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viernes, abril 19, 2024

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Castilla y León comunica 1.752 nuevos casos por Covid-19 y ocho fallecidos en hospitales

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Redacción.-

Castilla y León registra hoy 1.752 nuevos casos de la enfermedad COVID-19, con lo que su número actual acumulado es 148.428; de esa cifra, 141.633 han dado positivo mediante pruebas de infecci?n activa?(*).

Todos los nuevos positivos se han declarado atendiendo a la definici?n de caso confirmado de infecci?n por SARS-CoV-2 adoptada por la Autoridad sanitaria nacional en la?Estrategia de Vigilancia, Diagn?stico y Control en la Fase de Transición de la Pandemia de la COVID-19; de los 1.752 nuevos casos notificados hoy al C.C.A.E.S. de acuerdo con el criterio epidemiol?gico del Ministerio de Sanidad, 1.655 tienen diagn?stico el día previo.

Los brotes activos?(**)?actualmente en el conjunto de la Comunidad son 554 y los casos positivos a ellos vinculados, 3.506.

Desde la anterior comunicaci?n se han registrado 61 altas de pacientes, 20.181 acumulados y ocho fallecimientos en el ?mbito asistencial hospitalario de Castilla y León, lo que suma 4.289 defunciones.

 

La Junta de Castilla y León insiste en la responsabilidad individual y colectiva de los ciudadanos, cumpliendo con las medidas preventivas de uso obligatorio de la mascarilla, la distancia interpersonal y la higiene de manos, as? como aquellas otras de ?mbito sectorial definidas en la normativa vigente.

Asimismo se recuerda a la ciudadan?a, con car?cter general, la necesidad de limitar los encuentros sociales fuera del entorno de convivencia estable.

La Comunidad de Castilla y León mantiene, en el marco temporal establecido por el?Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el Estado de Alarma para contener la propagaci?n de infecciones causadas por el SARS-CoV-2, su cierre perimetral, en las condiciones y con las excepciones establecidas en los correspondientes Acuerdos de la Presidencia de la Junta; tambi?n contin?a la reducci?n, con car?cter general, a un m?ximo de seis personas de las agrupaciones en espacios públicos y privados; y el toque de queda, de diez de la noche a seis de las mañana, circunstancia que supone la limitaci?n parcial y temporal de la libertad de circulaci?n de las personas en la Comunidad castellana y leonesa, por motivos muy graves de salud pública durante ese horario.

En lo referido al nivel de alarma sanitaria por la COVID-19 todas las provincias de Castilla y León están actualmente en nivel 4 y, en el caso de ?vila, Palencia y Segovia, con medidas excepcionales de reforzamiento frente a la pandemia (?Declaraci?n del nivel 4 de alerta sanitaria en Castilla y León y medidas excepcionales en ?vila, Palencia y Segovia?).

No obstante, tras el pertinente acuerdo hoy del Consejo de Gobierno auton?mico, la previsi?n es que esas medidas extraordinarias sean de aplicaci?n en todo el territorio de Castilla y León desde las 00 h de mañana, 13 de diciembre de 2021 y por un período inicialmente establecido en catorce días (hasta las 23,59 h del 26 de enero pr?ximo)

Además de este r?gimen agravado siguen vigente las medidas preventivas ordinarias más concretas y sectoriales recogidas en el?Acuerdo 76/2020, de 3 de noviembre, de la Junta de Castilla y León, por el que se establecen niveles de alerta sanitaria y se aprueba el Plan de medidas de prevenci?n y control para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19?en la Comunidad de Castilla y León (?Acuerdo 76/2020?)

Desde la Autoridad sanitaria auton?mica se reitera la importancia de cumplir tambi?n con todas las medidas de car?cter general actualmente en vigor y que hacen menci?n a aspectos preventivos individuales y colectivos, tales como el uso obligatorio de la mascarilla, el lavado de manos, la distancia de seguridad interpersonal, etc., as? como aquellas otras de car?cter sectorial.

S?lo a trav?s de la corresponsabilidad, la solidaridad y la colaboraci?n ciudadana y con el esfuerzo y el compromiso de los profesionales sanitarios, la pandemia por la COVID-19 podr? ser superada, siendo para ello fundamental cumplir las recomendaciones sociales y sanitarias de autoridades nacionales, auton?micas, provinciales y locales.

(**) Se considera brote cualquier agrupaci?n de tres o más casos con infecci?n activa en los que se ha establecido un v?nculo epidemiol?gico y, en el caso de residencias de personas mayores u otros centros socio sanitarios, con uno o más casos. Un brote activo se define como aquel que haya tenido alg?n caso en los Últimos catorce días, teniendo en cuenta la fecha de inicio de s?ntomas o la de diagn?stico, si la de los s?ntomas no está disponible.

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