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viernes, marzo 29, 2024

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La Junta de Castilla y León aprueba un nuevo paquete de ayudas para empresas de agroalimentaci?n, autónomos y PYMES

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Redacción.-

El objetivo del Ejecutivo auton?mico es mitigar las consecuencias del golpe social originado por esta pandemia y apoyar al tejido productivo de la Comunidad ?en particular a las pymes y a los autónomos para favorecer el relanzamiento de la econom?a una vez se supere la emergencia sanitaria.

Para ello, la normativa validada hoy recoge iniciativas para contribuir a generar confianza en las empresas; mantener y crear empleo y proteger a trabajadores, desempleados, familias y personas vulnerables. El impacto económico estimado de estas medidas se cifra en 121,5 millones de euros, de los que 115,9 millones ser?n ayudas a fondo perdido.

Conviene recordar que las iniciativas de ?mbito general para las empresas y el empleo fueron consensuadas entre la Junta y los agentes económicos y sociales representados en el Consejo del Di?logo Social el pasado 25 de marzo. Su implementaci?n ahora mediante un decreto ley obedece a su naturaleza extraordinaria y de urgente necesidad, y está amparada en el art?culo 25.4 del Estatuto de Autonom?a de Castilla y León. De hecho, esta f?rmula legislativa permite agilizar la asignaci?n de subvenciones mediante concesi?n directa y simplificar la tramitaci?n necesaria para ampliar los cr?ditos presupuestarios que prestan cobertura.

El texto se estructura en seis cap?tulos. El primero expresa su objeto; el segundo detalla las medidas de protecci?n y mantenimiento del empleo; el tercero recoge las espec?ficas para los sectores de la cultura, el turismo y el deporte; el cuarto engloba las destinadas a la prevenci?n de riesgos laborales; el quinto regula el pago de las cuotas de compra y alquiler de las viviendas de protecci?n pública promovidas por la Junta y, por Último, el cap?tulo sexto se centra en los mecanismos para el seguimiento de la ejecuci?n de las distintas acciones, lo que esencialmente se har? a trav?s de los marcos institucionales permanentes de encuentro del Di?logo Social.

Asimismo, el decreto ley contiene dos disposiciones adicionales. En la primera se regula la aplicaci?n del control financiero permanente para garantizar que se mantienen las debidas comprobaciones internas sobre el gasto hasta que la actividad administrativa retorne a la normalidad, sin que ello implique una ralentizaci?n en el funcionamiento de los servicios y prestaciones b?sicos. La segunda disposición clarifica la gesti?n de los cr?ditos presupuestarios necesarios para la ejecuci?n de las medidas. Por Último, se incluyen tres disposiciones finales referidas a la habilitaci?n para el desarrollo reglamentario y ejecuci?n, a la entrada en vigor y a la vigencia de las iniciativas previstas en la norma.

Incentivos a trabajadores y empresas

Los incentivos para la protecci?n y el mantenimiento del empleo ?recogidos en el cap?tulo II? persiguen amortiguar los efectos que la ca?da de la demanda va a generar en el tejido productivo, ayudando a las empresas a mantener su solvencia en esta situación transitoria y excepcional para evitar as? que salgan del mercado laboral el menor número de personas posibles.

El texto recoge una compensaci?n econ?mica para los empleados afectados por Expedientes de Regulaci?n Temporal de Empleo (ERTEs), tanto de suspensi?n de contratos como de reducci?n de jornada, resueltos al amparo del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma. Este complemento, que se concretar? en la posterior convocatoria, se fijar? en siete euros por día natural, conforme a lo acordado en el marco del Di?logo Social.

La norma tambi?n incluye el PIE (Programa Personal de Integraci?n y Empleo), una ayuda de 430 euros para los trabajadores que ya no perciben ning?n tipo de prestación o subsidio por desempleo, que tambi?n ofrecer? cobertura a las personas con cargas familiares que ven?an cotizado en el R?gimen Especial de Empleados del Hogar a las que se les han rescindido sus contratos.

En lo referente a los apoyos a las empresas, se establece una subvenci?n de hasta 10.000 euros por cada contrato indefinido que se realice a trabajadores despedidos durante la vigencia del estado de alarma. Esta cuant?a alcanzar? los 8.000 euros para compa??as que incorporen a mayores de 55 años a los que les hayan rescindido el contrato o procedan de empresas que han cerrado por el COVID-19.

Las f?bricas y centros productivos que tengan que reforzar sus plantillas para asumir el incremento de la producci?n derivado de esta crisis o para suplir a trabajadores de baja por enfermedad o en situación de excedencia o reducci?n de jornada podr?n acceder a ayudas de entre 3.500 y 10.000 euros para formalizar contratos en pr?cticas, de interinidad o indefinidos. Por otra parte, los Centros Especiales de Empleo recibirán apoyo para sostener la ocupación de los trabajadores con discapacidad y especiales dificultades de empleabilidad, con un complemento salarial de refuerzo del 25 % del Salario M?nimo Interprofesional (SMI).

