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viernes, abril 19, 2024

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La Consejería de Empleo e Industria mejora la regulaci?n de las ayudas a afectados por ERTEs para apoyar a los trabajadores más perjudicados

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Redacción.- La consejera de Empleo e Industria, Carlota Amigo, ha detallado esta mañana el contenido de las bases reguladoras de las ayudas a afectados por Expedientes de Regulaci?n de Empleo Temporal (ERTEs) ?cuya orden recoge hoy el Bolet?n Oficial de Castilla y León (Bocyl)?, que se han mejorado para apoyar a los trabajadores más perjudicados.

El objetivo es que el complemento económico aportado por la Junta para compensar la p?rdida de poder adquisitivo de estas personas beneficie a quienes han sufrido durante más tiempo la suspensi?n de su empleo o la reducci?n de su jornada como consecuencia del COVID-19.

Estas subvenciones tendr?n un cr?dito de seis millones de euros, tal y como se comprometi? dentro del plan de medidas extraordinarias para la protecci?n de empresas, autónomos, trabajadores y familias frente al COVID-19, acordado el 25 de marzo en el Consejo del Di?logo Social.

La normativa publicada hoy sustituye a una anterior ?la Orden 368/2020, de 29 de abril?, que fue dictada hace casi dos meses en un contexto muy diferente al actual. Es preciso, por lo tanto, adaptar la regulaci?n de las ayudas auton?micas tanto al nuevo escenario económico, como al contenido de los decretos aprobados por el Gobierno central en materia laboral, como consecuencia de los acuerdos alcanzados en el Di?logo Social de ?mbito nacional.

Periodo m?nimo de 45 días en regulaci?n

A los incentivos de la Consejería de Empleo e Industria podr?n optar los trabajadores ?con una base de cotizaci?n de hasta 1.600 euros? inmersos en un ERTE por causa de fuerza mayor durante un m?nimo de 45 días. De este modo, se persigue que los recursos lleguen a las personas que más tiempo han permanecido en esta situación.

El importe de la subvenci?n queda establecido en siete euros por jornada completa en regulaci?n. Y se establece que la suma de la prestación que ingresa el afectado del Servicio público de Empleo Estatal (SEPE) y la ayuda que percibe de la Junta no exceda de la base de cotizaci?n determinada en la convocatoria. Dicho de otro modo, el trabajador no podr? tener una retribuci?n más alta estando en regulaci?n que en activo.

Con estas modificaciones, se garantiza que los trabajadores incursos en un ERTE que se prolonga en el tiempo puedan acceder a las ayudas auton?micas. Esta posibilidad no ser?a viable si se dictase una orden de convocatoria ajustada a las bases que fueron publicadas en el Bocyl de 30 de abril, puesto que no podr?a establecerse una discriminaci?n positiva en favor de los ocupados sujetos a una regulaci?n durante más semanas.

Actualizaci?n a los cambios introducidos en la normativa laboral estatal

Hay que tener en cuenta que el acuerdo inicial alcanzado en el Consejo del Di?logo Social de Castilla y León en torno a estas subvenciones se produce en un contexto sanitario y económico muy diferente al actual, donde a?n resultaba dif?cil prever la duraci?n de la crisis. Prueba de ello es que el propio Gobierno central se ha visto obligado a ir modificando la normativa estatal en torno a los Expedientes de Regulaci?n de Empleo Temporal.

Primero, al vincular la fuerza mayor a la causa extraordinaria del COVID-19. En segundo t?rmino, para regular la figura de los ERTEs parciales y permitir a las empresas la afectaci?n y desafectaci?n de sus empleados en funci?n de la progresiva reanudaci?n de su actividad. Y finalmente, para fijar su horizonte temporal, un criterio que fue actualizado por Última vez el pasado viernes, 26 de junio, cuando el Consejo de Ministros aprob? la pr?rroga de los ERTEs hasta el 30 de septiembre.

Solicitud por parte del interesado

Estas circunstancias han llevado a la Consejería de Empleo e Industria a acomodar las ayudas al actual escenario. En esta l?nea, se ha adaptado la regulaci?n para que sean los propios afectados quienes puedan solicitarlas, y no las empresas, como ocurrir?a de no modificarse las bases publicadas. El motivo de este cambio es que ahora ya están abiertos al público los registros administrativos, lo que permite al interesado entregar directamente su solicitud de forma presencial, sin excluir la vía telem?tica.

Por otra parte, se ha redefinido el tamaño de la empresa como un criterio para tener en cuenta al fijar los potenciales beneficiarios de la ayuda. As?, podr?n solicitar este complemento quienes pertenezcan a compa??as de hasta 250 empleados, y no a centros de trabajo con esa plantilla, como recogen las bases ya publicadas. Esto permitir? priorizar los recursos y asignarlos a trabajadores de peque?as y medianas empresas ?que constituyen la base del tejido productivo auton?mico?, habitualmente con salarios más ajustados.

Apoyos a los autónomos con más dificultades

Por otra parte, Carlota Amigo ha informado de la normativa reguladora del programa ?Reincorp?rate?, que cuenta con un cr?dito de cinco millones de euros. Esta l?nea, tambi?n incluida en el plan de medidas extraordinarias para la protecci?n de empresas, trabajadores y familias frente a la crisis del COVID-19, pretende respaldar a los autónomos que se han visto obligados a cesar su actividad como consecuencia de la pandemia y quieren retomar su negocio. Para ello, se habilita una subvenci?n equivalente al 40 % de la cuota de la Seguridad Social durante tres meses.

La Consejería de Empleo e Industria ha publicado hoy las bases reguladoras de estas ayudas, que se van a dirigir a los trabajadores por cuenta propia con menos ingresos y, por lo tanto, a los que pueden tener más dificultades para retomar su proyecto.

La próxima orden de convocatoria establecer? un tope a los rendimientos netos de actividades econ?micas como uno de los criterios para poder acceder a estas ayudas, que se limitar?n tambi?n a aquellos autónomos con un número m?ximo de empleados a su cargo.

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