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jueves, abril 25, 2024

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Ampliado el plazo para solicitar la PAC como medida frente al COVID-19

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Redacción.- Se ha publicado en el Bolet?n Oficial del Estado la Orden APA/377/2020, de 28 de abril , por la que se ampl?a el plazo de presentaci?n de la solicitud única 2020 hasta el 15 de junio incluido. La situación excepcional provocada por el virus COVID-19, ha derivado en la declaraci?n del estado de alarma con restricciones de movimiento de las personal en todo el territorio nacional, que van a tener un impacto notable en el proceso de presentaci?n de la solicitud única.A todo ello se ha a?adido la autorizaci?n de un periodo de modificaci?n de las solicitudes hasta el 30 de junio incluido. De esta forma se transpone lo indicado en el Reglamento de Ejecuci?n (UE) 2020/501 de la Comisi?n (506 kbytes)

Sin perjuicio del alcance que por parte de las autoridad competente (Gobierno de Españaña) determine, en relaci?n a lo dispuesto en la disposición adicional tercera ?Suspensi?n de los plazos administrativos?, del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gesti?n de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, Consideramos necesario recordar las opciones que la normativa comunitaria permite en relaci?n con el plazo de presentaci?n de las solicitudes únicas de la PAC, de acuerdo a lo siguiente:

Es conocido que actualmente estamos en plena campa?a de presentaci?n de la solicitud única de las ayudas de la PAC del año 2020 cuyo plazo inicialmente previsto finalizaba el 30 de abril de 2020.

No obstante lo anterior, por circunstancias excepcionales o de fuerza mayor, ya en otras ocasiones la Comisi?n Europea ha autorizado una extensi?n de dicho plazo hasta el 15 de junio de 2020. A este respecto, desde esta CA ya se trasladado al FEGA que inicie las gestiones necesarias para que desde la comisi?n europea, prev? la posibilidad de ampliaci?n m?xima mediante el correspondiente reglamento de transici?n.

Si bien, la tramitaci?n de la presentaci?n de la solicitud única en Castilla y León se efect?a por medios telem?ticos, no evita, en muchos casos, la asistencia de los agricultores y ganaderos a una oficina de: una organizaci?n agraria, cooperativa o entidad financiera para facilitar los datos actualizados de su plan de siembras o de los censos de las explotaciones ganaderas. A este respecto, teniendo en cuenta las posibilidades de ampliaci?n de plazo ya previstas, es necesario reiterar la recomendaci?n general de programar una presentaci?n de solicitudes escalonada a fin de evitar la afluencia masiva de agricultores a las entidades, incluso, si as? lo consideran, interrumpiendo la tramitaci?n de las mismas en tanto tenga vigencia el Real Decreto citado que actualmente comprende las dos próximas semanas.

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