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jueves, abril 25, 2024

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El TSJ rechaza el recurso de s?plica presentado por CESM Castilla y León por la inadmisi?n de su querella contra la consejera de Sanidad

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Redacción.-

La Sala de lo Civil y lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ratifica en un nuevo Auto la inexistencia de delito contra la seguridad de los trabajadores en el ejercicio de su cargo, en relaci?n con la provisi?n de equipos de protecci?n individual frente a la COVID-19.

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, a trav?s de Auto dictado por la Sala de lo Civil y lo Penal de ese ?rgano judicial, ha acordado la inadmisi?n del recurso de s?plica presentado por la Confederaci?n Estatal de Sindicatos M?dicos en la Comunidad, referido asimismo al Auto de ese tribunal por el que se rechazaba la comisi?n de delito contra la seguridad de los trabajadores por parte de la consejera de Sanidad de la Junta de Castilla y León, Verónica Casado, en el ejercicio de las funciones de su cargo.

El TSJ?reitera la inadmisi?n??limine litis?, es decir, desde el momento mismo de ser presentada, por no ajustarse a las reglas o requerimientos del procedimiento legalmente establecido, ya que, tal y como indica en su decisi?n,???los hechos en que se fundan las imputaciones de los delitos que se acusa a la consejera querellada no alcanzan a llenar las exigencias de ning?n tipo penal, tal como ha quedado argumentado en la resoluci?n impugnada y siendo ?stos los que han de motivar la admisi?n de la querella y la incoaci?n del procedimiento, necesariamente ha de concluirse la imposibilidad de iniciar una investigaci?n criminal??.

Incluso,?en su sentencia, los magistrados de la Sala, ante las decisiones adoptadas por la Consejería de Sanidad en las que el demandante justifica ahora la presentaci?n del recurso de s?plica, indican que??? no s?lo no infringe la normativa en materia de seguridad laboral sino que aparece como la más acorde, dadas las circunstancias, con el deber de protecci?n de la salud e integridad del personal sanitario, por la elemental conclusi?n, como dice el Fiscal en su informe, de que, si se privaban totalmente de las mascarillas a los sanitarios, entonces s? que carecer?an de protecci?n y estar?a expuestos al contagio de la COVID-19, sensatez que contrasta con el empecinamiento del querellante en mantener su pretendida defensa del inter?s de dicho personal por una vía, la criminal, consciente de su inviabilidad a la vista del material probatorio por el mismo aportado?.

De esta forma, el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León decide la no estimaci?n de la s?plica presentada por CESMCyL contra el anterior Auto de fecha de 3 de junio, en sentencia contra la que no cabe recurso.

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