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miércoles, abril 24, 2024

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Gana Medina denuncia la falta de transparencia mostrada por el grupo de gobierno en los gastos protocolarios

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Redacción.- Desde Gana Medina informan que el 28 de abril de 2020, solicitaron, vía registro (número de registro 2020002418), la relaci?n de facturas sobre las atenciones protocolarias, viajes, comidas, gastos en hoteles, regalos y otras atenciones que han realizado los miembros del equipo de gobierno en este año 2020. «Pasados 20 días y ante un claro incumplimiento del gobierno municipal de las normas recogidas en
el Reglamento Orgúnico Municipal (ROM) que dice, literalmente ?Todos los miembros de la
Corporaci?n tienen derecho a obtener del Alcalde, cuantos antecedentes, datos o informaciones obren en poder de los servicios de la Corporaci?n y resulten precisos para el desarrollo de su funci?n? (Secci?n 4a, Art?culo 18) y una flagrante muestra de desprecio hacia nuestros concejales al obstaculizar conscientemente su acceso a la información, solicitamos que, desde el Departamento de la Secretar?a Municipal, se emita un informe sobre esta vulneraci?n de los derechos de los concejales al acceso a la información recogida en el mencionado art?culo y siguientes de la Secci?n 4a del Reglamento Orgúnico Municipal».

Desde Gana Medina quieren hacer una denuncia pública de la falta de transparencia mostrada por el grupo de gobierno en los gastos protocolarios del alcalde y concejales populares de Medina del Campo correspondientes al año en curso. Además, ?tras conocer los gastos inapropiados del año anterior, consideran fundamental que el regidor medinense,? » haga públicas las facturas correspondientes al año en curso, por lo menos, hasta marzo de 2020, momento hasta el que hubo un funcionamiento normal de la actividad pública».

5 COMENTARIOS

  1. se?or :
    barragan cuando se critica una actuacion, debemos conocer la ley que en este caso le ampara, pero como estamos solo para cobrar pues pasa lo que tiene que pasar, meter la pata.
    art-18-2,la peticion de acceso a las informaciones se entendera concedida por silencio admnistrativo en caso de que el alcalde no dicte resolucion denegatoria expresa en el termino de cinco dias naturales, a contar desde la fecha de solicitud.
    se?or barragan no trate de confundir al pueblo con su falta de conocimientos,que para cobrar del contribuyente si los tiene, un consejo si quiere ser alba?il aprenda a poner ladrillos primero,dar yeso etc, con estas actuaciones lo unico que consiguen es confundir al pueblo llano y noble

  2. Ustedes contin?en el dinero es de todos, para fines comunes y necesarios. No creo que el camarero tire de leyes el tiene otra escuela.

  3. Estimado Jes?s. De art?culo del ROM que dice que el Alcalde estar? en dedicaci?n exclusiva en Medina del Campo ?Qu? opina?

  4. estimado marcos ruiz,del articulo127-2 del ROM que es alque te refieres, cuando gobernaba TERESA yo fui quien lo descubrio, me reuni con el secretario y me dijo que tenia razon, te dire que las leyes estan para cumplirlas o sino las cambias creo que con esto contesto a tu pregunta, si me conoces sabras que en mi larga carrera politica e sido honesto porlomenos e tratado de serlo. un saludo jesus

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