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miércoles, abril 24, 2024

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Las empleadas de hogar y trabajadores temporales ya pueden solicitar el subsidio extraordinario

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Redacción.- A partir de mañana, las empleadas de hogar y trabajadores temporales ya podr?n solicitar el subsidio extraordinariio por desempleo aprobado a Últimos de marzo por la pandemia del coronavirus.

El día 1 de abril, el?Consejo de Ministros, aprob? una ayuda extraordinaria destinada a las?empleadas de hogar y a los trabajadores temporales?que no tuvieran derecho a ninguna prestación por desempleo. La condici?n para que pudiera ser solicitada era que estos sectores se quedaran en paro o su jornada laboral se viera perjudicada por la crisis del coronavirus. Hoy lunes 4 de mayo, el?Bolet?n Oficial del Estado, concluye los detalles de este subsidio, el cual?se tendr? que solicitar a trav?s del Servicio público de Empleo Estatal, SEPE.

Las empleadas de hogar?que podr?n comenzar a tramitar esta solicitud ser?n aquellas que estuvieran dadas de alta en la Seguridad Social antes del Estado de Alarma y hayan sido despedidas o se les haya reducido la jornada laboral debido a la crisis sanitaria del coronavirus. La cantidad fijada de es la que se determin? en su momento, el?70% de su base reguladora?y será percibida mientras esta medida está en vigor. Las empleadas de hogar que hayan experimentado una reducci?n de su jornada cobrar?n de forma porpocional por las horas que hayan dejado de trabajar.

Seg?n un estudio realizado por el portal de empleo?Jobatus, esta ayuda?no podr?n solicitarla?los trabajadores a lo que se les haya aplicado el permiso retribuido recuperable ni tampoco aquellos que están percibiendo alguna ayuda por incapacidad temporal.

Las solicitudes que sean aprobadas ser?n cobradas el día 10 de cada mes?y recibirán el subsidio desde el primer día en el que su contrato fue reducido o cesado por completo. Cualquier empleada que de forma paralela está realizando otra actividad laboral podr? solicitarla, siempre y cuando el sueldo percibido no alcance al Salario M?nimo Interprofesional, 950 euros.

Los trabajadores temporales?que tendr?n derecho a solicitar esta ayuda ser?n aquellos que no hayan generado ninguna prestación y su contrato laboral haya finalizado durante el Estado de Alarma siendo el mismo de al menos 2 meses. Este subsidio no se podr? recibir si se está percibiendo alguna renta mínima por parte de alguna Administraci?n P?blica.?La cantidad será de 440 euros.

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