Apoyos a la industria agroalimentaria y al comercio

El decreto ley aprobado hoy recoge las medidas pactadas con el Di?logo Social para apoyar a dos sectores con un peso relevante en la econom?a de la Comunidad, como son la agroindustria y el comercio. As?, las empresas de transformación y comercializaci?n de productos agrarios y alimentarios cuyas plantillas se hayan visto afectadas por el coronavirus tendr?n acceso preferente a los apoyos para inversiones productivas, siempre que se comprometan a mantener el volumen de empleo previo a la declaraci?n del estado de alarma.

Por su parte, se establecen incentivos a las pymes comerciales que acometan inversiones de modernizaci?n y digitalizaci?n o habiliten plataformas y servicios de compra ?on-line?, as? como a los establecimientos del medio rural, que están asegurando el abastecimiento de productos de primera necesidad en los pueblos. Tambi?n se articulan ayudas para respaldar al tejido asociativo del sector y sus futuras iniciativas de promoción del comercio de proximidad.

Atenci?n a los autónomos

El apoyo a los autónomos se estructura en un paquete con cinco l?neas de subvenciones, que pretende dar respuesta a las distintas situaciones en las que puede encontrarse este colectivo. Contiene ayudas para promover durante seis meses la extensi?n de la reducci?n de las cuotas de la Seguridad Social ?la denominada tarifa plana?, as? como para facilitar la reincorporaci?n a la actividad de los que tuvieron que abandonarla como consecuencia del COVID-19, lo que se har? mediante el pago del 40 % de la cuota de cotizaci?n a la Seguridad Social sobre la base mínima por tres meses.

El decreto ley recoge tambi?n las subvenciones de hasta 10.000 euros que se habilitar?n para ofrecer una nueva oportunidad a los trabajadores que, tras perder su empleo en esta crisis, decidan emprender por cuenta propia un nuevo proyecto; y una ayuda para proteger a los autónomos que han abandonado definitivamente su negocio y no tienen ninguna cobertura.

Junto a esto, la norma comprende los apoyos a trabajadores por cuenta propia que, sin haber cesado en su actividad, se han visto afectados por las medidas adoptadas frente al COVID-19 y necesitan una ayuda para financiar los gastos derivados de los cr?ditos que formalicen con las entidades financieras para continuar adelante con su proyecto.

Impulso a la cultura, el patrimonio, el turismo y el deporte

El cap?tulo III del decreto ley contempla medidas de impulso a los sectores de los ?mbitos cultural, patrimonial, tur?stico y deportivo. Establece subvenciones dirigidas a pymes y autónomos de las industrias culturales y creativas, y las dedicadas a la gesti?n y restauraci?n del patrimonio cultural para financiar actuaciones de modernizaci?n, innovaci?n y digitalizaci?n que les permitan adaptarse a la coyuntura actual, incluidas las medidas t?cnicas para el teletrabajo.

Por otro lado, plantea una l?nea de ayudas para las asociaciones sin ?nimo de lucro, federaciones y confederaciones cuya finalidad sea la defensa de los intereses de estas actividades afectadas por la crisis del COVID-19, que tienen por objeto apoyar sus iniciativas de promoción y formación.

Finalmente se habilitan incentivos para dotar de liquidez a las empresas tur?sticas, industrias culturales y creativas y entidades deportivas que, por motivo de esta emergencia sanitaria, están pasando dificultades econ?micas por la falta de ingresos en el sector. Sus destinatarios son pymes y autónomos inscritos en el Registro de Turismo de Castilla y León; las entidades que figuren en el Registro de Entidades Deportivas de Castilla y León, y las industrias culturales y creativas de la Comunidad.

Prevenci?n de riesgos y facilidades para las familias en el pago de su vivienda

El cap?tulo IV de la normativa hace referencia a los incentivos con los que la Junta apoyar? la inversi?n empresarial en la protecci?n de la salud de sus plantillas, al tiempo que se refuerzan las funciones de información y asesoramiento para la prevenci?n de los contagios por COVID-19 en los centros de trabajo.

Para terminar, el decreto ley regula en el cap?tulo V dos medidas en materia de vivienda. Por un lado, declara la moratoria en el pago de las cuotas de compra de todos los contratos suscritos por la Junta y sus entidades dependientes para la enajenaci?n de las viviendas de protecci?n pública de promoción directa.

En segundo t?rmino, establece una rebaja del 50 % en el importe de las cuotas de alquiler para este tipo de casas, que se prolongar? por un tiempo m?ximo de cuatro meses. La finalidad es mitigar los esfuerzos económicos que su abono puede suponer para las familias propietarias y arrendatarias.

En la ejecuci?n de las medidas contenidas en este decreto ley participar?n, junto a la Consejería de Empleo e Industria que lo ha impulsado, los departamentos de Econom?a y Hacienda; Fomento y Medio Ambiente; Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, y Cultura y Turismo. Su vigencia se prolongar? hasta el pr?ximo 31 de diciembre, salvo las referentes al ?rea de vivienda, que están vinculadas a la duraci?n del estado de alarma.

El decreto ley aprobado hoy por el Consejo de Gobierno entrar? en vigor el día de su publicaci?n en el Bolet?n Oficial de Castilla y León, aunque será convalidado por las Cortes de Castilla y León

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