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jueves, abril 25, 2024

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Publicado en el BOE las medidas de aplicaci?n en la fase 1 donde se encuentran las 26 zonas b?sicas de salud de la comunidad

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Redacción.- El Bolet?n Oficial del Estado (BOE) publica la orden que recoge las medidas relativas a la apligaci?n de la fase 1 del Plan para la transici?n hacia una nueva normalidad a partir del pr?ximo lunes.

El texto flexibiliza las medidas de car?cter social para la contenci?n de la enfermedad en las unidades territoriales que el ministro de Sanidad, Salvador Illa, anunci? ayer, tras analizar las propuestas de las comunidades aut?nomas y las ciudades aut?nomas, y reunirse de forma bilateral con cada uno de los consejeros de Sanidad.

En estas zonas, se podr? circular por la provincia, isla o unidad territorial de referencia, respetando siempre las medidas de seguridad e higiene, as? como el mantenimiento de la distancia mínima de seguridad de al menos dos metros, en grupos de un m?ximo de diez personas, si bien este l?mite no se aplicar? entre convivientes.

En los velatorios, podr?n estar un m?ximo de 15 personas si son en espacios al aire libre o 10 en espacios cerrados, convivan o no en el mismo domicilio. A los entierros podr?n asistir un m?ximo de 15 personas. Se deber?n respetar siempre las medidas de seguridad e higiene.

Tambi?n se permitir? la asistencia a lugares de culto siempre que no se supere un tercio de su aforo y se respeten las medidas de seguridad e higiene. Las personas deber?n usar mascarilla y previamente se deber?n desinfectar los espacios. No se permitir? el uso de agua bendecida ni las abluciones rituales, entre otras medidas.

Comercio minorista

Los establecimientos comerciales minoristas podr?n abrir si tienen una superficie de un m?ximo de 400 metros cuadrados. El l?mite m?ximo de aforo será del 30%, respetando la distancia mínima de dos metros entre clientes, y podr?n establecer un horario de atenci?n prioritaria para mayores de 65 años.

En el caso de los concesionarios de automoción, las estaciones de inspecci?n t?cnica de vehículos y los centros de jardiner?a y viveros, podr?n abrir sea cual sea su superficie, aunque deber?n hacerlo con cita previa.

Tambi?n se permite a los ayuntamientos la reapertura de los mercados al aire libre. Deber?n respetar la distancia de seguridad, limitar al 25% de los puestos autorizados y reducir su afluencia a menos de un tercio del aforo habitual.

La orden establece una serie de medidas de higiene comunes para los locales que abran al público, como la limpieza y desinfecci?n de las instalaciones al menos dos veces al día, mantener una ventilaci?n adecuada y el lavado y desinfecci?n diaria de la ropa de trabajo. Tambi?n limita el uso del ascensor o montacargas y el uso de los aseos por parte de clientes, entre otros.

En el caso de servicios que no permiten el mantenimiento de la distancia de seguridad interpersonal, como las peluquer?as, centros de estática o fisioterapia, se deber? mantener la distancia de dos metros entre clientes y se deber? utilizar el equipo de protecci?n adecuado al nivel de riesgo que asegure la protecci?n del trabajador y del cliente.

Terrazas

La orden tambi?n recoge la reapertura de las terrazas de hostelería y restauraci?n, limitando las mesas permitidas a la mitad de las del año pasado. Se deber? garantizar, adem?s, la distancia mínima interpersonal de 2 metros.

En cada mesa o agrupaci?n de mesas podr? haber como mucho 10 personas, si bien este l?mite no aplica en el caso de que todas ellas residan en un mismo domicilio. Entre las medidas de higiene se priorizar? el uso de manteler?as de un solo uso, se eliminar?n los productos de autoservicio y se evitar? el uso de cartas de uso com?n, entre otros.

Salidas infantiles y franjas horarias

La orden tambi?n recoge medidas que se aplicar?n en todo el territorio. Es el caso de una modificaci?n de las franjas horarias. Tras las solicitudes de varias comunidades aut?nomas por el aumento de las temperaturas, se permite a ?stas modificar el horario de salida de los menores de 14 años. Podr?n establecer que comience hasta dos horas antes o bien termine hasta dos horas despu?s, siempre manteniendo la duraci?n total de dicha franja. Esto afectar?, por tanto, al resto de franjas horarias, que podr?n adelantarse hasta dos horas y finalizar hasta dos horas despu?s.

Como hasta el momento, las franjas horarias no se aplicar?n a las poblaciones de hasta 5.000 habitantes, donde las actividades están permitidas de 6:00h a 23:00h.

Higiene laboral

En materia de higiene y prevenci?n en el entorno laboral, la orden establece, entre otras medidas, que los turnos y puestos se modifiquen de forma que se asegure la distancia de seguridad interpersonal mínima de dos metros entre los trabajadores. Tambi?n se aplicar?n estas medidas de distancia en los vestuarios, taquillas y aseos, as? como en cualquier otra zona com?n. Tambi?n se deber? de proveer a los trabajadores de geles hidroalcoh?licos o desinfectantes autorizados en el lugar de trabajo.

En cuanto a los hoteles y establecimientos tur?sticos, sus servicios de restauraci?n ser?n para uso exclusivo de sus clientes. Se proh?be el uso de spas, gimnasios, miniclubs, zonas infantiles, discotecas, salones de eventos etc. Para estos establecimientos, la orden tambi?n establece medidas de higiene espec?ficas.

