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jueves, abril 25, 2024

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Sanidad publica la norma que regula la exención del uso obligatorio de mascarilla en Castilla y León

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Redacción.- La normativa establece que las causas para no tener que llevar mascarilla deben estar relacionadas con una enfermedad o dificultad respiratoria, o las alteraciones de conducta a que se refiere el artículo 6.2 del Real Decreto Ley 21/2020, de 9 de junio, de Medidas Urgentes de Prevención, Contención y Coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

Así, la Orden establece que no se requerirá ningún justificante médico, siendo suficiente una declaración responsable firmada por la propia persona que presenta la causa de exención o por sus tutores legales.

Como se sabe, entre las diferentes medidas adoptadas por la Consejería de Sanidad en materia de prevención y control para reducir el riesgo de transmisión comunitaria de la COVID-19, a través del Acuerdo 35/2020, de 16 de julio, se incorporó la obligación general de usar de mascarilla en la vía pública, en los espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o abierto al público.

No obstante, se establecieron una serie de excepciones a la obligación de usar mascarillas, en particular, las personas que presenten algún tipo de enfermedad o dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de la mascarilla o que, por su situación de discapacidad o dependencia, no dispongan de autonomía para quitarse la mascarilla, o bien presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización.

Pues bien, con el fin de que estas personas puedan acreditar ante los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad una especial situación que las exime del uso de mascarilla sin necesidad de recabar justificante o informe médico, será suficiente a partir de ahora una declaración responsable -con el modelo antes citado- firmada por la propia persona que presenta la causa de exención o por sus tutores legales. Hay que recalcar e insistir que disponer de este documento no liberará de las responsabilidades que pudieran exigirse por la inexactitud o falsedad de la declaración.

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