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miércoles, abril 24, 2024

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Medina del Campo recibirá cerca de 150.000 euros como ingresos impositivos propios de la Comunidad

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Redacción.-

Este fondo está dotado con más de 15 millones de euros y tiene carácter incondicionado, por lo que los municipios y provincias pueden utilizarlo libremente para la financiación de gastos por operaciones corrientes, de capital o financieras.

El Consejo de Gobierno ha aprobado esta mañana la propuesta de la Consejería de la Presidencia por la que se determina la cuantía que corresponde a cada entidad local en la financiación local vinculada a ingresos impositivos propios de la Comunidad para el año 2021.

Esta financiación se lleva a cabo mediante el Fondo de participación en los impuestos propios de la Comunidad de Castilla y León y se dota cada año con una cantidad equivalente al 20 % de la recaudación de los impuestos propios del último ejercicio cerrado a la fecha de elaboración de los presupuestos de la Comunidad Autónoma. Por otro lado, la distribución para cada entidad local se efectúa conforme a los criterios fijados por la Orden PRE/88/2015, de 13 de febrero, que son: para los municipios mayores de 20.000: término fijo y la población; para los municipios menores de 20.000: término fijo, la población, la población mayor de 65 años, la carga de competencias propias y obligatorias, el número de entidades locales menores; y para las provincias: término fijo, la población, la superficie, el número de municipios, el número de núcleos, la inversa de la renta per cápita, la inversa de los ingresos per cápita.

En el año 2021 este fondo está dotado con 15.203.979 euros y tiene carácter incondicionado, lo que significa que los municipios y provincias pueden utilizar libremente la cuantía que les corresponda para la financiación de gastos por operaciones corrientes, de capital o financieras.

En cuanto a la gestión del fondo, las transferencias de las cuantías se librarán directamente por la Consejería de la Presidencia mediante dos sistemas: de una sola vez en el primer cuatrimestre del año para los municipios con población igual o inferior a 1.000 habitantes; por terceras partes antes de finalizar cada cuatrimestre, para las provincias y resto de los municipios.

 

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