3n ha sido notificada? al alcalde de Medina del Campo, Guzm\u00e1n G\u00f3mez, en la reuni\u00f3n mantenida esta tarde con los responsables de Consejer\u00eda de Sanidad. 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