14.2 C
Medina del Campo
jueves, abril 18, 2024

Accede a la edición impresa de La VOZ

Condenados dos cazadores por abatir a un lobo ib?rico en una monter

-

- Advertisement -

Redacción.-

El Juzgado número 1 de ?vila ha resuelto condenar a los dos cazadores que abatieron un ejemplar de lobo ib?rico en el transcurso de una cacer?a celebrada en la localidad abulense de Tornadizos en el año 2015.

La Junta de Castilla y León ha ejercido la acusación particular al tratarse el animal abatido de una especie protegida, tal y como se dedujo del estudio morfol?gico de las pruebas recogidas en el lugar de los hechos, efectuadas por el Servicio Territorial de medio Ambiente de la Junta de Castilla y León. Hay que recordar que el ministerio fiscal es este caso no ejerci? su acusación pública.

La sentencia se?ala como hechos probados que los dos acusados participaron en una monter?a-cacer?a en la finca conocida como Valdeciervos de los Arroyos, perteneciente a la localidad de Tornadizos de ?vila, entre las 12.00 y las 18.00 horas del día 29 de noviembre de 2015. En el transcurso de dicha cacer?a se efectuaron varios disparos a un lobo desde el puesto 15 de la monter?a, ocupado por los dos acusados, y uno de los disparos produjo la muerte del lobo.

El juez indica en la sentencia la existencia del encubrimiento mutuo por parte de los acusados, ?habiendo dado una versi?n de negaci?n de los hechos y conductas objeto de acusación, que no se ha considerado ni coherente ni veros?mil, y, por consiguiente cre?ble, ya que no ha sido reforzada por ninguna prueba testifical, ni pericial, ni documental que se han practicado?. Además, observa que todas las pruebas presentadas despejan cualquier duda de la participaci?n de los acusados en las conductas y hechos objeto de acusación.

Ante estos hechos, el juez condena a los dos acusados, como solicitaban los Servicios Jur?dicos de la Junta de Castilla y León, por un delito contra la fauna, previsto y penado en el art?culo 334.1 a) del C?digo Penal, a una pena de multa de ocho meses, y asimismo les impone la pena accesoria de inhabilitaci?n especial para profesi?n u oficio e inhabilitaci?n especial para el ejercicio del derecho de cazar por tiempo de tres años.

En relaci?n con la responsabilidad civil, el fallo dicta que ambos acusados deber?n indemnizar conjunta y solidariamente a la Junta de Castilla y León con la cantidad de 9.261 euros, cuant?a en la que se tas? el ejemplar de lobo ib?rico, y que se corresponde con la petici?n de los Servicios Jur?dicos.

Además, la sentencia recoge la condena a uno de los cazadores como autor criminalmente responsable de un delito de tenencia il?cita de armas, previsto y penado en el art?culo 564.1.2? del C?digo Penal.

Los Servicios Jur?dicos de la Consejería de la Presidencia muestran su satisfacci?n ante la sentencia, que avala el cumplimiento escrupuloso de la legislaci?n medio ambiental vigente, y la especial protecci?n que la Junta de Castilla y León ofrece a las especies protegidas y, por extensi?n, a toda la fauna de la Comunidad, que en el caso enjuiciado afectaba al lobo, protegido especialmente en nuestra Comunidad de Castilla y León al sur del Duero.

- Publicidad -

Lo más leído

- Advertisment -
- Advertisment -