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sábado, abril 20, 2024

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El Juzgado deniega las medidas cautelares solicitadas por AECC

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14Redacción.-

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJCyL deniega la medida cautelar solicitada con car?cter urgente por la Asociación Españañola de Centros y Parques Comerciales (AECC) respecto al cierre de los establecimientos comerciales de menos de 2.500 metros de superficie destinada al público localizados en un centro comercial que no tengan con acceso directo e independiente desde el exterior. ?

La Sala entiende que,?a la vista de los intereses en conflicto, ?debe?prevalecer el tutelado por el Acuerdo impugnado (la protecci?n de la salud de las personas)?frente al que reclaman los recurrentes que no justifica en modo alguno la adopci?n de la?medida cautelar y menos sin o?r a la parte contraria?.

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