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jueves, marzo 28, 2024

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La Junta aprueba el Proyecto de Decreto por el que se regula el reconocimiento de la condici?n de familia monoparental y los requisitos

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Redacción.- Esta norma se ha elaborado en desarrollo de la Ley de Apoyo a las Familias de la Comunidad de Castilla y León de 2007, que considera como familias monoparentales las unidades familiares con hijos menores de edad o mayores en situación de dependencia que se encuentren a cargo de un único responsable familiar.

El proyecto de decreto desarrolla el concepto de familia monoparental aclarando qu? se considera por? ?único responsable familiar?:

  • Persona inscrita? en el registro civil como única progenitora, c?nyuge o progenitor superviviente de los hijos habidos en com?n.
  • Persona que tenga a su cargo en exclusiva la tutela o el acogimiento por más de un año de otras personas menores con las que forma un n?cleo estable de convivencia y las personas mayores de edad que hayan estado en acogida permanente con anterioridad.
  • Persona que tenga en exclusiva la patria potestad de sus hijos.
  • Mujer que acredite la condici?n de víctima de violencia de g?nero.
  • Persona que tenga reconocida la condici?n de víctima de terrorismo.
  • Persona que tenga la guarda y custodia exclusiva de sus hijos y no haya percibido la pensi?n por los alimentos establecida judicialmente o por convenio durante seis meses consecutivos o doce meses alternos.
  • Familia formada por dos progenitores cuando uno de ellos tiene un grado de discapacidad igual o superior al 65 %, un grado 3 de dependencia, una incapacidad permanente absoluta o una gran invalidez.

El proyecto de Decreto distingue dos categor?as de familia monoparental: la general, formada por un único responsable familiar y un hijo; y la especial, formada por el resto.

La norma, asimismo, establece los requisitos para adquirir el t?tulo de Familia Monoparental, que tendr? una vigencia de dos años con posibilidad de renovaci?n siempre que se mantengan dichos requisitos.

Las familias que obtengan dicho t?tulo tendr?n derecho a una serie de ventajas y beneficios en funci?n de sus caracter?sticas y categor?as que se promover?n por la Junta de Castilla y León dentro de sus propias Consejerías, en otras administraciones e instituciones públicas o en el ?mbito de las empresas privadas.

Beneficios para las familias monoparentales

El t?tulo de familia monoparental en Castilla y León incluye algunas ventajas, entre las que destaca:

  • Proceso de admisi?n al primer ciclo de Educación Infantil en Escuelas infantiles de titularidad de la Comunidad de Castilla y León: la condici?n de familia monoparental tiene mayor puntuaci?n en el baremo de admisi?n y los hijos de familias monoparentales están exentos del pago de la cuota que pudiera corresponderle, siempre que su renta per c?pita mensual no supere los 320 euros.
  • Subvenciones destinadas a la conciliaci?n de la vida personal, familiar y laboral (reducci?n de jornada y excedencia por cuidado de hijos, ayudas centros infantiles 0-3 años): el hecho de ser familia monoparental está valorado con mayor puntuaci?n.
  • Programa Conciliamos: se prioriza a las familias monoparentales.
  • Renta Garantizada de Ciudadan?a: las familias monoparentales se consideran unidad familiar independiente cuando conviva con otra unidad familiar en el mismo domicilio, con lo que ello conlleva de ventaja a la hora de computar la renta de las familias. En la actualidad, en torno al 20 % de los titulares de RGC son monoparentales.
  • Ayudas de emergencia: las familias monoparentales se consideran, asimismo, unidad familiar independiente cuando conviva con otra unidad familiar en el mismo domicilio, con lo que ello conlleva de ventaja a la hora de computar la renta de las familias. En la actualidad, en torno al 18 % de los titulares de ayudas de emergencia son monoparentales.
  • Ayuda a Domicilio: tambi?n se tiene en cuenta esta circunstancia cuando hay menores de edad, otorgando más puntos a? aquellas familias que no pueden garantizarles cuidados.
  • Madrugadores y Tardes en el Cole: en los supuestos de bonificaci?n/exenci?n se contemplan dos casos para familias monoparentales: Familias monoparentales con 2 hijos usuarios del programa: exentas del pago del precio por el segundo hijo y bonificaci?n del 50 % en el pago del precio por el primer hijo; y Familias monoparentales con 1 solo hijo usuario del programa: bonificaci?n del 50 % en el pago del precio.
  • Comedor escolar: las familias monoparentales son beneficiarias del sistema de ayudas de la Consejería de Educación en funci?n de la renta y de la condici?n de monoparentalidad.

De los 102.400 hogares monoparentales en Castilla y León, en 79.900 familias la progenitora es una mujer, frente a los 22.500 que son hombres, según los datos publicados por el INE en 2019.

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