6.6 C
Medina del Campo
jueves, abril 25, 2024

Accede a la edición impresa de La VOZ

La Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades convoca una l?nea de ayudas para paliar los gastos provocados por la COVID-19 en residencias y centros de discapacidad

-

- Advertisement -

Redacción.- La Junta de Castilla y León, para hacer frente a los efectos de la crisis provocada por el COVID-19, aprob? el pasado 18 de junio el Decreto Ley de medidas extraordinarias para la atenci?n social centros residenciales de personas mayores y de personas con discapacidad en Castilla y León, con el objetivo de garantizar la protecci?n de usuarios y profesionales ante situaciones excepcionales de salud pública declaradas oficialmente. Un Decreto Ley en el que se establece como medida dirigida a la previsi?n de futuros rebrotes de la pandemia del coronavirus o ante la aparici?n de otras crisis de ese tipo, la obligaci?n de disponer en los centros de existencias de equipos de protecci?n individual (EPIs), según se determine en cada caso por los servicios de prevenci?n de riesgos laborales, en aplicaci?n de la correspondiente normativa. Además, se insta a dichos centros a que dispongan del material necesario con su propio dep?sito de existencias, al menos, durante un periodo de cinco semanas que tambi?n deber? incluir material de protecci?n para uso de los residentes, en número proporcional a la ocupación real del centro y en funci?n de las necesidades de atenci?n.

En este sentido dicho Decreto Ley prev? la creaci?n de una l?nea de subvenciones de concesi?n directa a las entidades privadas sin ?nimo de lucro, titulares de centros residenciales de personas mayores o de personas con discapacidad, centros de día con unidades de estancias diurnas o centros de día de personas con discapacidad, que operen en el sistema de servicios sociales de Castilla y León. De esta manera, se pretende facilitar el cumplimiento de las obligaciones que hacen referencia a la disponibilidad de disponer del equipamiento necesario de protecci?n individual, de la asistencia externa para labores de desinfecci?n y de la realización de acciones de sensibilizaci?n y formación dirigidas al personal y a los usuarios, sobre riesgos sanitarios y protocolos de actuaci?n.

La l?nea de ayudas que hoy se publica en el BOCYL tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la concesi?n de forma directa, previa convocatoria pública, de subvenciones a favor de entidades privadas sin ?nimo de lucro, titulares de centros residenciales de personas mayores y de personas con discapacidad, de centros de día con unidades de estancias diurnas o de centros de día de personas con discapacidad que operen en el ?mbito de los servicios sociales de Castilla y León.

Las actuaciones subvencionables incluyen los gastos generados por:

La adquisici?n de equipos de protecci?n individual frente a riesgos de agentes biol?gicos, según las necesidades que sean determinadas por los servicios de prevenci?n de riesgos laborales correspondientes, tales como: guantes, gafas, mascarillas, batas, botas, test de diagn?stico r?pido o serol?gicos.

La adquisici?n de material de protecci?n sanitaria destinado a las personas usuarias de los centros, tales como protectores respiratorios.

La asistencia externa para labores de desinfecci?n de los equipos, instalaciones y personas, exclusivamente en respuesta a la situación de crisis de salud pública.

El asesoramiento e información a las personas trabajadoras y personas usuarias de los centros de atenci?n social previstos en estas bases, en materia de prevenci?n de contagios en situaciones de crisis epidemiol?gicas o de salud pública.

La cuant?a de la ayuda será del 80 por ciento de la actuaci?n subvencionable, hasta un m?ximo de 2.000 euros por centro de atenci?n social y es compatible con otras que se puedan convocar para la misma finalidad por otros ?rganos públicos o privados. Además, las subvenciones ser?n concedidas a las entidades solicitantes que re?nan los requisitos establecidos según el orden de entrada de la solicitud en el registro electrúnico del organismo competente para su tramitaci?n, desde que el expediente está completo y mientras exista cr?dito adecuado y suficiente para atender la correspondiente solicitud.

La Gerencia de Servicios Sociales podr? realizar seguimiento y control de las actuaciones objeto de la subvenci?n concedida, as? como la petici?n de cualquier documento o justificante que considere necesario a los efectos de esta subvenci

- Publicidad -

Lo más leído

- Advertisment -
- Advertisment -