Por otra parte, se abrir?n los centros que prestan los servicios recogidos en el Cat?logo de Referencia de Servicios Sociales. En aquellos casos en que resulte imprescindible, estos servicios y prestaciones atender?n de forma presencial a la ciudadan?a.

Respecto a los centros educativos y los centros universitarios, se abrir?n para su desinfecci?n, acondicionamiento y para la realización de funciones administrativas, en las que se deber? garantizar una distancia interpersonal de dos metros. Los directores de los centros educativos determinar?n el personal docente y auxiliar necesario. Asimismo, los laboratorios universitarios que hubiesen paralizado su actividad podr?n reactivarla. En todos los casos, se dispondr? de un protocolo de limpieza y desinfecci?n cuyos detalles se recogen en la orden.

Congresos cient?ficos

Se permitir? la realización de congresos, encuentros, eventos y seminarios en el ?mbito de la investigaci?n cient?fica y t?cnica, el desarrollo y la innovaci?n, que nunca podr?n superar la asistencia de 30 personas. Para ello, se fomentar? la participaci?n a distancia. Los asistentes deber?n garantizar la distancia de seguridad interpersonal de dos metros y, para cuando no sea posible, se asegurar? que dispongan de los medios de protecci?n necesarios.

Otro de los espacios que podr?n reabrir, son las bibliotecas públicas y privadas, que se limitar?n a las actividades de pr?stamo, devoluci?n de obras y sala de lectura, as? como para información bibliogr?fica y bibliotecaria. Todos estos espacios deber?n estar adecuadamente limpiados y desinfectados, de acuerdo a lo establecido en la orden.

Por su parte, los museos podr?n abrir reduciendo a un tercio el aforo previsto para cada una de sus salas y espacios públicos. Deber?n adecuar sus instalaciones para garantizar la protecci?n de sus trabajadores y de las personas que los visitan, alterando recorridos y ordenando entradas y salidas, por ejemplo. Las visitas ser?n individuales o de una unidad de convivencia, hasta 10 miembros. Los visitantes, por su parte, deber?n de disponer de elementos propios de autoprotecci?n para poder acceder el museo.

Pr?ctica deportiva

La orden tambi?n recoge la actividad deportiva profesional y federada, autorizando el acceso a los Centros de Alto Rendimiento. Los entrenamientos se realizar?n preferentemente de forma individual, estableciendo turnos y horarios de acceso, y las tareas a desarrollar siempre se har?n sin contacto f?sico y respetando la distancia de seguridad.

Respecto a las Ligas Profesionales, los clubes podr?n desarrollar ejercicio de tareas individualizadas de car?cter f?sico y técnico, as? como entrenamientos t?cticos no exhaustivos, en grupos de un m?ximo de 10 deportistas, manteniendo la distancia interpersonal de dos metros.

Las tareas de entrenamiento se desarrollar?n siempre que sea posible por turnos, evitando superar el 30% de la capacidad de la instalaci?n, con el objetivo de mantener las distancias mínimas necesarias. A las sesiones de entrenamiento no podr?n asistir medios de comunicaci?n.

Por otra parte, cualquier ciudadano podr? acceder a las instalaciones deportivas al aire libre, excepto a las piscinas y las zonas de agua. Se permitir? la pr?ctica deportiva individual o aquellas que se puedan desarrollar por un m?ximo de dos personas, siempre que no mantengan contacto f?sico y cumplan la distancia interpersonal de dos metros.

En los centros deportivos cerrados, la pr?ctica deber? ser individual y con cita previa. Solo podr? haber una persona por entrenador y turno. No se reabrir?n los vestuarios ni las zonas comunes.

La orden establece que estas medidas establecidas para el desarrollo de la actividad deportiva profesional y federada no se aplicar?n a la caza y pesca deportiva.

En los espacios cerrados donde se desarrollen los actos y espect?culos culturales, podr?n acceder un m?ximo de 30 personas. Si son al aire libre, el aforo será de un m?ximo de 200 personas. En todo caso, se deber? respetar la distancia interpersonal. Para ello, además de reducir el número de butacas y evitar el paso de personas entre filas, se facilitar? el acceso y la salida escalonadas y no se prestar?n servicios complementarios como el de cafeter?a, entre otras medidas que detalla la orden.

Las personas con s?ntomas de COVID-19, aquellas a las que se les haya diagnosticado la enfermedad o las que hayan estado en contacto estrecho con alguna persona con s?ntomas o diagnosticada, deber?n continuar aisladas.

1 COMENTARIO

  1. En Medina no vamos a pasar de fase ni de casualidad. La mayor?a de los paseantes sin mascarilla, los abuelos que tienen que estar en casa a las 20:00 se van cuando se les pone en las narices y además sentados en los bancos de los parques en amena charla sin guardar distancia, los ni?os que son los que menos lo padecen pero que son los que mas lo trasmiten van a su libre albedrío y por supuesto la Policía Local y la Nacional dando vueltas en coche sin llamar la atenci?n o multando como debe ser.
    Dentro de unos días veremos los resultados.
    P?nganse al menos mascarillas que hemos estado encerrados dos meses y nos lo vamos a cargar en dos días y las Policías además de las mascarillas p?nganse las pilas.

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