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jueves, abril 18, 2024

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El Juzgado de Salamanca ante las informaciones vertidas aclara la sentencia de prisi?n a una mujer condenad por incumplir el r?gimen de visitas

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Redacción.-

En relaci?n a la información publicada en medios de comunicaci?n y en redes sociales sobre el ingreso en prisi?n de una mujer condenada por desobediencia tras no permitir a su ex pareja ver a la hija com?n conforme al r?gimen de visitas establecido por el Juzgado de Familia de Salamanca, se facilita la siguiente información:

 

  • La madre ha incumplido de manera reiterada con los distintos reg?menes de visitas que se han ido fijando desde 2012, obstaculizando la relaci?n entre el padre y la menor, y haciendo imposible los encuentros entre ambos en el punto de encuentro familiar fijado en los t?rminos acordados en distintas resoluciones judiciales.
  • Esta actitud obstruccionista ha sido reflejada en sus informes por los profesionales del punto de encuentro familiar, en el que deben tener lugar los encuentros entre padre e hija,?y del equipo psicosocial adscrito a los Juzgados.
  • Como consecuencia de los incumplimientos, la progenitora ha sido multada en varias ocasiones, requerida para que obedeciera las resoluciones judiciales, y advertida de que, de persistir en su comportamiento, podr?a estar incurriendo en un delito de desobediencia.
  • A pesar de las advertencias del Juzgado de Familia, la madre ha incumplido el r?gimen de visitas que se ha desarrollado siempre bajo la supervisi?n de los profesionales del punto de encuentro familiar y que ha ido evolucionando a lo largo de los años en funci?n de la edad de la cr?a y de las recomendaciones del equipo psicosocial, velando siempre?por el inter?s superior del menor.
  • En 2015 y en base a la «conducta obstativa» de la madre que impedía cumplir las fases del plan de visitas establecido conforme a los criterios de los profesionales, el Juzgado dicta una providencia y reclama un nuevo informe sobre la evoluci?n de la relaci?n paterno-filial.
  • En 2018, el Juzgado de Familia dicta una nueva sentencia en base al acuerdo alcanzado entre los progenitores, que pactan un nuevo r?gimen de visitas (el padre podr? ver a su hija dos días entre semana, fines de semana alternos y la mitad de las vacaciones). La jueza valida ese acuerdo pero, en atenci?n a los antecedentes de la pareja, establece que se siga cumpliendo en el punto de encuentro familiar bajo la supervisi?n de los profesionales.
  • En octubre de 2019 hay una nueva modificaci?n de medidas, se mantiene la guarda y custodia de la menor y se acuerda remitir a la niña a terapia psicol?gica.
  • Varios de los incumplimientos del r?gimen de visitas han motivado que a la madre se le abran distintos procedimientos en los Juzgados de lo Penal por delito de desobediencia. Uno de ellos llega a juicio.
  • En el juicio, la acusada, que estaba asesorada por un abogado, y el fiscal alcanzaron un acuerdo. Ella reconoci? los hechos y se benefici? de una rebaja en la petici?n de pena. Fue condenada a seis meses de prisi?n. En el mismo acto del juicio, la jueza, ante la ausencia de antecedentes penales, acept? suspender su ingreso en la c?rcel. En ese momento fue apercibida de que si comet?a cualquier delito o volvía a incumplir el r?gimen de visitas, se revocar?a la suspensi?n del ingreso en prisi?n y tendría que ir a la cárcel para cumplir la condena de seis meses.
  • A pesar de las advertencias, la madre sigui? sin respetar la resoluci?n judicial que fija el r?gimen de visitas. Este hecho provoc? que, tal y como había sido advertida, le fuera revocada la suspensi?n de la pena y se ordenara su ingreso en prisi?n. Esta decisi?n fue recurrida ante la Audiencia Provincial.
  • La Audiencia Provincial desestim? su recurso y confirm? la decisi?n del Juzgado de lo Penal de revocar la suspensi?n del ingreso en prisi?n.
  • En ese momento, la condenada solicit? el indulto al Gobierno y pidi? de nuevo que se suspendiera su ingreso en prisi?n hasta que el Ejecutivo resolviera.
  • El Juzgado de lo Penal accedi? a esta solicitud. El Ministerio de Justicia le ha denegado el indulto. Recibida la comunicaci?n en el Juzgado, se ha dado cumplimiento a la sentencia y se ha ordenado su ingreso en prisi?n.
  • En los Juzgados no constan denuncias por maltrato contra su ex pareja.
  • Los expertos del equipo psicosocial, que han valorado a la menor tras entrevistarse con ella y con el resto de los miembros del n?cleo familiar, no creen que la niña haya sido agredida por su padre.
  • Cuando el Juzgado de Familia ha tenido conocimiento del ingreso en prisi?n de la madre acordado por el Juzgado de lo Penal 2 en cumplimiento de una condena aceptada por la madre, ha oficiado a los servicios sociales para que velen por la niña.
  • La madre tiene pendiente al menos otro juicio por otro delito de desobediencia.
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