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jueves, marzo 28, 2024

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Desestimados los recursos sobre la falta de material de protecci?n para el personal sanitario ante la crisis del COVID-19

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Redacción.-

Los Servicios Jur?dicos de la Junta han presentado recursos de reposici?n ante los Jugados de lo Social en las siete provincias donde los colectivos sanitarios, a trav?s de los sindicatos o de los colegios profesionales, han interpuesto solicitudes de medidas cautelar?simas contra la Consejería de Sanidad y el SACyL, en relaci?n a la medidas de protecci?n y dotaci?n de material sanitario por la crisis del COVID-19. Varios Tribunales y Juzgados de lo Social de Españaña amparan los argumentos de los Servicios Jur?dicos de la Junta, y el Último ha sido el Juzgado de lo Social n? 4 de Valladolid ante la petici?n del Colegio de Enfermer?a de Valladolid, rechazando la solicitud de dichas medidas cautelar?simas.

La Direcci?n de los Servicios Jur?dicos de la Junta de Castilla y León, ante la estimaci?n de solicitudes provisionales cautelarisimas efectuadas el viernes pasado, acordadas por parte de los Juzgados de lo Social de casi todas las provincias de Castilla y León, en relaci?n a la adopci?n de medidas para la protecci?n y dotaci?n de material a los profesionales sanitarios dependientes de la Consejería de Sanidad y SACyL, present? recurso de reposici?n ante los correspondientes Juzgados, y contestá a los requerimientos judiciales que daban 24 horas para su cumplimiento, en la mañana del sábado 28 de marzo.

Además de las naturales argumentaciones jur?dicas, los Servicios Jur?dicos manifestaron que la Junta de Castilla y León ha trabajado desde el primer momento en cubrir todas las necesidades de material de los profesionales ante la crisis del COVID-19, como una prioridad esencial, pese a encontrarse en un problema de falta de stock en el mercado a nivel mundial.

El requerimiento hecho a la Junta se efectu? por los Juzgados sin escuchar las alegaciones de la Administraci?n, con la simple petici?n de sindicatos o colegios, como prev? la norma procesal, y por ello sin conocer el trabajo que de forma permanente ha estado haciendo la Administraci?n a este respecto. Por ello, los Servicios Jur?dicos, al cumplir el requerimiento efectuado por los Juzgados, demuestran documentalmente con los escritos que acompa?an, todas las ingentes gestiones realizadas por la Consejería y el SACyL para su dotaci?n, aclaran con documentación bancaria todas las compras realizadas y su cuant?a, y gracias a estas gestiones manifiestan que hemos sido de las primeras Comunidades Autónomas en contar con material sanitario proveniente vía a?rea de las principales industrias productoras, que están en China.

Entre la argumentaci?n jur?dica alegada por la Direcci?n de los Servicios jur?dicos se encuentra el precedente de su desestimaci?n acordado por la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo mediante auto de 25 de marzo de 2020, y el auto desestimatorio de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias de 27 de marzo.

El Último auto más contundente ha sido de Madrid con fecha 30 de marzo, muy duro con los demandantes, al se?alar que ?las medidas cautelares no tienen como finalidad el salvamento de la Humanidad o el Universo, ya nos gustar?a, sino el mucho más modesto de asegurar anticipadamente lo resuelto en un procedimiento judicial?, a?adiendo que ?la presente resoluci?n no va a incidir en forma alguna en el salvamento de vida alguna o de la integridad f?sica o moral de un solo profesional, lamentablemente?, para concluir que ?Todo ello nos hace sospechar que pudi?ramos estar dispendiando servicios esenciales en atender solicitudes apod?cticas, imposibles o in?tiles para que determinados sindicatos den satisfacci?n a su electorado real o posible, para utilizarlos como arma propagand?stica o incluso para servir a intereses pol?ticos?.

En el mismo sentido de desestimaci?n de la medida cautelar?sima solicitada, se ha conocido en la mañana de hoy el auto del Juzgado de lo Social n?4 de Valladolid, que rechaza dicha medida solicitada por el Colegio de Enfermer?a frente a la Consejería de Sanidad de la Junta de Castilla y León y Gerencias de Salud. En la resoluci?n judicial del Juzgado se aclara que, ante los hechos constituye una obviedad que esta Administraci?n ha de facilitar al personal sanitario los medios de protecci?n adecuados y necesarios conforme a la normativa de prevenci?n de riesgos laborales, entendiendo la situación de emergencia en la que se encuentra la provincia de Valladolid, y por extensi?n la Comunidad y el pa?s ante esta emergencia sanitaria. En esta l?nea, hace referencia a que no consta ninguna actuaci?n contraria a la exigencia vigente en esta materia, siendo notorias las manifestaciones de los responsables públicos a la hora de insistir en las iniciativas que se están llevando a cabo para paliar la situación de emergencia sanitaria. De esta forma, el Juzgado indica que no hay fundamento para justificar la adopci?n de las medidas provisionales solicitadas.

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