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jueves, marzo 28, 2024

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Se podr? cazar y pescar en aquellas zonas de salud que pasen a Fase 2

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Redacción.-

Actividad cineg?tica.
1. Queda permitida la actividad cineg?tica en todas sus modalidades siempre que se respete la distancia de seguridad y las medidas de higiene y prevenci?n fijadas por las autoridades sanitarias.
2. Para el desarrollo de la actividad cineg?tica organizada que implique a más de un cazador, se deber? disponer de un plan de actuaci?n por parte del responsable en el que se detallen las medidas de prevenci?n e higiene a observar.

Pesca deportiva y recreativa.
Queda permitida la pr?ctica de la pesca deportiva y recreativa en todas sus modalidades siempre que se respete la distancia de seguridad y las medidas de higiene y prevenci?n fijadas por las autoridades sanitarias.

 

 

1 COMENTARIO

  1. Más vale que se quedaran en casa leyendo un libro,que falta les hace

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