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martes, abril 16, 2024

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Sanidad actualiza el procedimiento de actuaci?n para los servicios de prevenci?n de riesgos laborales frente a la Covid-19

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Redacción.-

El Ministerio de Sanidad ha actualizado el Procedimiento de actuaci?n para los servicios de prevenci?n de riesgos laborales frente a la exposici?n al SARS-CoV-2, en coordinaci?n con las comunidades aut?nomas, a trav?s de la Ponencia de Salud Laboral y la Comisi?n de Salud P?blica del Consejo interterritorial del Sistema Nacional de Salud (CISNS).

Esta actualizaci?n se adecua a las Últimas actualizaciones de la Estrategia de detecci?n precoz, vigilancia y control de COVID-19, del 16 de junio. En concreto, actualiza las medidas relativas a la distancia interpersonal en los lugares de trabajo, estableci?ndola en «al menos 1,5 metros», tal y como se recoge en el RD del 9 de junio, de medidas urgentes de prevenci?n, contenci?n y coordinaci?n para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

Además, una vez establecido que a todo caso sospechoso de infecci?n por el SARS-CoV-2 se le realizar? una PCR (u otra t?cnica de diagn?stico molecular que se considere adecuada) en las primeras 24 horas, se fija que el aislamiento se mantendr? hasta transcurridos tres días desde la resoluci?n de la fiebre y del cuadro clúnico con un m?nimo de 10 días desde el inicio de los s?ntomas.

Los profesionales del servicio sanitario del servicio de prevenci?n de riesgos laborales ser?n los encargados de identificar y seguir los contactos estrechos en el ?mbito laboral, de forma coordinada con las autoridades de salud pública.

Todos los casos sospechosos se mantendr?n en aislamiento a la espera del resultado de la PCR y se iniciar? la búsqueda de sus contactos estrechos. En caso de PCR negativa, y si no hay una alta sospecha clúnica, el caso se da por descartado y finaliza el aislamiento y la búsqueda de contactos.

Para la búsqueda de contactos estrechos, el periodo a considerar será desde 2 días antes del inicio de s?ntomas del caso hasta el momento en el que el caso es aislado. En los casos asintom?ticos confirmados por PCR, los contactos se buscar?n desde 2 días antes de la fecha de diagn?stico.

Cualquier persona que cumpla la definici?n de contacto estrecho de un caso confirmado deber? ser informada y se iniciar? una vigilancia activa o pasiva, siguiendo los protocolos establecidos en cada comunidad aut?noma.

El procedimiento, desde su primera versi?n, ha estado elaborado en colaboraci?n con el Ministerio de Trabajo y Econom?a Social, el Instituto Nacional De Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST), el Centro Nacional de Medios de Protecci?n (CNMP), el Ministerio de Trabajo y Econom?a Social. Inspecci?n de Trabajo y Seguridad Social (ITSS), la Sociedad Españañola de Medicina y Seguridad en el Trabajo (SEMST), la Asociación Españañola de Especialistas en Medicina del Trabajo (AEEMT), la Asociación Nacional de Medicina del Trabajo en el ?mbito Sanitario (ANMTAS), la Sociedad Españañola de Salud Laboral en la Administraci?n P?blica (SESLAP), la Federaci?n Españañola de Enfermer?a del Trabajo (FEDEET) y la Asociación de Especialistas en Enfermer?a del Trabajo (AET).

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